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Firma de calendario

8 Comentarios
 
Firma de calendario
25/10/2018 20:15
Soy delegada de comité y hace unos días se ha acordado el calendario laboral junto con la empresa. La mayoría del Comité de empresa está deacuerdo, pero mi grupo no y hemos firmado no conforme. La presidenta del Comité no lo da por válido y no nos deja poner no conforme. Así que ha firmado ella y la Empresa. Es legal? No tendría que firmar uno de cada sección sindical? Hay alguna ley dònde nos podamos apoyar ,bien para firmar no conforme o para denunciar.
Agradecería una respuesta lo antes posible
Gracias
26/10/2018 14:25
Lowla
Las decisiones del Comité de votan en el seno del mismo y si ustedes no son mayoría pues sale la decisión de la mayoría y para firmar el acuerdo solo se precisa el voto del Presidente o del Secretario del Comité, ustedes pueden exigir que se ponga en el acta el resultado de la votación indicando el voto de cada representante, es decir si votan no todos los miembros de su grupo pues ya queda claro que no están conforme pero si hay mayoría el acuerdo es licito
26/10/2018 14:25
Lowla
Las decisiones del Comité de votan en el seno del mismo y si ustedes no son mayoría pues sale la decisión de la mayoría y para firmar el acuerdo solo se precisa el voto del Presidente o del Secretario del Comité, ustedes pueden exigir que se ponga en el acta el resultado de la votación indicando el voto de cada representante, es decir si votan no todos los miembros de su grupo pues ya queda claro que no están conforme pero si hay mayoría el acuerdo es licito
26/10/2018 14:27
Lowla
Bueno el acuerdo será lícito salvo que incumpla el convenio o el ET, como no sabemos el motivo por el que no están de acuerdo ni tampoco el convenio...
26/10/2018 16:20
jamgpreve
El convenio es de lo social de Guipuzkoa y el desacuerdo es por los horarios que una empresa quiere imponer en un centro y que en contra de las políticas sociales de conciliación personal y familiar. Además la presidenta del comité que soy yo ya ha mostrado su desacuerdo e incluso he interpuesto una demanda ya que nunca tuve jornadas partidas.
26/10/2018 17:15
Lowla
Cada vez lo entiendo menos dice usted que es la Presidenta del Comité quien les dice que no acepta que se ponga no conforme y luego, ahora, nos dice que la Presidenta del Comité es usted, en qué quedamos?
26/10/2018 17:41
jamgpreve
Si se voto en el Comité que aun no me queda claro, y una mayoría lo aceptó ya no seria una modificación sustancial seria un acuerdo entre empresa y Comité.
Por otra parte, si fue, como arece ser, impuesto por la empresa que en un Comité comunicó al Comité ese cambio de jornada continua a jornada parcial y usted como Presidenta firmó, lo que firmo es una notificación por parte de la empresa, entonces desde que surte efecto y comienza con el nuevo horario si se trata de una modificación sustancial de las condiciones laborales (art41 ET), pero entonces tuvieron ustedes 20 dias para impugnar, si como dice esto fue en febrero a estas alturas poco puede hacer ya.
SMO
26/10/2018 17:42
Lowla
En la actualidad se considera un acuerdo tácito al no haber impugnado dentro del plazo.
29/10/2018 08:10
jamgpreve
Discúlpadme me he confundido de tema porque tiene similitud pero no es el que yo he abierto,un saludo
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25/10/2018 20:15
Soy delegada de comité y hace unos días se ha acordado el calendario laboral junto con la empresa. La mayoría del Comité de empresa está deacuerdo, pero mi grupo no y hemos firmado no conforme. La presidenta del Comité no lo da por válido y no nos deja poner no conforme. Así que ha firmado ella y la Empresa. Es legal? No tendría que firmar uno de cada sección sindical? Hay alguna ley dònde nos podamos apoyar ,bien para firmar no conforme o para denunciar.
Agradecería una respuesta lo antes posible
Gracias
26/10/2018 14:25
Lowla
Las decisiones del Comité de votan en el seno del mismo y si ustedes no son mayoría pues sale la decisión de la mayoría y para firmar el acuerdo solo se precisa el voto del Presidente o del Secretario del Comité, ustedes pueden exigir que se ponga en el acta el resultado de la votación indicando el voto de cada representante, es decir si votan no todos los miembros de su grupo pues ya queda claro que no están conforme pero si hay mayoría el acuerdo es licito
26/10/2018 14:25
Lowla
Las decisiones del Comité de votan en el seno del mismo y si ustedes no son mayoría pues sale la decisión de la mayoría y para firmar el acuerdo solo se precisa el voto del Presidente o del Secretario del Comité, ustedes pueden exigir que se ponga en el acta el resultado de la votación indicando el voto de cada representante, es decir si votan no todos los miembros de su grupo pues ya queda claro que no están conforme pero si hay mayoría el acuerdo es licito
26/10/2018 14:27
Lowla
Bueno el acuerdo será lícito salvo que incumpla el convenio o el ET, como no sabemos el motivo por el que no están de acuerdo ni tampoco el convenio...
26/10/2018 16:20
jamgpreve
El convenio es de lo social de Guipuzkoa y el desacuerdo es por los horarios que una empresa quiere imponer en un centro y que en contra de las políticas sociales de conciliación personal y familiar. Además la presidenta del comité que soy yo ya ha mostrado su desacuerdo e incluso he interpuesto una demanda ya que nunca tuve jornadas partidas.
26/10/2018 17:15
Lowla
Cada vez lo entiendo menos dice usted que es la Presidenta del Comité quien les dice que no acepta que se ponga no conforme y luego, ahora, nos dice que la Presidenta del Comité es usted, en qué quedamos?
26/10/2018 17:41
jamgpreve
Si se voto en el Comité que aun no me queda claro, y una mayoría lo aceptó ya no seria una modificación sustancial seria un acuerdo entre empresa y Comité.
Por otra parte, si fue, como arece ser, impuesto por la empresa que en un Comité comunicó al Comité ese cambio de jornada continua a jornada parcial y usted como Presidenta firmó, lo que firmo es una notificación por parte de la empresa, entonces desde que surte efecto y comienza con el nuevo horario si se trata de una modificación sustancial de las condiciones laborales (art41 ET), pero entonces tuvieron ustedes 20 dias para impugnar, si como dice esto fue en febrero a estas alturas poco puede hacer ya.
SMO
26/10/2018 17:42
Lowla
En la actualidad se considera un acuerdo tácito al no haber impugnado dentro del plazo.
29/10/2018 08:10
jamgpreve
Discúlpadme me he confundido de tema porque tiene similitud pero no es el que yo he abierto,un saludo