Cualquier tipo de subvención debe declararse a Hacienda (si no es que está expresamente previsto lo contrario). Se declara como ganancia patrimonial y va a la base general (o sea, que tributa por el tipo marginal)
Otra cosa es que Hacienda se entere o no de las ayudas que ha otorgado el ayuntamiento...
En un municipio se plantea la posibilidad de aplicar subvenciones (que no bonificaciones) para ayudar a pagar el IBI a determinados colectivos (cuantía de la subvención, aún por determinar, así como los colectivos a los que sería de aplicación dicha subvención). Pero a mí, me surge una duda: ¿ésta subvención, se ha de declarar en la declaración de renta anual? (el que deba hacerla, claro). Es que si es que sí, nos podríamos encontrar ante un caso de que por un lado beneficias, y por otro, quién sabe.