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Herencia indivisa

2 Comentarios
 
Herencia indivisa
18/11/2013 01:46
Hola a todos y gracias de antemano por la ayuda.
El tema res el soguiente:
una finca propiedad registralmente hablando de una persona difunta con dos hijos que no han hecho aceptacion de herencia, disfrutan de la misma en proindiviso, ninguno de los dos tiene hijos, y uno d ellos tiene testamento en favor de un ahijado, la pregunta es: que pasaria en caso de fallecimiento del que tiene otorgado el testament? la parte de la herencia que le correspode de su padre pasaria a su hermano, o a su ahijado por herencia?
18/11/2013 02:15
a su ahijado (respetando los derechos del cónyuge, si existe)
el que no se haya otorgado escritura de aceptación de herencia no altera que ha habido aceptación tácita, y que esa finca es propiedad de una comunidad hereditaria (los dos hermanos)
al fallecer uno de ellos, sus bienes y derechos pasan a sus herederos, según testamento y respetando las legítimas (un hermano no es heredero forzoso, con derecho a legítima). Solo ante la falta de testamento, heredarán otros parientes según su grado
18/11/2013 10:35
Michas gracias por la respuesta, tan solo añadir pot si este dato pudiera modificar la situacion, que el derecho foral es el balear.
Herencia indivisa | PorticoLegal
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Herencia indivisa
18/11/2013 01:46
Hola a todos y gracias de antemano por la ayuda.
El tema res el soguiente:
una finca propiedad registralmente hablando de una persona difunta con dos hijos que no han hecho aceptacion de herencia, disfrutan de la misma en proindiviso, ninguno de los dos tiene hijos, y uno d ellos tiene testamento en favor de un ahijado, la pregunta es: que pasaria en caso de fallecimiento del que tiene otorgado el testament? la parte de la herencia que le correspode de su padre pasaria a su hermano, o a su ahijado por herencia?
18/11/2013 02:15
a su ahijado (respetando los derechos del cónyuge, si existe)
el que no se haya otorgado escritura de aceptación de herencia no altera que ha habido aceptación tácita, y que esa finca es propiedad de una comunidad hereditaria (los dos hermanos)
al fallecer uno de ellos, sus bienes y derechos pasan a sus herederos, según testamento y respetando las legítimas (un hermano no es heredero forzoso, con derecho a legítima). Solo ante la falta de testamento, heredarán otros parientes según su grado
18/11/2013 10:35
Michas gracias por la respuesta, tan solo añadir pot si este dato pudiera modificar la situacion, que el derecho foral es el balear.