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herencia en Cataluña

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Herencia en cataluña
17/12/2007 22:50
Mi suegra ha fallecido y había testado en 1987 "en todos sus bienes instituye heredero a su nombrado esposo (que hace años que falleció desde entonces), sustituyéndolo por la descendencia de la testadora". La herencia que les ha dejado es un piso en propiedad. Dado que vivimos en Cataluña estamos bajo la vecindad civil catalana y quisiera saber si, además de sus dos hijas, una nieta que tiene, hija de su único hijo que había fallecido antes que mi suegra, también tiene derecho a heredar y, si tal como creo es así, en qué proporción: ¿en la misma que pertenece a sus dos hijas sobrevivientes o en una menor?. Por otra parte, sé que en Cataluña se ha aprobado (o está a punto de aprobarse) que el pago por Imp. Sucesiones a partir de 2008 sea a un tipo menor, pero dado que ella falleció en Dic'07, ¿podríamos acogernos a la nueva "tarifa" o no?
¿Cual es el importe que se coge como base para el Imp.Sucesiones: el del I.B.I. u otro? Lo más probable es que las hijas decidan vender el piso que estaría en torno a los 240.000 €; en ese caso, si la venta se negociase antes de los 6 mesesl, ¿sería mejor -si es posible, claro- que la base imp. del Imp.Sucesiones fuera el precio de venta fijado o qué marca la ley al respecto?
Por otra parte, cúal sería el impacto (si es que lo hubiese) en la declaración de renta de cada heredero: ¿tributaría como rendimiento en el IRPF o, si se tributa el Imp.Sucesiones, entonces ya no hay que declararlo en la renta?
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Francisco