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hoja recogida monitorio

15 Comentarios
 
Hoja recogida monitorio
13/04/2011 18:15
Hola
Hoy he vuelto a recoger del buzón una hoja rebuñada (deduzco que se han equivocado de buzón, y antes de echarlo en el mío, han estado a punto de tirarlo) poniendo "urgente" "2º aviso", para ir a recoger una documentación para un monitorio. Mi problema sigue siendo el anterior: no puedo perder una mañana (una jornada entera de trabajo dada la distancia entre mi puesto laboral y el Juzgado) en recoger algo que, obviamente, no voy a poder pagar. Han vuelto a decirme al llamarles que tenia que ir "entre mañana y pasado, sin falta" a recogerlo. No voy a ir porque no puedo por los motivos esgrimidos anteriormente. Mi pregunta es ¿qué es lo que pasa ahora? Entre el aviso extraviado (ver mensaje anterior) y éste, han pasado exactamente una semana. ¿Cúal es el siguiente paso? No entiendo cómo no lo mandan certificado (que lo puedes recoger hasta las 8 de la tarde e incluso sábados). Espero vuestros consejos.
Gracias anticipadas.
13/04/2011 20:05
Dependiendo de como sea el juzgado, si efectivamente les consta que vives ahí, o bien habilitarán horas (a petición de parte) para que el juzgado acuda a tu casa en otro horario, o bien te emplazarán por edictos; aunque no puedas pagar la deuda que te reclaman, aseguráte al menos que lo que te están reclamando efectivamente lo debes.
14/04/2011 08:56
Hola de nuevo, Martape:
He leido que el tipo de deuda que es (de una financiera) no puede ser reclamada por edicto (sólo para temas de comunidades de propietarios y similar). ¿es cierto ésto? Si no consiguen contactar conmigo de ninguna manera ¿qué pasa? Hay que reconocer que mi horario es muy complicado, y desde luego a mi trabajo no creo que se desplace nadie porque les supone 100 kms (50 de ida y otros tantos de vuelta). Porque como bien dices, mientras no vea el texto, no puedo saber de qué cantidades hablan...Muchas gracias.
14/04/2011 12:22
Yo también he leido que por edictos ya no se puede comunicar, mi experiencia es que después de dos avisos del juzgado de paz, lo han vuelto a enviar al juzgado de instrucción y desde allí han buscado mi domicilio laboral y lo han enviado al juzgado de paz dentro del cual se encontraría mi empresa, a mi marido le han hecho lo mismo, pero luego a mí me llaman para que vaya a buscarlo (aunque es verdad que un día como la secretaria tenía prisa y no podía esperar a la una que salgo de trabajar, me lo acercó a la empresa) y en cambio a mi marido hace tres semanas se lo acercaron al trabajo, no te preocupes, mira mientras esté dando vueltas por ahí es tiempo que ganas, yo recogo mañana un monitorio que el primer aviso fue a primeros de enero, al final de un modo u otro te lo comunican y si no llegaran a hacerlo, siempre puedes reclamar pues ellos no tendrán constancia de que lo hayas recibido, lo que tienen que hacer es enviarlo certificado, me lo dijeron en el juzgado de primera instancia.
14/04/2011 13:59
Tienes razón, que lapsus, en el monitorio no caben edictos salvo que se trate de dedudas de comunidad. Si no lo recoges acabarán archivando el procedimiento monitorio y el acreedor deberá si quiere interponer nuevo procedimiento declarativo, que ahí si que cabe el emplazamiento por edictos.
14/04/2011 14:21
Perdonad mi ignorancia, pero es que no tengo ni idea ¿que es un procedimiento declarativo? ¿no les será más facil enviarme certificado el monitorio? En ése caso ¿cual es el modus operandi de éste tema? Y en el caso (que espero no llegue) del embargo de un 33 por ciento de la nómina ¿cuando sucedería ésto, a largo o a corto plazo? Porque si es en meses, sí me daría tiempo a reunir una cantidad que posiblemente zanje el tema: si es a corto plazo, imposible... Y no puedo hablar antes con la financiera porque no sé cual es (está en el monitorio que no me facilitan su llegada...Gracias por todo.
