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grado consaguinidad/afinidad

27 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 27 comentarios
04/06/2008 17:18
claro,claro.........de todos modos era puramente hipotetico, espero que durante mucho tiempo no tenemos que heredar de nadie, ni de mis hijos, ni de mi ex.......de verdad, no deseo la muerte a nadie.
pero es curioso como se aplica la ley.
perfil TN
04/06/2008 17:12
Pero es que eso puede pasar al revés, es decir, se muere tu ex y heredan sus 3 hijos, si uno de tus hijos muere y no tiene descedencia, heredas tú de tu ex indirectamente y si se mueren los dos, tú tendrías una tercera parte de sus bienes.
04/06/2008 16:58
pero por estadistica son las mujeres que viven mas tiempo por lo tanto........jejeje.
muchas casualidades tiene que haber.

y esto es una broma:

si el padrede un hijo se casa con la hija de una madre que a su vez se casa con el hijo del padre.....osea papa se convierte en hierno y suegro a la vez mama en suegra y nuera y......si tienen hijos?
papa y mama serian sus propios abuelos...os imaginais que lio????jijiji
no habra algun caso por alli??
perfil TN
04/06/2008 16:40
Claro que es posible, si tus hijos no tienen descendientes ni ascendientes ni se casan, etc..., podría pasar, pero tampoco es tan fuerte porque son los hijos de tu ex son sus hermanos al fin y al cabo.

Pero es que podría pasar a tu ex, si tus hijos mueren después de ti y vive tu ex, pasa a su padre.
03/06/2008 12:02
gracias, es lo que queria saber.

?pero entonces es posible que parte de la herencia que dejaria yo a mis hijos vaya a parar en las manos de los otros hijos de mi ex?
que fuerte!
teoricamente.....
perfil TN
03/06/2008 11:47
Bianca, tus hijos y un medio hermano (entiendo que el hijo de su padre), tienen igual segundo grado.

En cuanto a la sucesión, no tienen exactamente los mismo derechos.

Artículo 949
Si concurrieren hermanos de padre y madre con medio hermanos, aquellos tomarán doble porción que éstos en la herencia.

Es decir, si uno de tus hijos muere y no tiene descendientes o ascendientes, tu otro hijo heredará el doble que el medio hermano.

Pero si muere su medio hermano (y no tiene otros herederos), tus dos hijos heredan por parte iguales:

Artículo 950
En el caso de no existir sino medio hermanos, unos por parte de padre y otros por la de la madre, heredarán todos por partes iguales, sin ninguna distinción de bienes.
03/06/2008 05:37
jejejejej vaya nombrecito pocho
01/06/2008 18:33
Hola bianca,

Como se ha indicado más arriba, hay que llegar hasta el ascendiente comùn más cercano, si éste es el padre -o la madre-, el grado es segundo. igual que un hermano.

Salvo mejor opinión.

Reciba un saludo
01/06/2008 18:25
insisto:
mis dos hijos entre ellos tienen 2° grado, lo tengo entendido
?pero que grado tienen mis hijos con un medio hermano?
por ejemplo: un hermano deja una herencia......hereda un medio hermano lo mismo que un hermano??
01/06/2008 10:00
yo me lo aprendí haciendolo en un papel.( como si hicieras un arbol genealogico) arriba: ascendiente comun- (conyuges)( abajo: hijos-( conyuges) mas abajo hijos de estos.y así sucesivamente.te pones a contar hacia arriba. un paso= un grado hasta que llegues al ascendiente comun y de ahí hacia abajo de nuevo hasta que llegues al pariente que buscas. probad es facil
01/06/2008 02:25
Desde luego...El primer grado es en linea ascendente con su papa y en segundo con su medio hermano
30/05/2008 23:11
vale, y un medio hermano tiene el mismo grado que un hermano?
30/05/2008 22:37
Bianca nunca seran el mismo grado, ya que con el hermanastro no son consanguineos... Casio diferente con un medio hermano, es decir el hijo de tu papa pero no con tu mama...Ese no es hermanastro sino medio hermano..
30/05/2008 17:37
?y dos hermanos tienen el mismo grado que un hermano y un hermanastro?

saludos desde babel,jejeje
29/05/2008 20:04
Claro!!! los profesores que dictan son odiosos, o mejor dicho: los que solo dictan, si dictan y luego explican ya es la combinación perfecta.

Un saludo
29/05/2008 19:45
Por lo que entiendo...Explico mejor que si lo dictara?..Jajajaja...Lo tendre en cuenta...Mil gracias
29/05/2008 19:42
No dictes! explica :)
29/05/2008 19:32
Gracias iuris rock....La verdad espero quye haya servido a todos....Y ojala pueda dictar en la universidad...Un abrazo
29/05/2008 09:49
Pocho, no he tenido jamas problemas con esto, no obstante, no lo explicaban asi ni en la universidad, vaya que clarito ha quedado.

Un saludo
29/05/2008 00:04
Hola:
Esta claro el tema de la consanguinida y de la afinidad. No obstante, lo que vicenrico dejaba caer era el permiso para el marido de una hermana o la mujer de un hermano, que aunque les llamanos cuñados no tienen ningún parentesco salvo el poltico ya que son los conyuges de los parientes y no proceden de linea recta ni colateral. Por lo tanto el permiso salvo que el convenio colectivo lo establezca no procede por Ley.

Saludos