Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Grabar reuniones?

Tema cerrado. No se admiten más comentarios
373 Comentarios
Viendo 361 - 373 de 373 comentarios
10/03/2006 10:27
H-25, eso está más claro y transparente que el agua cristalina. El Seguro. Allí está el agente para poner orden. Y como testigo de todo lo acontecido.
El camionero tiene todas las de ganar: Seguro, agente y grabación.
¿Quién le manda al abogado abrir la puerta izquierda cuando se acerca un camión de unas cuantas toneladas?
E iría contento si además no le planta el agente una multa en caso de haber estacionado donde no debe.
10/03/2006 11:23
¿Pero el camionero paro a arreglar los papeles?
pd. es broma, je,je,je.
10/03/2006 13:04
RAUDIE
Por supuesto, que paró. ¿Es que no lo has deducido del relato?
Observa: "este animal bestia! Es evidente que se ha bajado del camión, está al lado del abogado y del agente y sigue siendo insultado in situ. Y está claro que está grabando con el fin de presentarlo como prueba porque aguanta todos los insultos sin contestar del mismo modo para quedar él "libre de pecado" Aunque en esa situación, seguro que se le ha ocurrido al menos decir, "Vale" para poder decir que ha intervenido no sea que vaya a considerársele una cámara que graba indiscriminadamente. O que ha grabado una conversación en la que no ha intervenido él.
10/03/2006 13:53
Hola y adios (mis obligaciones me reclaman)

solo decir que me está gustando el tema ¡¡hasta que aguante!!
Besos.
11/03/2006 18:19
Hacía días que no escribía en el tema, ya que intento buscar información por otras fuentes, la cosa es que como aún no la tengo, os subo el tema al "top" y haber hasta donde llegamos....
un saludo
15/03/2006 16:32
hola a todos reabro el tema, puesto que he recibido información que parece pudiera ser útil.
En relación a la Ley de Protección de Datos, según parece no sería ilegal si:
1. No se pueden identificar las voces (cosa me coemntan difícil, ya que hoy en día es relativamente fácil hacerlo).
ó
2. No quedan registradas en un fichero.

Me repiten y reiteran que esto esté basado en la Ley de Protección de Datos, que no tiene nada que ver con el Derecho a la intimidad y a la imágen que es donde nos surgían más dudas y podría indicar otras cosas, para el tema que nos atañe.

Para estos datos se basan en Ley Orgánica 15/1999
y me responde en Jefe de Área de atención al ciudadano de la Agencia de Portección de datos.
15/03/2006 16:40
Pero otra vez. No hombre no. Ahora que las H estaban calladas, otra vez, no, por fa. Vale, aceptamos submarino como animal acuatico. Grabas lo que quiera, cuando quiera y donde quieras, pero por fa cierra el tema ya
15/03/2006 17:20
Si las grabaciones se realizan con el único fin de presentarlas en sede judicial, son totalmente válidas.

Vease lo que se comenta del "padre coraje". Alejandro, es encomiable tu empecinamiento, pero si las grabaciones son únicamente para aportarlas como prueba, y son conversaciones de las que se participa, son absolutamente LEGALES.
15/03/2006 18:07
yo no digo que valgan o que no valgan, yo sólo he coentado que creo que no a modo personal y que no valen, que las pruebas que han aportado no me convencen y por ello siguo en ello, es más la que termino de aprotar creo que está casi más en contra de mi opinión que a favor, peeeero....

por cierto cada uno es libre de seguir con el tema que queira y no creo que nadie deba sentirse en posición ni estar legitimado de qué hacer o no hacer con un tema, más aún si se ha perdido toda legitimidad faltando al respeto a otros foreros, por favor respeto para todos.
15/03/2006 18:24
Esque habia algunos foreros que estaban pidiendo a gritos que se les faltara al respeto, por llenar el foro de porquería.
24/06/2011 19:21
bueno, pues yo en una junta me presenté con un notario y no le dejaron entrar. acto seguido y sin decir nada me puse a grabar con mp4. como siempre, me insultaron a mi y otros vecinos. esto claro no se reflejó en acta porque quien insultaba eran presidente y secretario. denuncié al juzgado y aporté la grabacion, que se admitió: resultado: presidente y secretario condenados por una falta de injurias.

