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herencia

2 Comentarios
 
Herencia
28/11/2006 11:31
Somos un matrimonio sin hijos ,casados en bienes ganaciales y con testamento hecho a favor uno del otro.
Mis padres viven, con testamento en favor de ellos y despues en el de sus hijos.Si yo falleciera antes que mis padres ¿ la paarte que me correspondería a mí, pasaría a mi marido?.
Gracias de antemano
29/11/2006 20:38
Estimado testador:

Mi opinión al respecto, y no mi certeza.. es la que sigue:

Existe una porción de la herencia, llamada legítima, que corresponde a los parientes consanguíneos del testador hasta el 4º grado, disponga lo que disponga el testamento, es decir, en este caso, tendrían derecho a heredar la legítima: sus padres, en igual proporción, y sus hermanos si es que los tiene.
Indenpendientemente de la legítima, el cónyuge viudo tendrá derecho, al no existir descendientes ( pero si ascendientes, es decir sus padres), al usufructo de la mitad de la herencia.

Un saludo.

PD: Espere respuesta más fundadas. La mía se basa en un vistazo rápido al CC. :)

PD2: ¿ Alguién me puede confirmar que la "legítima" corresponde a 1/3 de la herencia ? gracias.
04/12/2006 00:26
En primer lugar me gustaria aclarar la respuesta de Ajandro, ya que no es del todo correcta.

Efectivamente hay una porción de la herencia que se denomina legítima 2/3 y que tiene sentido en la sucesión testada (en la que se hace testamento). Sin embargo, no corresponde a los parientes consanguineos hasta el 4º grado, (estos en derecho civil común son los que tienen derecho a heredar al finado sino hay testamento, -en Navarra por ejemplo es hasta el 6º grado-), sino que en el siguiente orden y excluyendo cada uno a los siguientes son:
1º hijos y descendientes
2º padres y ascendientes
3º cónyuge (un usufructo de las 2/3 partes de la herencia)
En función del caso concreto se podrían dar muchas variantes (hay hermanos del finado QUE NO SON LEGITIMARIOS NUNCA o no los hay, hijos sólo del finado, etc...).

En Respuesta a la pregunta que que plantea la Sra. Solana, la parte que le correspondería a usted pasaría a sus hermanos por derecho de acrecer, ya que su marido no puede representarla en la herencia, distinto sería que tuvieran hijos (incluso adoptivos) en cuyo caso estos tendrían derecho a representarla en la herencia de sus padres.

Un saludo.