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Finiquito que no cuadra

2 Comentarios
 
01/09/2022 18:30
Jamgrrhh28
El contrato es eventual por causas de producción al 90,9% de horas con el convenio de Ocio y animación sociocultural y categoría de Monitora.
La nómina de julio la he pedido pero no me la han entregado. Lo que sé es que percibí 1030€ por trabajar del 4 al 31.
La nómina del 1 al 17 de agosto dice lo siguiente:

-Salario base, vacaciones y desc 413,34€
-Prorrata mensual paga extra 68,88€
-Cotización de contingencias comunes 22,66€
-Cotización formación 0,48€
-Cotización desempleo 7,72€
-Tributación I.R.P.F. 9,64€
-Total devengado 488,22€
Total a deducir 40,50€
Líquido a percibir 441,72€

Lo que no me cuadra es haber cobrado 1030€ en la anterior.
31/08/2022 11:39
Pues por supuesto que no, verá no nos da usted información suficiente, como convenio aplicable, categoría del detrabajador, actividad de la empresa, si las pagas extra están o no prorrateadas, si no lo están habría que incluir la parte proporcional de las pagas en el finiquito, no obstante con lo datos que aporta unas simples reglas de 3 nos dirán cuánto debe cobrar: (el cálculo es en el caso de que el salario sea en bruto con las pagas prorrateadas).
Si en julio, por 24 días de trabajo percibió un salario bruto de 1030 € por 31 días le corresponderían X €, donde X = 1030/24 = 42,92 €/día x 31 = 1330,42 €/mes, así pues en agosto trabajo 17 días con lo que por ese salario/día (42,92 x 17) = 729,64 €, por tanto tendría que cobrar de salario en bruto esos 739,64 € pero además el finiquito se complementa con lo ss, si las pagas extra no están prorrateadas debería cobrar en el finiquito la parte proporcional de esas pagas por el núm exacto de días trabajados, (en este caso 41, por lo que sería la SS operación, caso de 3 pagas extra completas, 1330,42 x 3 = 3391,28 €/365 = 10,92 € x 41 días realmente trabajados = 448,33 €, pienso que su salario es con pagas prorrateadas pero sino tendría que cobrar esta última cantidad en el finiquito, tb se deben incluir las vacaciones generadas y no disfrutadas, en 365 son 30 días, en 41 X días de vacaciones, por tanto : (30/365) x 41 = 3,37 días de vacaciones que a 42,92 €/día suponen 144,64 €, ya por último, i su cto debía durar 10 días más se ha producido un despido por lo que tb le corresponde indemnización de 33 días/año trabajado como del año trabajo 41 días, lo ss: (33/365)x 41 = 3,71 días de indemnización x 42,9€/día = 152,11 €,
Por tanto: su finiquito sería el ss:
Nómina de agosto 729,64 €/mes (brutos)
Caso de no tener las pagas prorrateadas 448,33€
Vacaciones generadas y no retribuidas 144,64 €
Por último, indemnización por despido improcedente 152,91 €, sumado todo =
(729,64 más 448,33 más 144,64 ) = 1322,61 € ( en bruto, de aquí hay descontar el IRPF, Seg Soc, FP y Desempleo) más 152,91 de indemnización, esta exenta de tributación ) = 1475,52 €, hala ya está buscando sindicato o abogado para que le reclamen todo esto.
smo
Finiquito que no cuadra
30/08/2022 23:03
Tenía un contrato eventual por producción del 4 de julio al 27 de agosto.
Mi salario del 4 al 31 de julio fue de 1.030€.
Me despidieron el 17, por lo que me faltaron esos 10 días de trabajar.
Me han presentado un finiquito de 441€ y no me cuadra, pero no tengo ni idea.
¿Es esto posible?