14/04/2011 16:15
Bueno, la imposibilidad de citar por edictos en el monitorio entra en vigor hoy, por lo que entiendo que si cabría en aquellos iniciados con anterioridad a esta modificación....
14/04/2011 21:49
En el artículo 815 de la LEC se especifica que solo cabrá el emplazamiento por edictos en caso de reclamación de deudas de comunidad pero esta redacción no es de la reforma que mencionas sino -creo- de la reforma procesal de diciembre de 2009. La de marzo de 2011 añade el último párrafo del artículo.
A mí me han archivado varios monitorios por ese motivo.
15/04/2011 09:14
En realidad el tema no es pacífico, pero si que existía esta posibilidad hasta esta última reforma....hay varias sentencias de AP que dejan claro que los edictos se permitían en todos los casos...
25/04/2011 16:08
Hola
Al final ha venido una funcionaria del ayuntamiento a entregarme una hoja relativa al monitorio, pero cual no es mi sorpresa cuando leo que la entidad acreedora es con la que llegue a un acuerdo de pago hace ya tres meses (pagando religiosamente desde entonces). Al preguntarla que por qué me mandan citaciones al Juzgado a recoger ésto (en la última pagina pone claramente que queda archivado) me dice que es el procedimiento habitual. Es decir, hubiera perdido UN DIA DE TRABAJO para decirme que estaba todo correcto mientras siga pagando, y que dicho proceso quedaba archivado. Puesto al habla con la Financiera me dice que con ellos no hay ningun problema (excepto que dejase de pagar, obviamente). ¿es este el procedimiento normal? La he comentado que hoy me ha pillado porque me quede con el niño al no tener colegio, pero que no me parece lógico el proceso, ya que no me están reclamando nada, sino confirmandome que se ha archivado por llegar a un acuerdo con el acreedor. De verdad, no entiendo nada. ¿esto es igual en toda España, o aqui les da igual que pierdas de trabajar para que te confirmen por escrito que todo esta aclarado? Agradecería respuesta por si acaso..
25/04/2011 17:26
hola cariwe,yo tengo un tema similar al tuyo,me pasa que me mandan
el monitorio tambien de financiera,por la imposibilidad de pagar el coche, lo recoge mi suegra porque yo no estaba en casa y bueno hable cn la financiera porque me daban 20 dias para pagar y el documento me viene cuando solo faltan 5. me dan 2 obciones,pagar el total,o pagar el 30%. y yo no puedo,sabes si se podia hacer de otra manera y que procedimiento lleva este tema o igual podria pagar aunque fuera poco hasta que lo pueda saldar,si puedes ayudarme te lo agradeceria...un saludo
25/04/2011 18:02
Te lo he mandado en otro mensaje, no soy muy ducho en esto, perdona.
13/05/2011 08:01
Hola cascanueces san fermin
¿como terminó tu tema? Acaba de llegarme otro monitorio, y sigo con el mismo problema: me han mandado un par de papelitos, lamentablemente presentados, dejados entre la publicidad del buzón, y sigo con la misma historia: no tengo tiempo para recogerlo...y menos si me van a hacer la de la vez anterior. Espero tu respuesta. Gracias.
13/05/2011 11:51
Pues te recomiendo lo mismo que antes, no hacer caso como que no has recibido nada, ni les llames ni nada, ya se encargarán ellos de buscar la manera de localizarte, que esa forma de dejar los papelitos en el buzón no es la correcta.
13/05/2011 12:28
Hola Anaraba
¿Como ha quedado lo tuyo? ¿que te están descontando de nómina y cuantos monitorios tienes digamos "en marcha o en espera"? ¿has tenido que ir personalmente a algún juicio? Yo no tengo ni medios economicos para un abogado y mucho menos para un procurador. ¿es cierto que pueden ir aparte de por la parte proporcional de lo de la nómina por bienes como neveras, televisiones etc?
Gracias por tu ayuda.
13/05/2011 18:15
Para anaraba

Hola
Me dices que te comentaron que debian enviar el monitorio certificado, pero ¿el Juzgado o la Financiera? Fijate bien que tengo al principio del foro la explicación a ésta consulta.
