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herencia

1 Comentarios
 
Herencia
17/02/2004 17:58
Para realizar la "particion de herencia", tienen que querer las otras dos partes.
Si las otras dos pàrtes no quieren, como me puedo poner mi parte a mi nombre o al nombre de mis hijos.
17/02/2004 18:13
Hola Víctor. Debe hacerse como dice Zoraida la partición de la herencia y la consiguiente adjudicación de cada parte a cada uno.
Lo más recomendable y aunque te parezca mentira más rápido a la larga, es llegar a un acuerdo extrajudicial ( acuerdo entre partes o partición por contador partidor dativo, que suele ser un Notario). En caso de no llegar a un acuerdo sólo te queda solicitar la partición judicial.
herencia | PorticoLegal
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17/02/2004 17:58
Para realizar la "particion de herencia", tienen que querer las otras dos partes.
Si las otras dos pàrtes no quieren, como me puedo poner mi parte a mi nombre o al nombre de mis hijos.
17/02/2004 18:13
Hola Víctor. Debe hacerse como dice Zoraida la partición de la herencia y la consiguiente adjudicación de cada parte a cada uno.
Lo más recomendable y aunque te parezca mentira más rápido a la larga, es llegar a un acuerdo extrajudicial ( acuerdo entre partes o partición por contador partidor dativo, que suele ser un Notario). En caso de no llegar a un acuerdo sólo te queda solicitar la partición judicial.