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Herencia,deudas problemas

1 Comentarios
 
13/05/2012 00:57
La prescripcion por deudas personales es a los 15 años, con lo que eso ya ha prescrito de sobra, y de todas formas las herencias se pueden aceptar a beneficio de inventario, lo cual quiere decir que en todo caso sería la propia herencia la que respondería de las deudas, no el patrimonio propio de los herederos. Así que poneros de acuerdo y no tengais ningún temos `para adjudicaros dicha herencia.
Herencia,deudas problemas
12/05/2012 02:01
Hola buenas, soy estudiante de derecho y por ahora no he tocado hondo estos temas. Y hace muy poco tiempo murió mi abuela, persona con la cual vivía. Tras ese suceso, han surgido una serie de dudas en mi familia y desconfianzas, y bueno nada mejor que preguntarle a futuros compañeros de oficio como lo son ustedes.
Mi abuela, en su nombre no poseía inmuebles y terrenos, pero su difunta madre era la propietaria de estas tierras por así decirlo. Bueno esta mujer murió hace 22 años, y mi abuela (hija única) si acepto herencia, supongo que habrá contraído las deudas. Tengo entendido que las deudas son de un importe de 46.000€ a sin intereses y demoras, todo esto a entidades bancarias.¿ Pero ahora bien, si mi abuela acepto tal herencia hace 22 años, dichas deudas no habrían prescrito a día de hoy?
El problema se centra en una de sus hijas, la que supuestamente es la más que sabe de estos temas, y niega que se haga un reparto de las propiedades por las deudas, yo no se si será cierto, desconfio en cierta parte de esta persona me dice que las deudas prescriben a los 25 años, y como mi abuela no dejo queremos que se haga justicia, pues hay unas tierras en estado de abandono y es triste verlo. Y creo que se equivoca con lo de los 25 años, destacar que residimos en Canarias. Muchas gracias si han leído esto y más si me ayudan, ya que me encuentro en una situación de mediador en la familia y no sé por dónde tirar.
Herencia,deudas problemas | PorticoLegal
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13/05/2012 00:57
La prescripcion por deudas personales es a los 15 años, con lo que eso ya ha prescrito de sobra, y de todas formas las herencias se pueden aceptar a beneficio de inventario, lo cual quiere decir que en todo caso sería la propia herencia la que respondería de las deudas, no el patrimonio propio de los herederos. Así que poneros de acuerdo y no tengais ningún temos `para adjudicaros dicha herencia.
Herencia,deudas problemas
12/05/2012 02:01
Hola buenas, soy estudiante de derecho y por ahora no he tocado hondo estos temas. Y hace muy poco tiempo murió mi abuela, persona con la cual vivía. Tras ese suceso, han surgido una serie de dudas en mi familia y desconfianzas, y bueno nada mejor que preguntarle a futuros compañeros de oficio como lo son ustedes.
Mi abuela, en su nombre no poseía inmuebles y terrenos, pero su difunta madre era la propietaria de estas tierras por así decirlo. Bueno esta mujer murió hace 22 años, y mi abuela (hija única) si acepto herencia, supongo que habrá contraído las deudas. Tengo entendido que las deudas son de un importe de 46.000€ a sin intereses y demoras, todo esto a entidades bancarias.¿ Pero ahora bien, si mi abuela acepto tal herencia hace 22 años, dichas deudas no habrían prescrito a día de hoy?
El problema se centra en una de sus hijas, la que supuestamente es la más que sabe de estos temas, y niega que se haga un reparto de las propiedades por las deudas, yo no se si será cierto, desconfio en cierta parte de esta persona me dice que las deudas prescriben a los 25 años, y como mi abuela no dejo queremos que se haga justicia, pues hay unas tierras en estado de abandono y es triste verlo. Y creo que se equivoca con lo de los 25 años, destacar que residimos en Canarias. Muchas gracias si han leído esto y más si me ayudan, ya que me encuentro en una situación de mediador en la familia y no sé por dónde tirar.