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Fondos comunidad

3 Comentarios
 
Fondos comunidad
25/10/2004 11:48
Me cambio de piso y mi pregunta es esta, ¿puedo pedir la parte proporcional de los fondos de la comunidad que me pertocan?, si fuera así bajo que ley me amparo?
Gracias por todo
25/10/2004 14:39
¿Que significa "pertocan"?.
25/10/2004 22:12
El remanente de fondo comunitariuo, o Fondo de reserva que pueda existir como situación neta contable de la comunidad, pertenece efecto por proindiviso a los pisos o locales que la componen y por decantación, a los comuneros que en cada momento ostentan el título de propietario.
Por aplicación simétrica, a la figura de los créditos a favor de la Comunidad derivados de la obligación de contribuir al sostenimiento de los gastos.
25/10/2004 23:14
Es que la inmobiliaria me dijo que podía pedir la parte proporcional, pero aún no me ha quedado claro, lo puedo pedir o no? Yo sinceramente creo que no pero bueno si se pueden pedir está claro que lo voy a pedir.

Gracias