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Herencia

8 Comentarios
 
Herencia
20/04/2010 11:02
Buenos dias,

tengo un problema respecto a la herencia de mi tio fallecido hace 4 meses.
acabamos de ponermos a ver todo el tema y no nos aclaramos mucho.

fuimos a ver su testamento y es de hace muchisimos años, cuando fueron el y su mujer e hicieron testamento en el cual si moria uno pasaba al otro y al contrario.

ella, su mujer, murio hace ya mas de 10 años.

solo vive una hermana de mi tio, ya que los otros 2, entre ellos mi padre, han fallecido.

¿quisiera saber si nos corresponde algo de la herencia?
¿que debemos hacer?
¿existe algun impuesto que se debe pagar?

conocemos que existe una cuenta bancaria con bastante dinero.

UN SALUDO. GRACIAS..
En principio si te corresponde parte de la herencia, pero si el testamento era a favor de la esposa hay que tramitar la declaración de herederos, le dejo mi correo por si quiere ponerse en contacto conmigo
lurdeshernandezmontero@gmail.com
perfil ABQ
20/04/2010 15:12
Ahora mismo lo más importante es saber quiénes y en qué proporciones son los herederos, porque hay que declarar el impuesto en eis meses desde el fallecimiento. Empieza por pedir certificado bancario del saldo a la fecha de fallecimiento y tramitar la declaración de herederos que habrás de hacerla mediante abogado en el juzgado.
21/04/2010 10:54
MUCHAS GRACIAS.

PERO SIGO TENIENDO ALGUNAS DUDAS.

- Es necesaria la declaracion de herederos? (hay testamento pero de mi tio hacia su mujer difunta y al reves, no constando nada mas).

- Cómo pueso saber el credito que existe en la cuenta bancaria y los bienes que tenia? Si acudo al banco y digo que ha fallecido..que consencuencias acarrea?

UN SALUDO!
perfil ABQ
21/04/2010 12:59
Sí, es necesaria la declaración de herderos, a no ser que se designaran sustitutos en el testamento, para el caso de premoriencia de tu tía. Habría que verlo, pero seguramente habrá que hacerlo. Te recomiendo que vayas a un abogado porque los herederos podrían ser otros y, de todas maneras, seguramente lo vas a necesitar. Si notificas al banco el fallecimiento te vas a quedar como estás: sin poder disponer del dinero. Así que ve, se lo dices y les solicitas certificado del saldo existente al día de la fecha para pagar los impuestos y poder disponer de él. (Si es que sois los herederos)
Si en el testamento no hay sustitutos, hay que hacer la declaración de herederos en el juzgado, con firma de letrado. Como muy bien te informa ABQ el impuesto de sucesiones hay que presentarlo en un plazo de 6 meses, pero antes de los 5 meses se puede solicitar prorroga por otros 6 meses. Tienes que buscar un abogado. Un cordial saludo
21/04/2010 19:50
la ultima pregunta.

si solicito la prorroga del impuesto, luego llevara un recargo?

Estais AMBOS siendo de mucha ayuda. Os lo agradezco.

Debere ponerlo en conocimiento de un profesional.

GRACIAS!
perfil ABQ
21/04/2010 21:00
No, creo recordar que lo único que podría conllevar sería un poco de intereses
No lleva recargo, solo los intereses si quiere puede contactar conmigo sin ningún compromiso en lurdeshernandezmontero@gmail.com. Un saludo.