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Herencia

3 Comentarios
 
10/10/2008 19:06
Esa quinta parte se vendió en documento privado con señal y parte de pago. El resto no se pagó.
perfil Rus
10/10/2008 13:20
¿Qué quiere hacer?

El familiar será titular de esa quinta parte mientras viva. Caundo fallezca, sus herederos heredarán esa quinta parte, y así sucesivamente hasta que decidan hacer algo con ella y cambie el titular registral (que tampoco es obligatorio). Puede comprar a los otros propietarios las 4/5 partes que faltan e inscribir el 100% a su nombre.
10/10/2008 12:36
Con los datos que da solo se puede especular asi que si está pensando en la Usucapión,OLVIDESE.¿Cree usted que es tan fácil quedarse con la propiedad ajena?
Herencia
09/10/2008 22:54
Un familiar es el titular registral de una quinta parte de una finca desde hace más de 30 años sin la posesión por sus herederos, qué se puede hacer?