Legítima es la porción de bienes de que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos.
Artículo 807.
Son herederos forzosos:
1.-Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
2.-A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
3.-El viudo o viuda en la forma y medida que establece este Código.
Por tanto, si los hermanos no son herederos forzosos, podrá testar a favor de uno solo de ellos.
mi abuela cambio el testamento a favor de mi padre y de mi hermano ,somos 4 hermanos,eso lo puede hacer ,un hermano si y otros no mi padre es hijo unico .bienes de mi abuela, 2pisos y dinero en banco.gracias
mi tio soltero tiene una hermana, si el me dona en vida la casa a cambio de que yo lo cuide cuando el muera tiene derecho su hermana y sobrinos a reclamar parte de lo que ya me dio en vida?gracias