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Herencia e impuesto

2 Comentarios
 
Herencia e impuesto
27/02/2019 10:50
Hola. Tengo que efectuar herencia con testamento a partes iguales entre yo y mi hermana.
Tengo varias dudas:
Primero soy de Albacete, tengo 23 años y mi hermana 34. Yo tenia como vivienda habitual la casa a repartir en herencia, la de nuestro padre que convivía con él cuando ha fallecido. De la misma mi hermana tiene 25% de la herencia de mi madre. Tiene un valor catastral de 60.000
A parte resulta que desconocido por nosotros hay un valor en banco de unos 185000 euros
Cuanto he de pagar por impuesto sucesiones si somos 2 hijos a heredar al 50%.
Que ocurre con la casa si es mi vivienda habitual??.
27/02/2019 13:48
123gloria
Tenéis que declarar el ISD ambos bienes entre las dos y pagarlo a medias, si vais a aceptar ambas la herencia; el fondo o inversión que sea con su valor actual y el 50% de la vivienda que era propiedad del causante (con la valoración que le deis, como mínimo el "valor real" que establece la comunidad autónoma a efectos fiscales que puedes consultar en la web con los datos del recibo del IBI, que suele ser algo superior al valor catastral). Si hay algo más (coche, cuenta bancaria...) hay que incluirlo también. Se suele incluir el ajuar doméstico calculado como un valor del 3% de la cantidad anterior, aunque puede reducirse si no procede. Sobre eso se calculará el importe que proceda según valores y tipos y deducciones de tu comunidad autónoma. Los gastos de sepelio se descontarán antes.
Que sea tu vivienda habitual por otro lado es irrelevante. Ahora mismo entiendo que tienes un 25% y tu hermana otro 25%, y según cómo repartáis ahora esta herencia podéis tener el 50% cada una, o asignarse uno un porcentaje superior (incluso el 50% entero de esta sucesión) y que la otra se quede más dinero de ese fondo, mientras el valor repartido sea igual entre las dos. Si no hay acuerdo para otro reparto pues todo a mitad y ya está. De cualquier manera una vez finalizado el capítulo sucesorio tendréis una vivienda en proindiviso, es decir, entre varios propietarios, en el porcentaje que sea. Ahí podéis decidir venderla, que le compre una su parte a la otra mediante compraventa o extinción de condominio, o si una parte quiere y la otra no, interponer demanda de división de la cosa común. De cualquier manera que vivas ahí no te da ningún derecho que no tenga la otra propietaria.
27/02/2019 14:17
paquito xocolatero
Gracias por contestar..
Entonces el valor de vivienda no es el valor catastral. Pero no deberemos liquidar el 100% de la vivienda del valor que sea,sino el 75%, pues mi hermana optó por el 25% de herencia de mi madre y yo se lo doné a mi padre.
Si ahora liquidamos al 50% todo.. cada una liquida su parte no??, cada una hace su impuesto de sucesiones verdad??.
Lo digo porque en Castilla la mancha no pagan impuesto hasta 175000euros. Pero no sé si es todo el conjunto de herencia o la herencia que te corresponda.. lo digo porque quizás tenga q renunciar a ella porque no tengo dinero para liquidar.
Porque si todo asciende a 300.000 euros sería 150.000 euros cada uno y estaríamos exentos o se paga por 300.000??
Gracias
Herencia e impuesto | PorticoLegal
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Herencia e impuesto
27/02/2019 10:50
Hola. Tengo que efectuar herencia con testamento a partes iguales entre yo y mi hermana.
Tengo varias dudas:
Primero soy de Albacete, tengo 23 años y mi hermana 34. Yo tenia como vivienda habitual la casa a repartir en herencia, la de nuestro padre que convivía con él cuando ha fallecido. De la misma mi hermana tiene 25% de la herencia de mi madre. Tiene un valor catastral de 60.000
A parte resulta que desconocido por nosotros hay un valor en banco de unos 185000 euros
Cuanto he de pagar por impuesto sucesiones si somos 2 hijos a heredar al 50%.
Que ocurre con la casa si es mi vivienda habitual??.
27/02/2019 13:48
123gloria
Tenéis que declarar el ISD ambos bienes entre las dos y pagarlo a medias, si vais a aceptar ambas la herencia; el fondo o inversión que sea con su valor actual y el 50% de la vivienda que era propiedad del causante (con la valoración que le deis, como mínimo el "valor real" que establece la comunidad autónoma a efectos fiscales que puedes consultar en la web con los datos del recibo del IBI, que suele ser algo superior al valor catastral). Si hay algo más (coche, cuenta bancaria...) hay que incluirlo también. Se suele incluir el ajuar doméstico calculado como un valor del 3% de la cantidad anterior, aunque puede reducirse si no procede. Sobre eso se calculará el importe que proceda según valores y tipos y deducciones de tu comunidad autónoma. Los gastos de sepelio se descontarán antes.
Que sea tu vivienda habitual por otro lado es irrelevante. Ahora mismo entiendo que tienes un 25% y tu hermana otro 25%, y según cómo repartáis ahora esta herencia podéis tener el 50% cada una, o asignarse uno un porcentaje superior (incluso el 50% entero de esta sucesión) y que la otra se quede más dinero de ese fondo, mientras el valor repartido sea igual entre las dos. Si no hay acuerdo para otro reparto pues todo a mitad y ya está. De cualquier manera una vez finalizado el capítulo sucesorio tendréis una vivienda en proindiviso, es decir, entre varios propietarios, en el porcentaje que sea. Ahí podéis decidir venderla, que le compre una su parte a la otra mediante compraventa o extinción de condominio, o si una parte quiere y la otra no, interponer demanda de división de la cosa común. De cualquier manera que vivas ahí no te da ningún derecho que no tenga la otra propietaria.
27/02/2019 14:17
paquito xocolatero
Gracias por contestar..
Entonces el valor de vivienda no es el valor catastral. Pero no deberemos liquidar el 100% de la vivienda del valor que sea,sino el 75%, pues mi hermana optó por el 25% de herencia de mi madre y yo se lo doné a mi padre.
Si ahora liquidamos al 50% todo.. cada una liquida su parte no??, cada una hace su impuesto de sucesiones verdad??.
Lo digo porque en Castilla la mancha no pagan impuesto hasta 175000euros. Pero no sé si es todo el conjunto de herencia o la herencia que te corresponda.. lo digo porque quizás tenga q renunciar a ella porque no tengo dinero para liquidar.
Porque si todo asciende a 300.000 euros sería 150.000 euros cada uno y estaríamos exentos o se paga por 300.000??
Gracias