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Hacienda

1 Comentarios
 
Hacienda
27/04/2004 20:12
He recibido unos atrasos por sentencia judicial de fecha año 2002 pero realmente los he cobrado en el 2003. Estos atrasos son desde el año 95 al 2001. Tengo que hacer una declaracion complementaria al año 2002, ¿tengo que incluir todos los atrasos o tengo alguna reduccion del 30%o mas?
27/04/2004 21:14
Como los atrasois son del año 95 al 2001, y los has cobrado en el2003, tienes que incluirlos en la declaración de la renta de este año. Pero como son generados por más de 2 años la ley te otorga un reducción del 40%.
Saludos