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Hay ílicitos en este caso?

5 Comentarios
 
Hay ílicitos en este caso?
29/01/2010 10:07
CASO PRACTICO
Hombre1 sale a la calle, se encuentra con otro y le pregunta si sabe donde encontrar cocaína para consumo propio, el hombre2 le dice que él mismo, a cambio de la cocaína el hombre1 le da un móvil (100 €) y una esclava de plata (200 €), entonces el hombre2 huye corriendo sin facilitar la sustancia llevandose el movil y la esclava, no tenia dicha sustancia encima ni indicios de traficar. ¿Hay ílicitos? en tal caso, ¿cuales son y por parte de quien?
Gracias a todos los que respondan es una duda en el ámbito laboral.
29/01/2010 10:59
Hombre 2 comete una falta de estafa. Mediante el engaño del hombre2, mueve la voluntad del hombre 1 que le entrega en pago de la sustancia movil y esclava. la contraprestación no llega a realizarse.

No veo delito de trafico de droga, dado que como dices es para consumo propio (despenalizado, salvo que el consumidor realmente no lo sea y dependiendo de la cantidad de cocaina de la que hablemos y de como esta se presente).

Salvo mejor opinión.
29/01/2010 11:33
Hola Sultan:

Yo estoy de acuerdo contigo en la estafa, pero alguna persona me ha argumentado que al tratarse de una estafa sobre un intento de compra-venta ilícita ya no es considerado estafa. ¿Me puedes decir si es cierto esto? Respecto al hombre1, según el código penal se penaliza la compra aunque no el consumo propio, en este caso estaba realizando la compra, ¿se podría considerar tráfico aunque fuera por consumo propio su destino?
Gracias de nuevo
29/01/2010 12:08
Para mí en cuanto al 1º no hay nada de nada, es un ejeplo de delito inidóneo, que en España no está penado. Si yo quiero comprar maría y me dan orégano, pues tonto sí, pero delincuente no... Todo ello amén de que como dice sultán, penalmente la mera compra no implica ilícito en cuanto se trate de autoconsumo, cuyos requisitos están tasados por el TS.

Respecto del 2º si atendemos a la literalidad del tipo cabría la estafa ya que existe un acto de disposición en perjuicio propio, otra cosa es que exista alguna sentencia que especifique que ha de tratarse de cosas que se encuentren dentro del comercio...algo que tendría lógica pero desconozco. Sin embargo si he visto condenas por estafa en casos parecidos. Todo ello también con la salvedad de que el hecho determinante no es que no le entregue la droga sino que nunca tuvo intención de hacerlo. La falta de realización de la contrapresatción no implica necesariamente una estafa, es a priori un mero incumplimiento...
29/01/2010 12:18
Gracias Morinelli, desde luego esto es lo que yo pensaba desde el principio, pero nadie mejor que un experto para aclarar las dudas.

Un saludo y mil gracias.
29/01/2010 12:26
puff de experto poco y nada, la duda que me queda es que dices que es una duda laboral...no lo entiendo. Supongo que no te refieres a la jurisdicción laboral ni nada de eso, porque delito no, pero causa de despido puede haberla como un camión...
Hay ílicitos en este caso? | PorticoLegal
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29/01/2010 10:07
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Hombre1 sale a la calle, se encuentra con otro y le pregunta si sabe donde encontrar cocaína para consumo propio, el hombre2 le dice que él mismo, a cambio de la cocaína el hombre1 le da un móvil (100 €) y una esclava de plata (200 €), entonces el hombre2 huye corriendo sin facilitar la sustancia llevandose el movil y la esclava, no tenia dicha sustancia encima ni indicios de traficar. ¿Hay ílicitos? en tal caso, ¿cuales son y por parte de quien?
Gracias a todos los que respondan es una duda en el ámbito laboral.
29/01/2010 10:59
Hombre 2 comete una falta de estafa. Mediante el engaño del hombre2, mueve la voluntad del hombre 1 que le entrega en pago de la sustancia movil y esclava. la contraprestación no llega a realizarse.

No veo delito de trafico de droga, dado que como dices es para consumo propio (despenalizado, salvo que el consumidor realmente no lo sea y dependiendo de la cantidad de cocaina de la que hablemos y de como esta se presente).

Salvo mejor opinión.
29/01/2010 11:33
Hola Sultan:

Yo estoy de acuerdo contigo en la estafa, pero alguna persona me ha argumentado que al tratarse de una estafa sobre un intento de compra-venta ilícita ya no es considerado estafa. ¿Me puedes decir si es cierto esto? Respecto al hombre1, según el código penal se penaliza la compra aunque no el consumo propio, en este caso estaba realizando la compra, ¿se podría considerar tráfico aunque fuera por consumo propio su destino?
Gracias de nuevo
29/01/2010 12:08
Para mí en cuanto al 1º no hay nada de nada, es un ejeplo de delito inidóneo, que en España no está penado. Si yo quiero comprar maría y me dan orégano, pues tonto sí, pero delincuente no... Todo ello amén de que como dice sultán, penalmente la mera compra no implica ilícito en cuanto se trate de autoconsumo, cuyos requisitos están tasados por el TS.

Respecto del 2º si atendemos a la literalidad del tipo cabría la estafa ya que existe un acto de disposición en perjuicio propio, otra cosa es que exista alguna sentencia que especifique que ha de tratarse de cosas que se encuentren dentro del comercio...algo que tendría lógica pero desconozco. Sin embargo si he visto condenas por estafa en casos parecidos. Todo ello también con la salvedad de que el hecho determinante no es que no le entregue la droga sino que nunca tuvo intención de hacerlo. La falta de realización de la contrapresatción no implica necesariamente una estafa, es a priori un mero incumplimiento...
29/01/2010 12:18
Gracias Morinelli, desde luego esto es lo que yo pensaba desde el principio, pero nadie mejor que un experto para aclarar las dudas.

Un saludo y mil gracias.
29/01/2010 12:26
puff de experto poco y nada, la duda que me queda es que dices que es una duda laboral...no lo entiendo. Supongo que no te refieres a la jurisdicción laboral ni nada de eso, porque delito no, pero causa de despido puede haberla como un camión...