está prohibido grabar a otros sin su consentimiento, pero no está prohibido grabar tus propias conversaciones, en las que tu participas. el derecho a la intimidad no se viola cuando grabas un insulto o una amenaza que te estan haciendo, porque INSULTAR o AMENAZAR no pertenece al ambito de la intimidad de una persona sino que transciende ese ambito protejido convirtiendose en una agresion dirigida a otra cuyo derecho al honor y a la seguridad personal deben ser protegidos. insultar trasciende el ambito de la intimidad personal y es un acto antijurídico sancionable.

si alguien conoce una sentencia que haya condenado una persona por grabar una junta de vecinos en la que él participaba o cualquier otra conversaci´´on en la que el participaba, que nos la indique.
25/06/2011 08:05
el administrador de mi comunidad graba todas las juntas coloca la grabadora sobre una mesa y no pide permiso a nadie luego en las actas dice lo que le dá la gana. las dos ultimas juntas un grupo pequeño de propietarios emos grabado una de las grabaciones las a aceptado el juez como prueba ahi se vé que el tipo miente mas que parpadea. y ademas siendo administrador lo cual significa que es un empleado de la comunidad podremos demostrar qué en comnivencia con el presidente pelele no permite hablar a ningun propietario que no comulgue con él estamos a la espera de juicio a ver que opina la justicia de estos pequeños reyezuelos. la segunda grabaacion tb espeero poder presentarla en la siguiente impugnacion a ver si cuando vea que a quedado claro que miente y manipula se le bajan un poco los humos.
26/06/2011 08:44
Hola a todos:

Bueno es tan extenso lo expuesto y tanta aportación, que ni da tiempo a leer todo, al menos con detenimiento, quizás por ello hay algo que no veo claro, se que en las Comunidades de Propietarios, es factible grabar, la Ley de Protección de Datos, no lo prohibe, ya que si lo hubiese hecho, habrían puesto el articulado, sólo se basan en la intimidad personal.

Creo que en ese postulado, no entran las Comunidades de Propietarios, prueba de que no lo prohibe, así como no prohibe dar los datos de los morosos, aunque si se prohiba exponer en el panel de anuncios para que lo vea cualquiera, que sea ajeno a la Comunidad, pero si es dentro del encauce de la Comunidad, no, por lo que se presume, que grabar una Junta no es delito y probablemente, no necesita la aprobación.

Gracias por todo.

Saludos.
22/10/2013 20:05
Interesantísimo y extenso post, que demuestra que en 7 años no ha mejorado nada en la seguridad jurídica de las comunidades de propietarios.

Me llama poderosamente la atención dos cosas: que alguien mantenga que la alteración deliverdada de los contenidos de las actas sea un tema civil y no penal. ¿No hay dolo en una falsedad documental de una alteración de un acta?

Segundo, que respuesta del Colegio de Administradores de Madrid, que de acuerdo a mi experiencia fomenta las mafias en las comunidades hubiese transcrito:

"un vecino podrá grabar con el consentimiento de tooooodos los presentes en la reunión.

un administrador o secretario podrá grabar con el consentimiento de la mayoría y únicamente con fines de facilitar el trabajo de redacción de acta, es decir fines de trabajo nada más.

si un vecino se niega a apagar el instrumento de grabación podrá llamarse a la policía puesto que es un delito.


he insistido e insistido en que me asegurara que ésto era así al 100% y me lo ha asegurado así, por lo que por mi parte queda zamjado el tema.

un saludo y gracias a todos"

el colegio de adfministradores de madrid siempre barriendo para que sus colegiado tengan plena libertad para delinquir, y por supuesto sin fundamentar sus palabras con fundamento de derecho alguno. ver para creer.

de todas formas ne este antiguo post intervino mucha gente, alguna de ellas muy bien formada, y con gran experiencia de lo que es la practica habitual en comunidades mafiosas. otros ingenuos no llegan a entender que haya comunidades en las que de forma sistemática se altera el contenido de lo votado y deliberado en las actas de la juntas.
¿queda alguno de los participantes del 2006 que pueda aportar algun tipo de estrategia de lucha contra las comunidades mafiosas?

saludos
Grabar reuniones? | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Grabar reuniones?

