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Herencia y usufructo vitalicio.

3 Comentarios
 
Herencia y usufructo vitalicio.
06/11/2016 19:08
Buenas tardes,
Tras revisar varios foros similares y comprobar la profesionalidad con la que ustedes responden me he decidido a hacerles unas consultas para ver si pueden ayudarme.
Mi padre falleció hace unos años dejándonos sus bienes a mis hermanas, a mi madre y a mí y dejando el usufructo vitalicio de todos los bienes a mi madre. La cuestión es que entre esos bienes están tres locales en los que dos de mis hermanas han montado sendos negocios y los están utilizando sin pagar ningún tipo de alquiler ni renta por ellos. Mi madre les ha reclamado en varias ocasiones (no por vía judicial evidentemente) que les abonen una cantidad en concepto de alquiler por los locales a lo que mis hermanas se niegan alegando que mi madre no necesita ese dinero.
Mi madre se niega a iniciar un procedimiento judicial para reclamar el pago a mis hermanas porque dice que al fin y al cabo son sus hijas y no quiere enfrentamientos.
Mis consultas son:
¿Es posible que mi otra hermana y yo que no estamos disfrutando de ningún bien reclamemos legalmente el pago de ese alquiler o una parte del mismo por ser esos locales dos de los bienes que mi padre nos dejó en herencia a todas?
Al estar mis hermanas disfrutando de esos locales, de cara a futuro, ¿podrían tener algún derecho adquirido sobre los mismos si demuestran que han pagado el IBI (aunque no estén los inmuebles a su nombre) y gastos de luz, agua, etc?

Muchas gracias de antemano.

Un saludo.
perfil veo
06/11/2016 23:47
Valentina2016
ustedes nada pueden reclamar
quien puede hacerlo es su madre, la usufructuaria, reclamar una renta o exigirles que dejen de usarlos
no, no adquieren derechos
07/11/2016 13:35
Valentina2016
Tal y como le han comentado, el derecho de uso y disfrute de esos locales, lo tiene su madre por ser ella la usufructuaria, por lo que sólo ella podrá exigir el pago de alguiler o instar el desahucio en precario de dichos locales.

Por otra parte, no adquieren ningún derecho sobre los locales, que estarán a nombre de todas las hermanas y de su madre (por herencia en el caso de las hermanas, por liquidación del régimen de gananciales en el caso de su madre). El pago del IBI es una obligación de los propietarios, por lo que si ellas se están haciendo cargo en exclusiva de ese pago, en el futuro sí que podrían reclamar la parte proporcional al resto de propietarios.

Un saludo, quedo a su disposición

AR.Abogada, Alicante
09/11/2016 18:24
Valentina2016
Muchas gracias por las respuestas. Supongo que son situaciones que se dan habitualmente y me parecen tremendamente injustas. Es mucha la indefensión que sienten las personas que son ya mayores y qué no se encuentran con ánimos para iniciar procedimientos judiciales en contra de sus hijas o hijos por infinidad de motivos.