Muchas gracias por todo Anaraba.
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Hoja recogida monitorio
13/04/2011 18:15
Hola
Hoy he vuelto a recoger del buzón una hoja rebuñada (deduzco que se han equivocado de buzón, y antes de echarlo en el mío, han estado a punto de tirarlo) poniendo "urgente" "2º aviso", para ir a recoger una documentación para un monitorio. Mi problema sigue siendo el anterior: no puedo perder una mañana (una jornada entera de trabajo dada la distancia entre mi puesto laboral y el Juzgado) en recoger algo que, obviamente, no voy a poder pagar. Han vuelto a decirme al llamarles que tenia que ir "entre mañana y pasado, sin falta" a recogerlo. No voy a ir porque no puedo por los motivos esgrimidos anteriormente. Mi pregunta es ¿qué es lo que pasa ahora? Entre el aviso extraviado (ver mensaje anterior) y éste, han pasado exactamente una semana. ¿Cúal es el siguiente paso? No entiendo cómo no lo mandan certificado (que lo puedes recoger hasta las 8 de la tarde e incluso sábados). Espero vuestros consejos.
Gracias anticipadas.
13/04/2011 20:05
Dependiendo de como sea el juzgado, si efectivamente les consta que vives ahí, o bien habilitarán horas (a petición de parte) para que el juzgado acuda a tu casa en otro horario, o bien te emplazarán por edictos; aunque no puedas pagar la deuda que te reclaman, aseguráte al menos que lo que te están reclamando efectivamente lo debes.
14/04/2011 08:56
Hola de nuevo, Martape:
He leido que el tipo de deuda que es (de una financiera) no puede ser reclamada por edicto (sólo para temas de comunidades de propietarios y similar). ¿es cierto ésto? Si no consiguen contactar conmigo de ninguna manera ¿qué pasa? Hay que reconocer que mi horario es muy complicado, y desde luego a mi trabajo no creo que se desplace nadie porque les supone 100 kms (50 de ida y otros tantos de vuelta). Porque como bien dices, mientras no vea el texto, no puedo saber de qué cantidades hablan...Muchas gracias.
14/04/2011 12:22
Yo también he leido que por edictos ya no se puede comunicar, mi experiencia es que después de dos avisos del juzgado de paz, lo han vuelto a enviar al juzgado de instrucción y desde allí han buscado mi domicilio laboral y lo han enviado al juzgado de paz dentro del cual se encontraría mi empresa, a mi marido le han hecho lo mismo, pero luego a mí me llaman para que vaya a buscarlo (aunque es verdad que un día como la secretaria tenía prisa y no podía esperar a la una que salgo de trabajar, me lo acercó a la empresa) y en cambio a mi marido hace tres semanas se lo acercaron al trabajo, no te preocupes, mira mientras esté dando vueltas por ahí es tiempo que ganas, yo recogo mañana un monitorio que el primer aviso fue a primeros de enero, al final de un modo u otro te lo comunican y si no llegaran a hacerlo, siempre puedes reclamar pues ellos no tendrán constancia de que lo hayas recibido, lo que tienen que hacer es enviarlo certificado, me lo dijeron en el juzgado de primera instancia.
14/04/2011 13:59
Tienes razón, que lapsus, en el monitorio no caben edictos salvo que se trate de dedudas de comunidad. Si no lo recoges acabarán archivando el procedimiento monitorio y el acreedor deberá si quiere interponer nuevo procedimiento declarativo, que ahí si que cabe el emplazamiento por edictos.
14/04/2011 14:21
Perdonad mi ignorancia, pero es que no tengo ni idea ¿que es un procedimiento declarativo? ¿no les será más facil enviarme certificado el monitorio? En ése caso ¿cual es el modus operandi de éste tema? Y en el caso (que espero no llegue) del embargo de un 33 por ciento de la nómina ¿cuando sucedería ésto, a largo o a corto plazo? Porque si es en meses, sí me daría tiempo a reunir una cantidad que posiblemente zanje el tema: si es a corto plazo, imposible... Y no puedo hablar antes con la financiera porque no sé cual es (está en el monitorio que no me facilitan su llegada...Gracias por todo.
