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Herencia a hijos

4 Comentarios
 
Herencia a hijos
19/01/2024 12:54
¿ Cómo es más seguro que la herencia a los hijos sea estrictamente igual con o sin testamento ?. teniendo en cuenta que entre si ambos hijos se llevan mal y habrá dificultad para pactar. Gracias.
19/01/2024 14:11
Si no hay testamento el porcentaje será igual para ambos, aunque es un trámite más que tienen que hacer y el reparto de qué bienes son para cada uno y la valoración de cada bien puede ser un sujeto conflictivo. Se puede dejar por testamento lo que consideres para prevenirlo, o bien que la mitad de cada bien será para cada uno (aunque si hay algún inmueble es crear posibles conflictos), si es lo que quieres, o hacer tú los lotes y asignarlos a cada hijo. Dependerá de qué haya para heredar y qué quieras hacer.
28/02/2024 15:20
Buenas tardes.
Me gustaría me aclararan si estoy o no en lo cierto acerca de cómo se traduce a efectos prácticos el reparto de lo expresado en un testamento.
El testador tiene 2 hijos y a uno (X) lega la legítima estricta y a otro (Y) lo instituye como heredero universal y único.
¿Significa esto que al hijo X le deja 1/3 de la herencia y al hijo Y le deja 2/3?

Gracias, un saludo.
28/02/2024 15:30
Susanymatilda
La herencia se divide en 3 partes, legítima, mejora y libre disposición.
Al hijo que le ha dejado la legítima le toca, por tanto, la mitad de esta (1/2 de 1/3, es decir 1/6 del total) y al otro, la mitad de esa tercera parte, y las otras dos tercera partes, total 5/6.
01/03/2024 09:01
Como dice el compañero, al heredero universal le corresponden 5/6, y al que se la ha reducido a la legítima estricta, 1/6.
La legítima estricta es un tercio que el testador no puede "tocar", se reparte a partes iguales entre los legitimarios, en principio los hijos. Si son dos hijos, cada uno tiene la mitad de ese tercio de forma automática, diga lo que diga el testador, no se puede dejar todo el tercio solo a uno o no tendría sentido la idea de la legítima estricta. Eso es lo que se hace justamente con el tercio de mejora (o legítima mejorada), este otro tercio se puede repartir entre los legitimarios como el testador desee, a diferencia de la legítima estricta. Y finalmente el tercio de libre disposición que también puede repartir como quiera pero ya sin limitación de que sea o no legitimario. Al reducir a un legitimario su herencia a la legítima estricta, es lógicamente a "su parte" de legítima estricta, porque esta no se puede repartir. Y al nombrar al otro hijo heredero universal se le da su legítima estricta (que no se puede tocar), más el tercio de mejora y el tercio de libre disposición. Es decir, 1/6 y 5/6, respectivamente.
Si el heredero mejorado quiere equilibrar el reparto será una acción y decisión enteramente suya, posterior a la aceptación, pudiendo donar si quiere 1/3 del valor, de forma que habrá adquirido cada uno lo mismo, pero siempre después de la aceptación y el reparto de los bienes, y sobre los bienes concretos heredados, no sobre el derecho a heredar.