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Futuro heredero con embargos pendientes

2 Comentarios
 
Futuro heredero con embargos pendientes
30/08/2023 20:23
Somos tres hermanos, el menor tiene embargos pendientes por no pagar hipoteca, comunidad de vecinos, Ibis, impuestos de una parcela, etc.
Mis padres falleceran en breve por grave enfermedad los dos ( alzeimer grado máximo y 98 años de edad ).
La herencia consiste en dinero en banco, un piso en ciudad, y chalet en playa, los cuales cuando heredemos queremos vender, la pregunta es como resolver para que los dos hermanos no morosos podamos disponer de nuestra parte sin problema, me comentan que el hermano moroso puede renunciar a la herencia y así los acreedores no pueden reclamarle.
Se puede vender un pìso con embargos de uno de los herederos?
31/08/2023 03:42
Si su hermano moroso tiene pensado renunciar a la herencia para no afrontar la deuda, se puede encontrar con la sorpresa de que los acreedores soliciten en los tribunales el aceptar la herencia ellos mismos para cobrarse dicha deuda; en cuanto les llegue la información de la renuncia (escritura pública) lo harán, no tenga la menor duda.
Y vender una vivienda embargada es complicado; nadie va a querer comprarla en cuanto vean la anotación de embargo en el registro de la propiedad.
Lo mejor es intentar saldar la deuda o llegar a un acuerdo para evitar “sorpresas”
Saludos.
31/08/2023 08:37
Lo ideal habría sido dejar el mínimo (la legítima estricta) en testamento a este hijo, pero si tienen alzheimer si no lo han hecho ya, no van a poder.
Lo mejor que pueden hacer es que la acepte y en el reparto lo que le toque (por ejemplo más parte del chalet en la playa, para dejar la otra vivienda para vosotros), venderlo rápido y él de su parte que pague sus deudas.
Si acepta la herencia el reparto se hará normalmente, y los acreedores le exigirán cuando se enteren, le entre dinero en el banco, etc., pero no meterán las narices antes. Si renuncia sí, pueden aceptarla en su nombre y si hay bienes inmuebles a repartir podrán actuar hasta cierto punto en su nombre para cobrarse la deuda y se va a complicar bastante para los otros dos.
Futuro heredero con embargos pendientes | PorticoLegal
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Futuro heredero con embargos pendientes
30/08/2023 20:23
Somos tres hermanos, el menor tiene embargos pendientes por no pagar hipoteca, comunidad de vecinos, Ibis, impuestos de una parcela, etc.
Mis padres falleceran en breve por grave enfermedad los dos ( alzeimer grado máximo y 98 años de edad ).
La herencia consiste en dinero en banco, un piso en ciudad, y chalet en playa, los cuales cuando heredemos queremos vender, la pregunta es como resolver para que los dos hermanos no morosos podamos disponer de nuestra parte sin problema, me comentan que el hermano moroso puede renunciar a la herencia y así los acreedores no pueden reclamarle.
Se puede vender un pìso con embargos de uno de los herederos?
31/08/2023 03:42
Si su hermano moroso tiene pensado renunciar a la herencia para no afrontar la deuda, se puede encontrar con la sorpresa de que los acreedores soliciten en los tribunales el aceptar la herencia ellos mismos para cobrarse dicha deuda; en cuanto les llegue la información de la renuncia (escritura pública) lo harán, no tenga la menor duda.
Y vender una vivienda embargada es complicado; nadie va a querer comprarla en cuanto vean la anotación de embargo en el registro de la propiedad.
Lo mejor es intentar saldar la deuda o llegar a un acuerdo para evitar “sorpresas”
Saludos.
31/08/2023 08:37
Lo ideal habría sido dejar el mínimo (la legítima estricta) en testamento a este hijo, pero si tienen alzheimer si no lo han hecho ya, no van a poder.
Lo mejor que pueden hacer es que la acepte y en el reparto lo que le toque (por ejemplo más parte del chalet en la playa, para dejar la otra vivienda para vosotros), venderlo rápido y él de su parte que pague sus deudas.
Si acepta la herencia el reparto se hará normalmente, y los acreedores le exigirán cuando se enteren, le entre dinero en el banco, etc., pero no meterán las narices antes. Si renuncia sí, pueden aceptarla en su nombre y si hay bienes inmuebles a repartir podrán actuar hasta cierto punto en su nombre para cobrarse la deuda y se va a complicar bastante para los otros dos.