14/04/2011 16:15
Bueno, la imposibilidad de citar por edictos en el monitorio entra en vigor hoy, por lo que entiendo que si cabría en aquellos iniciados con anterioridad a esta modificación....
14/04/2011 21:49
En el artículo 815 de la LEC se especifica que solo cabrá el emplazamiento por edictos en caso de reclamación de deudas de comunidad pero esta redacción no es de la reforma que mencionas sino -creo- de la reforma procesal de diciembre de 2009. La de marzo de 2011 añade el último párrafo del artículo.
A mí me han archivado varios monitorios por ese motivo.
15/04/2011 09:14
En realidad el tema no es pacífico, pero si que existía esta posibilidad hasta esta última reforma....hay varias sentencias de AP que dejan claro que los edictos se permitían en todos los casos...
25/04/2011 16:08
Hola
Al final ha venido una funcionaria del ayuntamiento a entregarme una hoja relativa al monitorio, pero cual no es mi sorpresa cuando leo que la entidad acreedora es con la que llegue a un acuerdo de pago hace ya tres meses (pagando religiosamente desde entonces). Al preguntarla que por qué me mandan citaciones al Juzgado a recoger ésto (en la última pagina pone claramente que queda archivado) me dice que es el procedimiento habitual. Es decir, hubiera perdido UN DIA DE TRABAJO para decirme que estaba todo correcto mientras siga pagando, y que dicho proceso quedaba archivado. Puesto al habla con la Financiera me dice que con ellos no hay ningun problema (excepto que dejase de pagar, obviamente). ¿es este el procedimiento normal? La he comentado que hoy me ha pillado porque me quede con el niño al no tener colegio, pero que no me parece lógico el proceso, ya que no me están reclamando nada, sino confirmandome que se ha archivado por llegar a un acuerdo con el acreedor. De verdad, no entiendo nada. ¿esto es igual en toda España, o aqui les da igual que pierdas de trabajar para que te confirmen por escrito que todo esta aclarado? Agradecería respuesta por si acaso..
25/04/2011 17:26
hola cariwe,yo tengo un tema similar al tuyo,me pasa que me mandan
el monitorio tambien de financiera,por la imposibilidad de pagar el coche, lo recoge mi suegra porque yo no estaba en casa y bueno hable cn la financiera porque me daban 20 dias para pagar y el documento me viene cuando solo faltan 5. me dan 2 obciones,pagar el total,o pagar el 30%. y yo no puedo,sabes si se podia hacer de otra manera y que procedimiento lleva este tema o igual podria pagar aunque fuera poco hasta que lo pueda saldar,si puedes ayudarme te lo agradeceria...un saludo
25/04/2011 18:02
Te lo he mandado en otro mensaje, no soy muy ducho en esto, perdona.
13/05/2011 08:01
Hola cascanueces san fermin
¿como terminó tu tema? Acaba de llegarme otro monitorio, y sigo con el mismo problema: me han mandado un par de papelitos, lamentablemente presentados, dejados entre la publicidad del buzón, y sigo con la misma historia: no tengo tiempo para recogerlo...y menos si me van a hacer la de la vez anterior. Espero tu respuesta. Gracias.
13/05/2011 11:51
Pues te recomiendo lo mismo que antes, no hacer caso como que no has recibido nada, ni les llames ni nada, ya se encargarán ellos de buscar la manera de localizarte, que esa forma de dejar los papelitos en el buzón no es la correcta.
13/05/2011 12:28
Hola Anaraba
¿Como ha quedado lo tuyo? ¿que te están descontando de nómina y cuantos monitorios tienes digamos "en marcha o en espera"? ¿has tenido que ir personalmente a algún juicio? Yo no tengo ni medios economicos para un abogado y mucho menos para un procurador. ¿es cierto que pueden ir aparte de por la parte proporcional de lo de la nómina por bienes como neveras, televisiones etc?
Gracias por tu ayuda.
13/05/2011 18:15
Para anaraba

Hola
Me dices que te comentaron que debian enviar el monitorio certificado, pero ¿el Juzgado o la Financiera? Fijate bien que tengo al principio del foro la explicación a ésta consulta.
Muchas gracias por todo Anaraba.