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Horas "complementarias" prometidas que nunca se pagan y demás prácticas fraudulentas

17 Comentarios
 
Horas "complementarias" prometidas que nunca se pagan y demás prácticas fraudulentas
04/06/2020 19:08
Antes de nada decir que se que las premisas para las preguntas que vienen más abajo son un poco largas pero prefiero dar información lo más completa posible:

Llevo desde el 19 de Octubre 2019 en un despacho. Me contrataron a 4 horas diciendo que tendría horas complementarias y el tiempo de más que hiciese se me pagaría en horas complementarias. Para estar contratado aqui tuve que venirme de un pais extranjero en el que estaba viviendo. Pues bien, cuando llevo como una semana trabajando y el "responsable de area laboral" que es el área en el que trabajo (haciendo nóminas basicamente) al ver que me iba al hacer media jornada, me dice que, la idea era que estuviese 8, 9, 10 horas y las que demandase la cantidad de faena y que no sabía si me las iba a poder pagar... me quedé con la cara blanca.

A dia de hoy todavía No recuerdo haber firmado esa hoja de horas complementarias y con conversaciones con ellos sonsaco que no, pero igualmente si las hubiese firmado, ni me avisan con tiempo de antelación para hacerlas simplemente han tomado por rutina que yo trabaje alli por las tardes y hay dias que hasta las 20:00, 21:00, incluso 23:00 ha llegado a ocurrir.

Haciendo recuento de horas, por ejemplo en Marzo y Abril con el tema de los ERTE he estado alli dia y noche, por lo que me han pagado a jornada completa, pero esque resulta que si lo contamos en horas, he hecho 20 horas de más esos dos meses que no se me han pagado al pagarme mes entero como "asi se callará la boca" . Y tretas del estilo,abajo expondré las horas hechas y lo pagado.

Todo esto gracias a dios lo tengo apuntado en hojas de registro poniendo las horas fielmente (Noviembre y Diciembre la pena esque no tengo ningún registro para demostrar las tardes que hice no se si a posteriori podria reclamar algo o al menos culparles de que no me hicieron registrar las horas cuando es obligatorio desde el primer dia).

Del resto esto son los cómputos de horas que he contado teniendo en cuenta las horas que hacia apuntadas en la hora, es decir, incluso cuando llego tarde está apuntado sin falsedad.

Decir que mi horario de contrato es de 9:30 a 13:30 (cada dia salgo como minimo a las 14:00 por lo que hay media hora de más a diario) .

OCTUBRE volví de mi casa en el extranjero un viernes y el siguiente lunes 19 ya estaba yo allí en el despacho trabajando. No me dieron de alta hasta el 23

NOVIEMBRE Y DICIEMBRE no tengo registro de horas ya que nadie me avisó de ello. Es una pena y espero que se pueda hacer algo con ello al menos si me dicen que no puedo demostrar que hice horas esos meses, poder acusarles de que no me pidieron ningun registro.

ENERO 2020 hice (de horas de más quitando las horas de mi supuesta jornada normal de 4 horas ) 83:34 HORAS de las cuales se me han pagado 3 semanas de ellas devolviendomelas en 2 meses en to tal 469,25 euros con unos calculos hechos por mi que no son muy correctos, no se si a posteriori si reclamo puedo decir que me equivoqué y demostrar que en realidad es más cantidad.

FEBRERO: a dia de hoy solo se me ha pagado la media jornada de 600 euros, cuando tengo hechas 95:59 horas de más querrán darme 600 euros más y decir que me lo pagan a jornada completa pero si reclamo se que no son solo 600 euros.

MARZO 1346.44 brutos (una jornada completa) aun asi bien contadas hice en total 108:27 horas de mas que ya de por si sobresalen 20:27 de una jornada completa de 176 horas

ABRIL 1346.44 brutos (una jornada completa) aun asi bien contadas hice en total 108:28 horas de mas que ya de por si sobresalen 16:28 de una jornada completa de 176 horas

MAYO tuve una baja por sospecha de covid. Cobre la media jornada correspondiente más 250 euros que ya he sumado en los 469.25 de enero porque vienen de las horas de Enero y me los han metido ahi "para que no cante"
04/06/2020 19:09
abogadorr
Los dos meses de Marzo y Abril que me pagaron con el ERTE enteros, pusieron concepto "horas complementarias" para "compensarmelas" en las nóminas,pues ahora me viene la compañera con que eso ha sido un error y que tenemos que cambiarlo y retroactivamente poner que hice la jornada completa esos dos meses (por cosas como estas deduzco que no se me hizo hoja de horas complementarias, lo gracioso esque un dia me dijo que si que la había, y otro dia le pregunté en privado y me dijo que "se te debe",vamos que me juego el cuello a que no la hay). Igualmente si no son complementarias, es peor aún, porque serían horas extra, por lo que según mi convenio de oficinas y despachos, eso supone que cada hora que he hecho de más se multiplica por 0,75.

