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Horario de convocatoria de Junta

3 Comentarios
 
Horario de convocatoria de junta
05/07/2006 23:57
Hola a todos,
En mi Comunidad se han presentado voluntarios a la junta el "trio calabera" (como nadie quiere formar parte de Junta en esta casa de locos, pues han salido "electos") y están dispuestos a hacer en la finca los que se les antoja.
Ahora han cogido la costumbre de convocar las Juntas Generales Extraordinarias en el sano horario de 10,30 y 11,00 (de la mañana, claro) en días laborables, de forma que se aseguran que solo ellos y otro par de su cuadrilla (todos ellos jubilado y con tiempo de sobra) puedan votar los puntos expuestos, pues la inmensa mayoría estamos trabajando y nos obligan de esta forma a estar impugnando continuamente, conocedores que entre tantos vecinos (140) al final, por puro cansancio, dejan correr los días y se les pasa el plazo.

PREGUNTA: ¿Pueden elegir libremente el horario de la Junta, aún cuando es evidente que es completamente inapropiado para la asistencia de los vecinos?

Muchas gracias.
06/07/2006 07:24
Pueden elegir libremente.

El que no pueda asistir puede otorgar su representación.
O si no asiste, oponerse por carta al recibir el acta.
06/07/2006 13:33
¿ Puede haber abuso de derecho y ser impugnable ?
06/07/2006 16:38
En principio, si el resto de propietarios lo consiente, ellos pueden poner el horario de las Juntas dentro del día cuando lo consideren oportuno, ante esta situación no queda más remedio que echarlos, delegar el voto o votar según se tiene previsto en el artículo 17 de la L.P.H.

Contestación realizada por gentileza de www.movilgestion.es
Horario de convocatoria de Junta | PorticoLegal
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Horario de convocatoria de Junta

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Horario de convocatoria de junta
05/07/2006 23:57
Hola a todos,
En mi Comunidad se han presentado voluntarios a la junta el "trio calabera" (como nadie quiere formar parte de Junta en esta casa de locos, pues han salido "electos") y están dispuestos a hacer en la finca los que se les antoja.
Ahora han cogido la costumbre de convocar las Juntas Generales Extraordinarias en el sano horario de 10,30 y 11,00 (de la mañana, claro) en días laborables, de forma que se aseguran que solo ellos y otro par de su cuadrilla (todos ellos jubilado y con tiempo de sobra) puedan votar los puntos expuestos, pues la inmensa mayoría estamos trabajando y nos obligan de esta forma a estar impugnando continuamente, conocedores que entre tantos vecinos (140) al final, por puro cansancio, dejan correr los días y se les pasa el plazo.

PREGUNTA: ¿Pueden elegir libremente el horario de la Junta, aún cuando es evidente que es completamente inapropiado para la asistencia de los vecinos?

Muchas gracias.
06/07/2006 07:24
Pueden elegir libremente.

El que no pueda asistir puede otorgar su representación.
O si no asiste, oponerse por carta al recibir el acta.
06/07/2006 13:33
¿ Puede haber abuso de derecho y ser impugnable ?
06/07/2006 16:38
En principio, si el resto de propietarios lo consiente, ellos pueden poner el horario de las Juntas dentro del día cuando lo consideren oportuno, ante esta situación no queda más remedio que echarlos, delegar el voto o votar según se tiene previsto en el artículo 17 de la L.P.H.

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