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Hijo de catalán y venezolana en situación irregular.

1 Comentarios
 
Hijo de catalán y venezolana en situación irregular.
15/08/2019 13:52
Buen día. Soy venezolana, en situación irregular en Cataluña, y estoy embarazada de mi pareja que es Catalán. Me gustaría saber si puedo o tengo derecho a solicitar asistencia en la Sanidad Pública (Tarjeta Sanitaria) así cómo también, qué va a suceder con mi bebé una vez que nazca, su nacionalidad y el status de ambos. ¿El bebé será Español por tener uno de los progenitores dicha nacionalidad? ¿Qué derechos podré tener yo tan pronto nazca el bebé? ¿Podría cambiar mi status legal? ¿Qué pasos debería seguir? Agradeciendo una pronta respuesta.
15/08/2019 20:45
Lllr1979
Hola:

1.- Si está en Cataluña, basta con estar empadronada en cualquier Ayuntamiento de Cataluña para poder solicitar la tarjeta sanitaria individual en el ambulatorio de su barrio.

2.- Si el padre de la criatura es de nacionalidad española, la criatura será española de origen ( son españoles de origen los nacidos de padre o madre españoles, art. 17.1.a) del Código Civil español). Si no está casada con el padre de la criatura será preciso que efectúe el reconocimiento de la paternidad al momento de inscribir el nacimiento o posteriormente mediante documento público o en expediente registral.

3.- Si usted no está casada con el padre de la criatura y tampoco ha formalizado con él unión de pareja estable y tampoco tiene en planes convivir con el padre de la criatura, usted tendrá derecho a solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo familiar.

Sin embargo, si usted y el padre de la criatura, tras el nacimiento y reconocimiento, se inscriben en el Registro de parejas estables de Cataluña, a usted le será de aplicación el régimen comunitario.

En su caso, sería más ventajoso quedar sujeta a régimen comunitario porque no le será exigible la presentación del certificado de antecedentes penales de su país ( que si solicitase la autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo familiar, que es de régimen general, sí le será exigible ). Por lo que respecta a los pasaportes venezolanos, si lo tuviera caducado, se le podrá admitir el pasaporte caducado, de acuerdo con una Instrucción en vigor. Pero en dicha Instrucción solo se acuerda aceptar los pasaportes venezolanos caducados mientras dure la situación de emergencia humanitaria en Venezuela, pero no exime de la presentación del certificado de antecedentes penales apostillado cuando la normativa reguladora de los procedimientos exija su presentación.

4.- Con todo, podría también formalizar unión de pareja estable con el padre de su hijo antes del nacimiento, mediante escritura pública, que luego se inscribirá en el Registro de parejas estables de Cataluña. De esa manera, quedará sujeta a régimen comunitario incluso antes del nacimiento y podrá ver regularizada su situación.

Un cordial saludo.
Hijo de catalán y venezolana en situación irregular. | PorticoLegal
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Hijo de catalán y venezolana en situación irregular.
15/08/2019 13:52
Buen día. Soy venezolana, en situación irregular en Cataluña, y estoy embarazada de mi pareja que es Catalán. Me gustaría saber si puedo o tengo derecho a solicitar asistencia en la Sanidad Pública (Tarjeta Sanitaria) así cómo también, qué va a suceder con mi bebé una vez que nazca, su nacionalidad y el status de ambos. ¿El bebé será Español por tener uno de los progenitores dicha nacionalidad? ¿Qué derechos podré tener yo tan pronto nazca el bebé? ¿Podría cambiar mi status legal? ¿Qué pasos debería seguir? Agradeciendo una pronta respuesta.
15/08/2019 20:45
Lllr1979
Hola:

1.- Si está en Cataluña, basta con estar empadronada en cualquier Ayuntamiento de Cataluña para poder solicitar la tarjeta sanitaria individual en el ambulatorio de su barrio.

2.- Si el padre de la criatura es de nacionalidad española, la criatura será española de origen ( son españoles de origen los nacidos de padre o madre españoles, art. 17.1.a) del Código Civil español). Si no está casada con el padre de la criatura será preciso que efectúe el reconocimiento de la paternidad al momento de inscribir el nacimiento o posteriormente mediante documento público o en expediente registral.

3.- Si usted no está casada con el padre de la criatura y tampoco ha formalizado con él unión de pareja estable y tampoco tiene en planes convivir con el padre de la criatura, usted tendrá derecho a solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo familiar.

Sin embargo, si usted y el padre de la criatura, tras el nacimiento y reconocimiento, se inscriben en el Registro de parejas estables de Cataluña, a usted le será de aplicación el régimen comunitario.

En su caso, sería más ventajoso quedar sujeta a régimen comunitario porque no le será exigible la presentación del certificado de antecedentes penales de su país ( que si solicitase la autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo familiar, que es de régimen general, sí le será exigible ). Por lo que respecta a los pasaportes venezolanos, si lo tuviera caducado, se le podrá admitir el pasaporte caducado, de acuerdo con una Instrucción en vigor. Pero en dicha Instrucción solo se acuerda aceptar los pasaportes venezolanos caducados mientras dure la situación de emergencia humanitaria en Venezuela, pero no exime de la presentación del certificado de antecedentes penales apostillado cuando la normativa reguladora de los procedimientos exija su presentación.

4.- Con todo, podría también formalizar unión de pareja estable con el padre de su hijo antes del nacimiento, mediante escritura pública, que luego se inscribirá en el Registro de parejas estables de Cataluña. De esa manera, quedará sujeta a régimen comunitario incluso antes del nacimiento y podrá ver regularizada su situación.

Un cordial saludo.