(se puede leer más sobre ello en este Link):

https://www.iberley.es/practicos/caso-practico-contrato-tiempo-parcial-horas-extraordinarias-condicion-complementarias-superan-jornada-pactada-10161

Por lo tanto si dicen y defienden que hay horas complementarias, me las tienen que pagar y si no las hay, me las tienen que pagar como extra (corregidme si esto no es cierto).

Y aun habiendo horas complementarias, ni me dijeron las que tenía que hacer ni cuando cosa que deberían haberme avisado con antelación, además de superar el 30% máximo total seguramente, es decir que si aun habiendose firmado horas complementarias, están desvirtuadas.

Mi contrato eventual a "media jornada" se acababa el dia 22 de Abril y yo seguí trabajando sin que nadie me dijese nada, por lo que se renovaba tácitamente al máximo (que entiendo que son 6 meses) igualmente me han venido hoy con un contrato ya comunicado al SEPE de 3 meses, después de mes y pico para que lo firmase. He dicho que lo firmo porque salir de alli en 3 meses me parece perfecto ya que igualmente me iba a ir y asi al menos cobro paro, pero comento esto porque creo que tampoco es una maniobra lícita y creo que me podria haber negado.


Bien, conociendo todo esto aqui viene la acción:

Ahora quieren que falsee y subsanemos seguridad social diciendo que esos dos meses que me pagaron enteros estuve a jornada completa en tesorería. Lo que ocurrirá con ello es que yo ya no podré reclamar las horas de más como extras (al demostrar que no se firmaron horas complementarias). ¿Debería firmarlo? o, ya que me queda mes y 20 dias de trabajo en ese sitio (con 20 dias de vacaciones que seguramente me harán gastarlas, por lo que pongamos 1 mes, pagado a media jornada 600€).
O en caso de firmar si puedo pedirles tal cual que me paguen las horas debidas a precio de hora extra. En general quiero saber como proceder, se que si me niego me van a despedir pero igualmente esque para un mes que me queda en el convento, puedo sacar mucho más reclamando que trabajando. Conste que no es por alevosía de ningún tipo más que darles el merecido y dignificar el trabajo, ya que este tipo de prácticas, además en un departamento de LABORAL EN UN DEPACHO DE ABOGADOS... si fuese una empresa de picar carne aun pueden decir que no sabían lo que hacían pero aquí o es dejadez o es mala fe, lo cual ninguna habla bien de ellos. ¿Me convendría ir a juicio para reclamar todo esto?
En caso de que me "callen la boca" pagandome un par de meses que me deban, podría aceptarlo sin perjuicio de poder denunciarles luego reclamando las horas extra de más que me deben?

Pido disculpas por este desorden pero es una acumulación de malas prácticas llevadas a cabo en varios meses, puedo aclararlo todo si queda alguna duda
04/06/2020 20:16
abogadorr
Bueno son muchas cosas, voy a resumirle unas cuantas cosas:
1.- Dice que el convenio es de oficinas y despachos pero de ¿Qué provincia?, El convenio de oficinas y despachos es de ámbito provincial y para saber la jornada debemos conocer la provincia.
Tb dice que la jornada a tiempo completo son 176 h/mes, bien esto no es posible porque 176 h x 11 meses (uno de vacaciones) suponen 1936 h/año cuando la jornada máxima que fija el ET, como ley de mínimos son 1826 h,27" así que por aquí ya falla, con independencia de que los convenios reducen mas esta jornada.

2.- Las h.e. en los ctos a tiempo parcial son ilegales, es decir no se pueden hacer así que tampoco usted las puede reclamar, amen de que con todo ello superaría usted con creces el limite de horas extra anuales que son 80 h/año.