Tema cerrado. No se admiten más comentarios
373 Comentarios
Viendo 361 - 373 de 373 comentarios
10/03/2006 10:27
H-25, eso está más claro y transparente que el agua cristalina. El Seguro. Allí está el agente para poner orden. Y como testigo de todo lo acontecido.
El camionero tiene todas las de ganar: Seguro, agente y grabación.
¿Quién le manda al abogado abrir la puerta izquierda cuando se acerca un camión de unas cuantas toneladas?
E iría contento si además no le planta el agente una multa en caso de haber estacionado donde no debe.
10/03/2006 11:23
¿Pero el camionero paro a arreglar los papeles?
pd. es broma, je,je,je.
10/03/2006 13:04
RAUDIE
Por supuesto, que paró. ¿Es que no lo has deducido del relato?
Observa: "este animal bestia! Es evidente que se ha bajado del camión, está al lado del abogado y del agente y sigue siendo insultado in situ. Y está claro que está grabando con el fin de presentarlo como prueba porque aguanta todos los insultos sin contestar del mismo modo para quedar él "libre de pecado" Aunque en esa situación, seguro que se le ha ocurrido al menos decir, "Vale" para poder decir que ha intervenido no sea que vaya a considerársele una cámara que graba indiscriminadamente. O que ha grabado una conversación en la que no ha intervenido él.
10/03/2006 13:53
Hola y adios (mis obligaciones me reclaman)

solo decir que me está gustando el tema ¡¡hasta que aguante!!
Besos.
11/03/2006 18:19
Hacía días que no escribía en el tema, ya que intento buscar información por otras fuentes, la cosa es que como aún no la tengo, os subo el tema al "top" y haber hasta donde llegamos....
un saludo
15/03/2006 16:32
hola a todos reabro el tema, puesto que he recibido información que parece pudiera ser útil.
En relación a la Ley de Protección de Datos, según parece no sería ilegal si:
1. No se pueden identificar las voces (cosa me coemntan difícil, ya que hoy en día es relativamente fácil hacerlo).
ó
2. No quedan registradas en un fichero.

Me repiten y reiteran que esto esté basado en la Ley de Protección de Datos, que no tiene nada que ver con el Derecho a la intimidad y a la imágen que es donde nos surgían más dudas y podría indicar otras cosas, para el tema que nos atañe.

Para estos datos se basan en Ley Orgánica 15/1999
y me responde en Jefe de Área de atención al ciudadano de la Agencia de Portección de datos.
15/03/2006 16:40
Pero otra vez. No hombre no. Ahora que las H estaban calladas, otra vez, no, por fa. Vale, aceptamos submarino como animal acuatico. Grabas lo que quiera, cuando quiera y donde quieras, pero por fa cierra el tema ya
15/03/2006 17:20
Si las grabaciones se realizan con el único fin de presentarlas en sede judicial, son totalmente válidas.

Vease lo que se comenta del "padre coraje". Alejandro, es encomiable tu empecinamiento, pero si las grabaciones son únicamente para aportarlas como prueba, y son conversaciones de las que se participa, son absolutamente LEGALES.
15/03/2006 18:07
yo no digo que valgan o que no valgan, yo sólo he coentado que creo que no a modo personal y que no valen, que las pruebas que han aportado no me convencen y por ello siguo en ello, es más la que termino de aprotar creo que está casi más en contra de mi opinión que a favor, peeeero....

por cierto cada uno es libre de seguir con el tema que queira y no creo que nadie deba sentirse en posición ni estar legitimado de qué hacer o no hacer con un tema, más aún si se ha perdido toda legitimidad faltando al respeto a otros foreros, por favor respeto para todos.
15/03/2006 18:24
Esque habia algunos foreros que estaban pidiendo a gritos que se les faltara al respeto, por llenar el foro de porquería.
24/06/2011 19:21
bueno, pues yo en una junta me presenté con un notario y no le dejaron entrar. acto seguido y sin decir nada me puse a grabar con mp4. como siempre, me insultaron a mi y otros vecinos. esto claro no se reflejó en acta porque quien insultaba eran presidente y secretario. denuncié al juzgado y aporté la grabacion, que se admitió: resultado: presidente y secretario condenados por una falta de injurias.

