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grado de discapacidad ; INSS y Juzgado de lo Social

3 Comentarios
 
Grado de discapacidad ; inss y juzgado de lo social
15/06/2020 09:43
Hola desearía saber qué grado de discapacidad me corresponde si el juzgado de lo social me reconoció una incapacidad absoluta por enfermedad, mis patologías son fibromialgia, estrés postraumatico, espondiolitis anquilosante. Un trabajado del ins cuando se me reconoció la pensión me dijo que me correspondía un 65% pero en las cartas que me envía el Inss solo me pone un 33% también me pone que no necesito de ayuda de terceros cuando no puedo estar sola en ningún momento por los ataques de pánico que sufro debido al estrés portaúmatico,.Un saludo y espero vuestra respuesta.
20/06/2020 20:25
Maria970
Hola. En tu caso tiene poca importancia el grado de discapacidad.
Por una parte, al cobrar una IP absoluta está totalmente exenta de la renta.
Por otra parte , no puedes buscar trabajo en otro sitio, pues te revisaría la IP absoluta.
Por tanto, no tiene ninguna trascendencia práctica el grado de discapacidad en tu caso.
Saludos
26/09/2020 13:09
Hola. La ley no ha variado, pero el Tribuna Supremo dictó hace pocos años diversas sentencias , interpretando la norma. En dichas sentencia se establecía la diferenciación entre determinados efectos respecto aquellas personas que tienen reconocida una incapacidad permanente.
Según dicho Tribuna dicha incapacidad permanente reconocida por el INSS, vale para determinados efectos ( fiscales, gastos sanitarios, etc..) pero el Tribunal Supremo considera que a los efectos de poder trabajar como discapacitado , no es suficiente el reconocimiento de la incapacidad permanente sino que es necesario pasar por revisión médica y obtener el grado de discapacidad como mínimo del 33 % a través de la correspondiente comunidad autónoma para poder trabajar como discapacitado. Es lo que hay.
Saludos
26/09/2020 17:51
Expertolaboral
Hola, entiendo todo lo que me has explicado y te doy las gracias.
Y si yo tengo una incapacidad desde el 2006 vía sentencia judicial y en esa fecha me dijeron que no me daban la tarjeta de discapacidad porque ya me dijeron que correspondía como tal teniendo la ipt, puedo reclamar que en dicha fecha me la denegaron diciéndome que ya me correspondía sin tenela físicamente y que ha habido varias empresas que con dicha sentencia de la ipt se han ahorrado los gastos de la SS por ser persona discapacitada que se así como pone en todos mis contratos?
Qué pasos podría dar con garantías de hoy en día si me vuelve a venir denegada la resolución de grado de discapacidad?
Toda la gente que conozco se que ha tenido que recurrir a abogados para reclamar y que así se la concedieran porque como bien dices el tribunal superior hace referencia a distinguir entre ambas pero a efectos de la ley, dicha ley es la que manda y debería equivaler. Esto último que comento es lo que dicen los abogados al reclamar según me han comentado mis amistades.
Muchas gracias
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Grado de discapacidad ; inss y juzgado de lo social
15/06/2020 09:43
Hola desearía saber qué grado de discapacidad me corresponde si el juzgado de lo social me reconoció una incapacidad absoluta por enfermedad, mis patologías son fibromialgia, estrés postraumatico, espondiolitis anquilosante. Un trabajado del ins cuando se me reconoció la pensión me dijo que me correspondía un 65% pero en las cartas que me envía el Inss solo me pone un 33% también me pone que no necesito de ayuda de terceros cuando no puedo estar sola en ningún momento por los ataques de pánico que sufro debido al estrés portaúmatico,.Un saludo y espero vuestra respuesta.
20/06/2020 20:25
Maria970
Hola. En tu caso tiene poca importancia el grado de discapacidad.
Por una parte, al cobrar una IP absoluta está totalmente exenta de la renta.
Por otra parte , no puedes buscar trabajo en otro sitio, pues te revisaría la IP absoluta.
Por tanto, no tiene ninguna trascendencia práctica el grado de discapacidad en tu caso.
Saludos
26/09/2020 13:09
Hola. La ley no ha variado, pero el Tribuna Supremo dictó hace pocos años diversas sentencias , interpretando la norma. En dichas sentencia se establecía la diferenciación entre determinados efectos respecto aquellas personas que tienen reconocida una incapacidad permanente.
Según dicho Tribuna dicha incapacidad permanente reconocida por el INSS, vale para determinados efectos ( fiscales, gastos sanitarios, etc..) pero el Tribunal Supremo considera que a los efectos de poder trabajar como discapacitado , no es suficiente el reconocimiento de la incapacidad permanente sino que es necesario pasar por revisión médica y obtener el grado de discapacidad como mínimo del 33 % a través de la correspondiente comunidad autónoma para poder trabajar como discapacitado. Es lo que hay.
Saludos
26/09/2020 17:51
Expertolaboral
Hola, entiendo todo lo que me has explicado y te doy las gracias.
Y si yo tengo una incapacidad desde el 2006 vía sentencia judicial y en esa fecha me dijeron que no me daban la tarjeta de discapacidad porque ya me dijeron que correspondía como tal teniendo la ipt, puedo reclamar que en dicha fecha me la denegaron diciéndome que ya me correspondía sin tenela físicamente y que ha habido varias empresas que con dicha sentencia de la ipt se han ahorrado los gastos de la SS por ser persona discapacitada que se así como pone en todos mis contratos?
Qué pasos podría dar con garantías de hoy en día si me vuelve a venir denegada la resolución de grado de discapacidad?
Toda la gente que conozco se que ha tenido que recurrir a abogados para reclamar y que así se la concedieran porque como bien dices el tribunal superior hace referencia a distinguir entre ambas pero a efectos de la ley, dicha ley es la que manda y debería equivaler. Esto último que comento es lo que dicen los abogados al reclamar según me han comentado mis amistades.
Muchas gracias