3.- Los ctos a tiempo parcial, las horas complementarias deben venir fijadas en las clausulas adicionales del cto así que seguramente, si firmo usted el cto, ya firmo tb la realización de horas complementarias.

4.- En cuanto a la fijación y registro de la jornada es responsabilidad de la empresa el llevar dicho registro así que o es usted quien tiene que demostrar las horas que hacia sino la empresa quien debe demostrar las horas que hacia.

En definitiva debe presentar denuncia ante inspección de trabajo relatando todas estas incidencias y estoy seguro que la inspección es meterá mano porque seria por mala fé contractual (ya que se trata de una asesoría de abogados) lo que convertiría su cto en indefinido a tiempo completo.
04/06/2020 20:22
abogadorr
Se me olvidaba la jornada de horas complementarias es del 30 % pudiendo llegar al 60 % si así lo recoge el convenio, así que si su cto es a media jornada y aplicando el máximo esto hacen con una jornada de 176 h/mes (que como le dije no e posible) serian 88 h/mes a media jornada lo que supondría que con horas complementarias podría llegar a 138 h/mes como máximo y las horas extra están prohibidas y ademas son completamente voluntarias , nadie puede obligar ni a hacer ni una sola h.e. salvo fuerza mayor y por mucha endemia en la que estamos esto tampoco es fuerza mayor
06/06/2020 11:15
abogadorr
hay meses que tienen 176 horas de trabajo y otros meses menos, el programa a3nom tiene un calendario donde te lo indica, pero vamos si, hagamos la media anual y pongamos las de convenio en cuestión que son 1767.
¿como deberia contar la jornada máxima de cada mes para poder saber cuantas horas de más has hecho?

2-en mi contrato no dice nada de horas complementarias, en esta empresa se suele hacer una hoja anexo la cual no se hizo conmigo, y si se hizo, igualmente no se ha respetado la legalidad por superar horas, por no aviso con antelación etc

Tengo pensado esperar a que me digan de hacer la maniobra ilegal de cambiar los meses que estuve trabajando a mas de jornada completa y poner en tesorería que los hice completos a posteriori (que esta practica no deberia ser correcta pero veo que en tesorería a veces son muy permisivos, les he visto hacer cambios y subsanaciones de casi todo. Una vez me digan de hacerlo es cuando me negaré y reclamaré las horas, pero claro, necesito saber como poder calcularlas exactamente, y si, al no haberse respetado las reglas de las horas complementarias, en que tipo de horas se convierten entonces y a que precio las debería cobrar? Por eso planteo que quizá se han convertido en horas extra.

Un saludo
06/06/2020 18:34
abogadorr
Teniendo esos datos en cuenta tiene que hacer de media mensual 160,63 h/mes redondeando 161 h/mes, (en 11 meses el duodécimo es para vacaciones), pero luego tiene un 10% de jornada irregular por tanto un total de 177 h/año con la que la empresa puede distribuir la jornada entre 176 y 144 h/mes de forma que a final de año se quede en esas 1767 h anuales.
Si ni en su cto ni en ese anexo, (ojo seguro que aparecerá un anexo firmado por usted, incluso llegaran a falsificar su firma), no tiene usted obligación de hacer ni una sola hora complementaria.
Si de forma legal con su cto no pueden hacerse horas extra podrá demostrar un cto en fraude de ley con ,o que deberán contratarle indefinido a tiempo completo pero no puede reclamar h.e. porque según su cto no se permiten h.e.
Estas cantidades son a tiempo completo usted realiza media jornada así que serán justo la mitad.
Debe denunciar ante inspección de trabajo.
12/06/2020 17:18
abogadorr
Tengo nuevas noticias,
Me he enterado de que mi contrato se va a finalizar si o si el 22 de Julio sin renovación,
la empresa plantea decirme que "me volverán a contratar en el futuro para otro puesto en cuanto esté libre yo seré el primero, por lo que no me conviene quedar mal con ellos"
El tema es, como comento arriba tengo todas esas horas hechas de más. Por lo que veo y han hecho anteriormente su método es decir" te las compensamos en tiempo libre" Eso significa 2 semanas de aqui a Julio de 4 horas al dia x 10 dias laborales=40 horas. Me las darían libres, ya que Julio, puesto que mi contrato es hasta el 22, me van a dar las vacaciones que justamente cubriría todo ese periodo desde el dia 1 para no pagarmelas. Aunque me compensasen esas 40 horas en tiempo libre, me siguen debiendo mucho mas del doble (Arriba las he descrito mes a mes). ¿Entonces que puedo hacer? ¿Debo aceptar que me compensen en tiempo libre? Yo necesito que me lo paguen para que me suba la base del paro si no me van a dejar en paro y con un subsidio paupérrimo ya que cobro 600 al mes habiendo hecho mas de las 8 horas al dia de media.
Vale la pena decirlo, o denunciar directamente? De que manera podría salir mas beneficiado?

