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Herencia ciuadadana alemana

5 Comentarios
 
Herencia ciuadadana alemana
perfil Amm
13/11/2012 13:04
Hola, necesito ayuda n esto ya que cada uno me dice una cosa:
Tengo un matrimonio aleman que tienen una casa en España (pero no son residentes), la casa esta a nombre del marido. El marido ha fallecido y ella queire ponre la casa a su nombre para poderla vender, no hay mas herederos ya que no tienen hijos, hermanos, etc...

En la notaria me dicen que hagamos la aceptacion de la herencia en España ( y ya hara lo propio en Alemania, puesto que me dice que para poder ponre la casa a su nombre y luego venderla no necesita hacer ninguna aceptación de la herencia alemana), pero en el consulado me dicen que hay que hacer la aceptación de la herencia en Alemania y con eso ya la tendria acreditada en España.......total que no lo tengo nada claro como lo tengo que hacer.
por otro lado , ¿los docmentos de los registros civiles Alemanes son validos, una vez traducidos, en España o deben ir apostillados?

Gracias
perfil Amm
13/11/2012 13:17
alguien tiene claro este tema?
13/11/2012 14:38
Yo entiendo que lo tiene que tramitar conforme a la ley alemana. La tramitación es diferente según haya o no otorgado testamento.

Motta&L Abogado
13/11/2012 21:57
Depende de si hay testamento español, testamento Alemán, dos testamentos o ninguno, pero a grosso modo:
Hay dos soluciones, la legalista y la practicista.
Legalista: el derecho aplicable es el Alemán y según el principio de unidad de herencia, se haría todo en Alemania. Una vez adjudicada la herencia en Alemania (y pagados los impuestos en Alemania) se traduce todo, se legaliza, y se pelea uno con el Registrador para que lo inscriban. Dependiendo del Registrador puede ser comer y cantar o puede retorcerse. Si se han pagado impuestos en Alemania, hay que pagarlos otra vez en España y luego ver dónde se puede reclamar la devolución (ver acuerdo de doble imposición).
Practicista: Se adjudica la herencia en España según la ley alemana, se pagan los impuestos españoles y se inscribe. La parte alemana de la herencia se adjudica allí y se pagan los impuestos allí.
Yo utilizo la segunda.
13/11/2012 23:30
Muy bien la exposición de Alcanta, y sin duda la segunda postura es la aconsejable.
perfil Amm
14/11/2012 13:22
Muchas gracias...ahora una pregunta mas...¿los certificados de defunción , etc...deben ir con la Apostilla de la Haya o los documentos de un registro civil aleman son validos en España?