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funcionario-segundo trabajo

3 Comentarios
 
Funcionario-segundo trabajo
03/09/2006 12:44
Buenas, si tengo suerte sere funcionariodel estado, pero no lo se todavia, me gustaria saber donde puedo informarme sobre las compatibilidad de ser funcionario y tener un segundo trabajo.

Un saludo
09/09/2006 15:47
Lo primero que hay que saber es qué plaza de funcionario de carrera vas a ocupar, ya que hay regímenes de incompatibilidades diversos y específicos para los distintos cargos. Como norma general no puedes ejercer ninguna actividad privada o mercantil relacionada con el cargo a desempeñar. Cumpliendo este requisito, puedes trabajar por cuenta ajena en regimen de media jornada, siempre y cuando no rebases el 50% de la jornada en la función pública. Creo que en la Ley de Función Pública tienes el régimen de incompatibilidades de forma genérica.
09/09/2006 18:20
El régimen de incompatibilidades se encuentra, con carácter general, en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre.

Como bien dice Akkawa, la situación concreta dependerá del Cuerpo, Escala, plaza o carrera a la que accedas. Por ejemplo, si accedes a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado no podrás desempeñar ninguna actividad privada.

Salut
10/09/2006 11:59
seria grupo D, aux adtivo.

Tengo en la cabeza algo de profesor en la privada, pero vamos solo es una idea.

Y puestos a preguntar, una beca que creo es incompatible con cq trabajo, si no digo nada nno tienen por que saber que la estoy disfrutando no?
(es una beca de trabajo, dificil de compatibilizar, pero si puediese con el horario, pq no?)
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Funcionario-segundo trabajo
03/09/2006 12:44
Buenas, si tengo suerte sere funcionariodel estado, pero no lo se todavia, me gustaria saber donde puedo informarme sobre las compatibilidad de ser funcionario y tener un segundo trabajo.

Un saludo
09/09/2006 15:47
Lo primero que hay que saber es qué plaza de funcionario de carrera vas a ocupar, ya que hay regímenes de incompatibilidades diversos y específicos para los distintos cargos. Como norma general no puedes ejercer ninguna actividad privada o mercantil relacionada con el cargo a desempeñar. Cumpliendo este requisito, puedes trabajar por cuenta ajena en regimen de media jornada, siempre y cuando no rebases el 50% de la jornada en la función pública. Creo que en la Ley de Función Pública tienes el régimen de incompatibilidades de forma genérica.
09/09/2006 18:20
El régimen de incompatibilidades se encuentra, con carácter general, en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre.

Como bien dice Akkawa, la situación concreta dependerá del Cuerpo, Escala, plaza o carrera a la que accedas. Por ejemplo, si accedes a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado no podrás desempeñar ninguna actividad privada.

Salut
10/09/2006 11:59
seria grupo D, aux adtivo.

Tengo en la cabeza algo de profesor en la privada, pero vamos solo es una idea.

Y puestos a preguntar, una beca que creo es incompatible con cq trabajo, si no digo nada nno tienen por que saber que la estoy disfrutando no?
(es una beca de trabajo, dificil de compatibilizar, pero si puediese con el horario, pq no?)