Un saludo
12/06/2020 18:15
abogadorr
No vale con qu a última hora le coticen por unas horas realizadas para incrementar el desempleo, deben haber cotizado en su momento por ellas, debería denunciar antes de dejar de trabajar en la empresa para que se le reconozca cto en fraude de ley por trabajar a tiempo completo mientras estaba a jornada parcial.
Si decide no denunciar porque confía en la palabra de sus superiores pues esto ya queda a su criterio, ¿las palabras se las lleva el viento, luego en el tiempo si deciden no llamarle ya no podrá reclamar usted nada.
En cuanto a las vacaciones en julio si tiene cto hasta el 22 de julio y trabajo todo el año ha generado usted 18,75 días de vacaciones, (redondeando 19 días), ademas de esto tendría esas horas complementarias compensadas en descanso, (no se cuantos día serán porque no tengo claro el numero de horas complementarias que ha realizado), así que desde que deje usted de ir a trabajar hasta que cumpla tanto vacaciones como ese computo de horas complementarias su cto debe permanecer en alta en la SS.
Reclamar o no, eso a queda a su criterio, usted sabrá si se fía.
13/06/2020 10:32
Jamgrrhh28
Lo que me queda entonces es recopilar las pruebas, las cuales tengo miedo que no sean válidas por lo que prefiero, si alguien tiene mejor criterio y experiencia, que me afirme si es posible por favor:

Tengo Registro de Horas, aunque solo está firmado por mi, nadie en esa empresa firmaba nada de ningun trabajdor, simplemente lo metían dentro del carpesano correspondiente. Es válido?

Tengo correos varios a varias horas habiendo trabajado en horas fuera de mi horario.

Tengo un par de fotos dentro del despacho a altas horas tipo las 23:00 (la hora en que fue tomada una foto se puede comprobar haciendo click derecho en el archivo)

Alguna conversación grabada con mi compañera dentro del despacho a las 20:00 de la tarde

En windows puedes sacar un registro de la fecha y horas que has iniciado sesión en un ordenador.

Tengo whatsaps en los que le pregunto a mi compañera de trabajo alguna duda sobre el trabajo y fotos estando en el despacho. Aunque me he dado cuenta que por escrito intentaban que quedase siempre como "no vengas por las tardes" pero luego en persona me decian que me quedase y me lo apuntase que me lo pagarían. Igualmente se contradice en varios mensajes cuando me pregunta "que tal la tarde, tranquila?" hablando sobre trabajo.
En cuanto a esto tengo otra duda, no debería haber sido el jefe o el trabajador el encargado de decirme que me fuese a mi casa a mi hora?
15/06/2020 16:14
abogadorr
serian esas pruebas validas que comento? Se le ocurre alguna más que pudiera ser interesante?

Tambien tengo un papel que me hicieron para poder desplazarme al centro de trabajo y escribieron 40 horas de jornada incluyendo por la tarde, cuando en mi contrato pone 20, creo que ahi se les ha ido la mano pero me gustaría asegurarme de que este papel sería prueba, lleva firma y sello del jefe.

