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herencia abuela

3 Comentarios
 
Herencia abuela
16/01/2016 14:18
Hola a todos.
Hace 5 aňo falleció nuestra abuela y sólo nos tenía de herederos a,sus 3 nietos pq nuestro padre y único hijo ya,había,fallecido antes.
No tenía testamento y no hicimos nada con la,herencia ni sucesiones ni declaración de herederos ni nada. Sólo tenía 2 plazos fijos de 5000e cada uno. Al aňo de fallecer vimos que online desde la web del banco como uno de nosotros estaba,autorizado en sus,cuentas podía ccancelar,esos plazos fijos y asi lo hizo se cancelaron y lo dividió entre tres y nos hizo una tf a cada uno de sus nietos.
Bueno ahora queremos arreglar todo para poder cancelar esas cuentas bancarias y dejar todo hecho.
La pregunta es, puede tener algún problema,legal nuestro hermano por haber cancelado esos,plazos fijos estando fallecido el titular? Aunque lo haya,repartido entre sus tres,nietos y tenga justificante de las 3 tf que hizo.( haber si ahora el pobre q lo hizo y lo repartió entre 3 va,a tener algún problema ahora)
Q pasos tendríamos q hacer para q hagan declaración herederos y lo arreglen todo.

Mil gracias a,todos por las respuestas
18/01/2016 09:39
Bueno, no podría haber realizado esas gestiones en el banco porque una vez que fallece el titular de la cuenta, cualquier autorización queda sin eficacia. Así que, en realidad, ni él debería haberlas hecho, ni el banco debería haberlas tramitado. Como el fallo ha sido de ambos, el banco no denunciará. Y parece que entre ustedes no hay ningún problema, por lo que ninguno va a buscar cosquillas.

Así las cosas, existiendo testamento y estando todos los herederos de acuerdo, podrán tramitar todo en Notaría. Necesitan el certificado de últimas voluntades, el testamento y los certificados bancarios de saldos a fecha de fallecimiento.

En notaría redactarán la escritura de adjudicación, en la que se determinará que en la cuenta nº XXXX había un saldo de 5.000 y en otra cuenta nº YYYY un saldo de 5.000, que todos los herederos adquieren a partes iguales. Se determinará la cantidad exacta que adquiere cada uno de ustedes.

Con ello, podrán acudir al banco y solicitar el cierre de las cuentas bancarias.

Un saludo, quedo a su disposición.

AR.Abogada, Alicante
www.arabogada.es

18/01/2016 11:44
Muchísimas gracias por la respuesta.
De hecho con lo que nos comentas del banco seguimos viendo sus cuentas y siguen.sin bloquear.
El tema,es que el era autorizado en las cuenotas de nuestra abuela y entonces el con sus claves no la de mi abuela sino las de el, online le aparecen las dos cuentas de mi abuela y puede operar con ellas, es más como ahora si no hay saldo en eellas cobran comisión y también comisión trimestral. Todos los,anos ingresamos 100e en cada una desde el cajero. Ese es uno de los.motivos para ahora a ver si lo arreglamos y calcelamos esas cuentas ya.

Por cierto.no hay testamento pero sólo estamos sus 3 nietos de herederos. (por ese motivo fue por el q no hicimos nada,pq un hermano mío estaba viviendo fuera de Espana y no podía venir para arreglarlo todo, y al final un día por otro ha,pasado ya un montón de tiempo)
18/01/2016 11:47
Pues por si ocurriera en otra ocasión, que necesitaran realizar gestiones estando en el extranjero, pueden realizar poderes de representación para que otra persona realice las gestiones por él.

Un saludo.