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herencia sin aceptación

11 Comentarios
 
Herencia sin aceptación
05/11/2014 18:51
Mi abuelo hizo testamento a favor de mi padre y su hermanastro(hijo de su 2mujer). Dejó un piso que vivió el hermanastro y también alquilaba, mi padre nunca reclamó nada. Ahora ha muerto el hermanastro y como nó dejó testamento salen nuevos herederos ,sus tios, que no quieren saber nada del tema.
Mi padre tiene las llaves del piso y paga la comunidad, elos abogados nos dicen que podemos alquilar sin problema,piso está en malas condiciones. Mi padre no puede rechazar la herencia porque pasaria a su hija y su hija tiene hijos menores de edad, puede ser cierto?
06/11/2014 10:43
Si ha pagado el IBI, entre otras cosas, entiendo que ya no puede renunciar a la herencia, pues ha habido una aceptación tácita de la misma.

En cuanto a la situación con los demás herederos, puede intentar resolver el asunto de modo amistoso, antes de promover un procedimiento de división de herencia.

Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados
Madrid
mottalara-abogados@mottalara-abogados.es
06/11/2014 11:56
El IBI todavia está a nombre de mi abuelo fallecido en el 98, y paga el hermanastro junto con los recibos de agua,luz y gas porque dejó una cuenta con 36.000e.
La comunidad la paga mi padre porque no pasan recibos por el banco.
Nuestros abogados han llamado en varias ocasiones a los herederos y no quieren saber nada, la única opción es hacer el llamamiento que supone un gasto de 6.000e.
Si hicieramos obras en la vivienda,se podria cargar en la cuenta del fallecido?.
Gracias, Motta&L abogados

06/11/2014 12:08
No obstante ser sus abogados quienes mejor conocen el asunto, por tener a su disposición la documentación y conocer a fondo el asunto, entiendo que sí, que se prodría hacer esa obra.

Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados
Madrid
mottalara-abogados@mottalara-abogados.es
06/11/2014 12:14
Entiendo que si no hizo testamento el único heredero es tu padre, salvo que falten otros datos.
Si tu padre renuncia, los herederos serán todos sus hijos.
06/11/2014 15:41
Al no hacer testamento la parte del hermanastro (el 50%)pasa a sus familiares directos ,en este caso sus tios, (no tuvo mujer ni hijos).
Los tios son mayores de 80 años, 1vive en una residencia y otro está incapacitado, con los que hemos hablado son con sus primos pero como nunca han tenido relación con el hermanastro no quieren saber nada del tema y tampoco sabemos si hay más tios vivos porque no tienen relación con el resto de su familia.
Nosotros somos los únicos que nos hemos movido, despues de más de 3 abogados que nos han cobrado sin solucionar y sin saber del tema.
06/11/2014 15:55
¿Podría por favor indicar el lugar de residencia del fallecido hermanastro para saber qué legislación se está aplicando?

Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados
Madrid
Mottalara-abogados@mottalara-abogados.es
06/11/2014 16:49
Barcelona.
Gracias.
06/11/2014 18:11
Reitero que si no hizo testamento el único heredero es tu padre y así se establece en el Derecho Civil Catalán en su art. 442-10. "Hermanos e hijos de hermanos. 1. Los hermanos, por derecho propio, y los hijos de hermanos, por derecho de representación, suceden al causante con preferencia sobre los demás colaterales, sin distinción entre hermanos de doble vínculo o de vínculo sencillo".
06/11/2014 19:29
Lo siento.. No puedo pronunciarme porque desconozco el Derecho Civil Catalán.

06/11/2014 21:56
Gracias Tripoli. Pero resulta que son hermanastros pero no de sangre, era hijo de la segunda esposa de mi abuelo y por consiguiente no coinciden en apellidos.
07/11/2014 18:49
Eso lo cambia todo. Tu padre no hereda absolutamente nada. No obstante sigue siendo propietario del 50% de la vivienda (la herencia del abuelo) y tiene derecho a hacer lo que considere oportuno (uso, alquiler, etc).