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Herencia con heredero díscolo.

2 Comentarios
 
Herencia con heredero díscolo.
03/01/2020 10:01
Buenos días:

He estado leyendo con detenimiento este post, y como en este momento mi familia está pasando por una situación similar, me gustaría realizar una consulta. Por lo que he deducido -correcta o incorrectamente- con la interpelación notarial es suficiente para cobrar la herencia de unos fondos depositados en la cuenta del banco del finado (hablo de una herencia que ha quedado repartida previamente en el testamento, en el que se reseña las cantidades a cobrar por cada heredero). La duda que se me plantea es cómo la entidad bancaria reparte los fondos si el heredero díscolo no presenta su DNI. ¿Es el notario el que remite al banco algún tipo de documento en el que indica que el heredero díscolo acepta pura y simplemente la herencia al no haber sido respondido a la interpelación interpuesta, dejando a dicho heredero la potestad de retirar o no sus fondos? ¿El banco procederá la reparto -previo pago del impuesto de sucesiones- aún careciendo del DNI de uno de ellos? ¿Cómo retiran los herederos su parte de la herencia de la entidad bancaria? En el caso de nuestra familia, no hay inmuebles que repartir, tan sólo un vehículo y los enseres que había dejado el difunto en su casa, que fueron otorgados en el testamento a uno de los herederos. Muchas gracias.
13/01/2020 13:19
Escritor
Mi consulta es sobre la redacción de un testamento, en el cual soy viudo en gananciales, con 3 hijos, como herederos, mi intención es dejar a uno de ellos, con la mínima legítima estricta, que me obligue la ley a adjudicarle, dejándole a los otros 2 herederos, todo lo posible, tanto de mi parte, como la que le correspondiera, por parte de su madre, ya fallecida. Además, quisiera saber si ese hijo, puede reclamar, algún porcentaje más de legitima, por ley, a la apertura de testamento, lo cual provoque conflicto, que haga imposible mi decisión en dicho testamento. No he hecho ningún tipo de documento, juicio, etc en contra de el, por motivos reconocidos en el Código civil.
13/01/2020 16:03
13579
Basta con ir al notario y redactar testamento, dejando a ese hijo la legítima estricta y lo demás al resto, pero solo de tu parte, no de la de su madre.
Herencia con heredero díscolo. | PorticoLegal
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Herencia con heredero díscolo.

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Herencia con heredero díscolo.
03/01/2020 10:01
Buenos días:

He estado leyendo con detenimiento este post, y como en este momento mi familia está pasando por una situación similar, me gustaría realizar una consulta. Por lo que he deducido -correcta o incorrectamente- con la interpelación notarial es suficiente para cobrar la herencia de unos fondos depositados en la cuenta del banco del finado (hablo de una herencia que ha quedado repartida previamente en el testamento, en el que se reseña las cantidades a cobrar por cada heredero). La duda que se me plantea es cómo la entidad bancaria reparte los fondos si el heredero díscolo no presenta su DNI. ¿Es el notario el que remite al banco algún tipo de documento en el que indica que el heredero díscolo acepta pura y simplemente la herencia al no haber sido respondido a la interpelación interpuesta, dejando a dicho heredero la potestad de retirar o no sus fondos? ¿El banco procederá la reparto -previo pago del impuesto de sucesiones- aún careciendo del DNI de uno de ellos? ¿Cómo retiran los herederos su parte de la herencia de la entidad bancaria? En el caso de nuestra familia, no hay inmuebles que repartir, tan sólo un vehículo y los enseres que había dejado el difunto en su casa, que fueron otorgados en el testamento a uno de los herederos. Muchas gracias.
13/01/2020 13:19
Escritor
Mi consulta es sobre la redacción de un testamento, en el cual soy viudo en gananciales, con 3 hijos, como herederos, mi intención es dejar a uno de ellos, con la mínima legítima estricta, que me obligue la ley a adjudicarle, dejándole a los otros 2 herederos, todo lo posible, tanto de mi parte, como la que le correspondiera, por parte de su madre, ya fallecida. Además, quisiera saber si ese hijo, puede reclamar, algún porcentaje más de legitima, por ley, a la apertura de testamento, lo cual provoque conflicto, que haga imposible mi decisión en dicho testamento. No he hecho ningún tipo de documento, juicio, etc en contra de el, por motivos reconocidos en el Código civil.
13/01/2020 16:03
13579
Basta con ir al notario y redactar testamento, dejando a ese hijo la legítima estricta y lo demás al resto, pero solo de tu parte, no de la de su madre.