está prohibido grabar a otros sin su consentimiento, pero no está prohibido grabar tus propias conversaciones, en las que tu participas. el derecho a la intimidad no se viola cuando grabas un insulto o una amenaza que te estan haciendo, porque INSULTAR o AMENAZAR no pertenece al ambito de la intimidad de una persona sino que transciende ese ambito protejido convirtiendose en una agresion dirigida a otra cuyo derecho al honor y a la seguridad personal deben ser protegidos. insultar trasciende el ambito de la intimidad personal y es un acto antijurídico sancionable.

si alguien conoce una sentencia que haya condenado una persona por grabar una junta de vecinos en la que él participaba o cualquier otra conversaci´´on en la que el participaba, que nos la indique.
25/06/2011 08:05
el administrador de mi comunidad graba todas las juntas coloca la grabadora sobre una mesa y no pide permiso a nadie luego en las actas dice lo que le dá la gana. las dos ultimas juntas un grupo pequeño de propietarios emos grabado una de las grabaciones las a aceptado el juez como prueba ahi se vé que el tipo miente mas que parpadea. y ademas siendo administrador lo cual significa que es un empleado de la comunidad podremos demostrar qué en comnivencia con el presidente pelele no permite hablar a ningun propietario que no comulgue con él estamos a la espera de juicio a ver que opina la justicia de estos pequeños reyezuelos. la segunda grabaacion tb espeero poder presentarla en la siguiente impugnacion a ver si cuando vea que a quedado claro que miente y manipula se le bajan un poco los humos.
26/06/2011 08:44
Hola a todos:

Bueno es tan extenso lo expuesto y tanta aportación, que ni da tiempo a leer todo, al menos con detenimiento, quizás por ello hay algo que no veo claro, se que en las Comunidades de Propietarios, es factible grabar, la Ley de Protección de Datos, no lo prohibe, ya que si lo hubiese hecho, habrían puesto el articulado, sólo se basan en la intimidad personal.

Creo que en ese postulado, no entran las Comunidades de Propietarios, prueba de que no lo prohibe, así como no prohibe dar los datos de los morosos, aunque si se prohiba exponer en el panel de anuncios para que lo vea cualquiera, que sea ajeno a la Comunidad, pero si es dentro del encauce de la Comunidad, no, por lo que se presume, que grabar una Junta no es delito y probablemente, no necesita la aprobación.

Gracias por todo.

Saludos.
22/10/2013 20:05
Interesantísimo y extenso post, que demuestra que en 7 años no ha mejorado nada en la seguridad jurídica de las comunidades de propietarios.

Me llama poderosamente la atención dos cosas: que alguien mantenga que la alteración deliverdada de los contenidos de las actas sea un tema civil y no penal. ¿No hay dolo en una falsedad documental de una alteración de un acta?

Segundo, que respuesta del Colegio de Administradores de Madrid, que de acuerdo a mi experiencia fomenta las mafias en las comunidades hubiese transcrito:

"un vecino podrá grabar con el consentimiento de tooooodos los presentes en la reunión.

un administrador o secretario podrá grabar con el consentimiento de la mayoría y únicamente con fines de facilitar el trabajo de redacción de acta, es decir fines de trabajo nada más.

si un vecino se niega a apagar el instrumento de grabación podrá llamarse a la policía puesto que es un delito.


he insistido e insistido en que me asegurara que ésto era así al 100% y me lo ha asegurado así, por lo que por mi parte queda zamjado el tema.

un saludo y gracias a todos"

el colegio de adfministradores de madrid siempre barriendo para que sus colegiado tengan plena libertad para delinquir, y por supuesto sin fundamentar sus palabras con fundamento de derecho alguno. ver para creer.

de todas formas ne este antiguo post intervino mucha gente, alguna de ellas muy bien formada, y con gran experiencia de lo que es la practica habitual en comunidades mafiosas. otros ingenuos no llegan a entender que haya comunidades en las que de forma sistemática se altera el contenido de lo votado y deliberado en las actas de la juntas.
¿queda alguno de los participantes del 2006 que pueda aportar algun tipo de estrategia de lucha contra las comunidades mafiosas?

saludos