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honorarios juicio rápido

9 Comentarios
 
Honorarios juicio rápido
15/03/2016 12:41
cuales pueden ser los honorarios de un abogado de oficio en un juicio rapido.gracias.
15/03/2016 14:34
Si es de oficio no le puede cobrar honorarios.

www.jimenezalvarezabogados.com
15/03/2016 19:42
Si, puede cobrar honorarios aún siendo de oficio, igual que un abogad@ particular, si no se le concede el beneficio de justicia gratuita.
Abogado de oficio y justicia gratuita, no van correlacionados, en un juicio rápido -igual que en muchos otros procedimientos- si es preceptiva la participación de abogado, pero si no cumple los requisitos establecidos para la concesión de justicia gratuita, deberá abonar los honorarios.
En cuanto a lo que puede cobrar, los honorarios son libres, en mi plaza los criterios orientadores son 605 €.
Un saludo,
15/03/2016 21:23
Lógicamente, si no se le concede la justicia gratuita, puede cobrar honorarios, pero entonces ya no es abogado de oficio.
15/03/2016 22:03
Abogado de oficio, sigue siéndolo, ya que fue designado por el Colegio, no elegido libremente por la persona y va a continuar siéndolo durante todo el procedimiento, lo de justicia gratuita es un concepto independiente de abogado de oficio, hay ocasiones que ni se solicita -aún cumpliendo los requisitos, pero si no se solicita, no se puede conceder- pero el abogado de oficio continuará hasta finalizar el procedimiento -salvo excepciones-.
Un saludo,
16/03/2016 09:22
Que los ciudadanos de a pie que no conocen el funcionamiento interno de las designaciones de oficio confunda ésto con la justicia gratuita, es normal, pero que lo confundamos también los abogados es poco habitual.

Como ha explicado perfectamente katia, hay que diferenciar entre abogado privado, abogado de oficio y justicia gratuita.
Puedes designar abogado privado y tener concedida la justicia gratuita, para lo cual tu abogado tendrá que remitir escrito renunciando a sus honorarios.
Puedes solicitar abogado de oficio SIN tener justicia gratuita, porque no conocer abogado de confianza y solicitas que se te designe de oficio, pero tendrás que abonar sus honorarios.
Puedes tener abogado de oficio y ADEMÁS concedida la justicia gratuita, en cuyo caso, los honorarios del abogado serán satisfechos por el Estado.
16/03/2016 11:06
¡¡me lo has quitado de las teclas, AR.abogada...

Vaya credibilidad que se le puede dar a un abogado que no sabe distinguir el turno de oficio del beneficio de justicia gratuita!!!!!

Claro esta que, como esto es un foro y no hay que presentar titulos, uno puede ponerse el nick que quiera... vamos, que si me llamo "sarapiki-cirujana" ¿quien va a preguntarme si hice el MIR, o, siquiera, la carrera de medicina????
16/03/2016 16:45
Este foro es para ayudar a las personas que solicitan ayuda, no tiene otro fin. No voy a entrar en sí la contestación de mi despacho ha sido la correcta o no, tal vez se tenía que haber pedido más datos antes de contestar, (si tenía concedida la justicia gratuita o no por ejemplo), pero lo que está claro es que la contestación no era errónea, en todo caso incompleta.
No sé si AR. abogada es o no abogada y por supuesto tampoco sé si es abogado/a sarapiki, aunque en este último caso lo dudo, ya que todos los abogados nos regimos por unas normas de respecto a otros compañeros, aunque discrepemos y por supuesto no se les falta al respecto aunque nuestras opiniones sean diferentes.
En cuanto a si soy abogada o no, lo puede comprobar ya que en las contestaciones consta la página web del despacho, y por lo tanto me identifico como tal y tales datos los puede comprobar tanto en el ICAM como en el ICAAH.
16/03/2016 22:46
Sin querer polemizar, la contestación aportada por jimenezalvarezabogados no es incompleta, es errónea y emitida por un abogad@ puede llevar a error al consultante y crear confusión al mismo y más trabajo al abogad@ de oficio interviniente, porque en base a esa contestación, podría negarse a pagar los honorarios a los que está obligado, si no tiene derecho a justicia gratuita,y además se quedará con la idea de que el abogad@ de oficio que tuvo fué un mal profesional y caradura, por cobrarle cuando no tenía derecho a hacerlo.
No se puede justificar en ningún caso, su primera aportación "si es abogado de oficio no puede cobrar honorarios " y también errónea la siguiente "Logicamente si no se le concede la justicia gratuita puede cobrar honorarios, pero entonces ya no es abogado de oficio" esto no es incompleto es un error garrafal para un abogado.

Un saludo,
17/03/2016 00:24
No, no me dedico al ejercicio privado de la abogacia... la ley de incompatibilidad me lo impide, ya que si soy letrada... pero de la AGE.

No considero que mi post haya faltado al respeto a nadie, aunque, por supuesto, cada uno tiene su criterio... y para mi quien falta al respeto es aquel que, cobrando por un determinado trabajo, no tiene los conocimientos necesarios para ello.

Personalmente no me gustaria, por ejemplo, que un profesor de literatura encajara a Miguel de Unamuno en la generacion del 27, o que un profesor de Quimica siguiera formulando SO4H2, o un medico que confundiera el cúbito con el femur...