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Fotos sin permiso.

2 Comentarios
 
Fotos sin permiso.
28/12/2019 15:20
¿Puedo denunciar a un cliente del bar por hacer fotos de las cámaras de vigilancia ( las lleva una empresa de seguridad y están puestos los avisos correspondientes en lugar visible), después de prohibirle la entrada por un huerto de un objeto del bar?. Cuando le llamé la atención por el hurto, acudió al bar con el objeto para devolverlo y fue cuando empezó a sacar las fotos del interior del bar y de las cámaras de seguridad. Le prohibí la entrada por que no era la primera vez que su comportamiento no era el correcto.
13/01/2020 20:22
andoni
Un lugar de pública concurrencia -un bar- no es la vía pública, es un recinto privado, y para hacer fotografías de su interior se requiere el permiso del propietario.

Art. 446 CC: Artículo 446

"Todo poseedor tiene derecho a ser respetado en su posesión; y, si fuere inquietado en ella, deberá ser amparado o restituido en dicha posesión por los medios que las leyes de procedimiento establecen."

Y si en las fotos salen personas, se aplica la L.O. 1/82 de 5 de mayo sobre el derecho al honor y a la propia imagen, y también el derecho a la intimidad.

Sobre la posibilidad de denunciar, no soy penalista, y le aconsejo que haga la pregunta en el foro de penal, por si la toma de fotos tuviera encaje en el art. 197 CP:

Delito de revelación y descubrimiento de secretos: «El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apropie de sus papeles, mensajes de correo electrónico, cartas o cualesquiera otros documentos o efectos personales o intercepte sus telecomunicaciones o use mecanismos técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.»

O alternativamente si pudiera ser tratado como un delito de coacciones: entraron en su propiedad privada (de concurrencia pública) e hicieron fotos sin su permiso.
14/01/2020 12:13
andoni
Para reforzar su reclamación, haga constar que puesto que ya lo tiene grabado cometiendo un hurto, teme usted que su intención al fotografiar sus cámaras de seguridad sea estudiar la forma de burlarlas. Con ello amparamos el descubrimiento de secretos.
Fotos sin permiso. | PorticoLegal
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Fotos sin permiso.
28/12/2019 15:20
¿Puedo denunciar a un cliente del bar por hacer fotos de las cámaras de vigilancia ( las lleva una empresa de seguridad y están puestos los avisos correspondientes en lugar visible), después de prohibirle la entrada por un huerto de un objeto del bar?. Cuando le llamé la atención por el hurto, acudió al bar con el objeto para devolverlo y fue cuando empezó a sacar las fotos del interior del bar y de las cámaras de seguridad. Le prohibí la entrada por que no era la primera vez que su comportamiento no era el correcto.
13/01/2020 20:22
andoni
Un lugar de pública concurrencia -un bar- no es la vía pública, es un recinto privado, y para hacer fotografías de su interior se requiere el permiso del propietario.

Art. 446 CC: Artículo 446

"Todo poseedor tiene derecho a ser respetado en su posesión; y, si fuere inquietado en ella, deberá ser amparado o restituido en dicha posesión por los medios que las leyes de procedimiento establecen."

Y si en las fotos salen personas, se aplica la L.O. 1/82 de 5 de mayo sobre el derecho al honor y a la propia imagen, y también el derecho a la intimidad.

Sobre la posibilidad de denunciar, no soy penalista, y le aconsejo que haga la pregunta en el foro de penal, por si la toma de fotos tuviera encaje en el art. 197 CP:

Delito de revelación y descubrimiento de secretos: «El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apropie de sus papeles, mensajes de correo electrónico, cartas o cualesquiera otros documentos o efectos personales o intercepte sus telecomunicaciones o use mecanismos técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.»

O alternativamente si pudiera ser tratado como un delito de coacciones: entraron en su propiedad privada (de concurrencia pública) e hicieron fotos sin su permiso.
14/01/2020 12:13
andoni
Para reforzar su reclamación, haga constar que puesto que ya lo tiene grabado cometiendo un hurto, teme usted que su intención al fotografiar sus cámaras de seguridad sea estudiar la forma de burlarlas. Con ello amparamos el descubrimiento de secretos.