En cuanto al registro horario decir que solo tiene mi firma, nadie alli te firmaba el registro. Sigue siendo válido? Es mejor que nada aun sin firma de la empresa?
15/06/2020 20:10
Verá me quedo anonadado de sus consultas viendo su nick "abogadorr" y quise entender que trabajando en un bufete pero bueno...
Verá toda prueba que pueda aportar es beneficiosa para usted pero la mayoría son muy fáciles de rebatir, por ej la foto donde indica el reloj que marca las 23:00 h, la empresa puede argumentar que el local esta abierto desde las 9 am hasta las 11 pm y que usted puedo pasar por ahí con la única intención de hacerse la foto.
Tb que las horas es usted quien las firma y nada mas pero bueno es la empresa quien tiene que demostrar que usted solo realiza la jornada que aparece en su cto y no usted quien debe que demostrar que hace mas horas de las que aparecen en su cto, por tanto todo lo que considere como prueba puede aportarlo o por lo menos entregárselo a su abogado para que el va la posible utilidad o no de las mismas.
Una última cuestión son las horas que dice que durante una semana le pasaron a cto al 100 % de la jornada sin usted firmar nada, bien si la empresa le impone algo usted tiene que acatar y luego demandar o impugnar ante el Juzgado, en éste caso seria una novación del cto de tiempo parcial jornada completa y viceversa, es decir que pasada esa semana vuelvan a ponerle al cto a tiempo parcial, bien dice usted que o firmo nada pero tampoco lo impugno por lo que se trata de una aceptación tácita por parte del trabajador por lo que se pude subir y bajar el cto en cuanto a su jornada siempre que se cotice por esas horas a la SS así que esto jo le serviría de nada.
smo
20/06/2020 00:23
Buenas noches caballero,

no, como puede usted notar no soy abogado, soy una simple victima de un tirano laboral como tantos otros por desgracia.

Despues de varias conversaciones en las que primero intentaron dejarme sin nada simplemente dandome las gracias, he logrado que me paguen a jornada completa dos meses mas, no compensa las 258 horas hechas extra pero al menos no te sientes tan estafado y me queda un mejor paro, lo triste esque haya tenido que pelear algo que he trabajado y me corresponde por derecho, ha sido traumático.
Me ha intentado amedrentar con el hecho de cargarme a mi una reclamación de una empresa que ha denunciado por errores en las nóminas entregadas, no se como funciona eso, de todas formas no soy yo el que las hizo pero, por ponernos en lo peor: ¿si yo los hubiese cometido me podrían cargar a mi la multa que son 3000 euros? O es la empresa la que debe tener un seguro o cargar con ello y solo lo está usando para amedrentarme?

Un saludo
20/06/2020 14:34
abogadorr
Mire, como usted bien dice la empresa debe tener un seguro de responsabilidad civil, si no lo tiene es problema de ellos.
Los trabajadores nunca responderán económicamente de ningún daño generado, (salvo mala fe), las empresas responden de los daños creados a terceros por los trabajadores, es decir, usted cometió o no eso es lo de menos, un error en una nómina que supone una indemnización de 3000 €, (joer vaya nómina que tendrá el Sr en cuestión para equivocarse en el cálculo en 3000 €, esto es mentira), da lo mismo si el error lo cometió usted u otro empleado, la empresa es quien debe responder a esa indemnización y luego la empresa puede sancionar con días de empleo y sueldo incluso pudiendo llegar al despido pero para nada reclamar el dinero al trabajador, ojo cuando digo de empleo y sueldo, es eso, días de sanción que el trabajador no trabaja ni cobra, digo esto porque hay por ahí unos empresaurios que tienen la jeta de sancionar algún trabajador con X días sin sueldo pero sin embargo quieren que este siga yendo a trabajar, no tienen morro ni na estos listos.
Bueno tengo claro que tras esto, cuando usted les diga que no pueden reclamarle nada, se inventaran otra cosa para atemorizar la, usted ni caso, es más le recomiendo que no les diga nada para que crean que la tienen dominada y si se atreven a retenerle dinero de la nómina por eso error pues acude ustedes a un sindicato y a demandará estos jetas.
Por otra parte y en lo sucesivo, si ahora estás jornada completa limítese usted a hacer esa jornada completa, no regale horas a la empresa.
smo
21/06/2020 12:19
Muy amable caballero,
Pues el acuerdo al que llegamos es que me pagasen estos dos ultimos meses a jornada completa, el cual uno de ellos estaré de vacaciones.
Firmé como NO CONFORME el finiquito y todo papel que me dieron (incluso un permiso retribuido que pedí para justificar que estos ultimos dias que me han dado libres figuren en algun sitio, me quisieron meter ahi tambien una clausula en la que si firmaba estaría afirmando que estaba de acuerdo con las cantidades recibidas) al firmar todo no conforme me reservo el derecho a meter la demanda si veo que no cumplen con los pagos. Si aceptaron pagarme asi estoy seguro que es porque podría aun haber sacado más dinero de su abuso.
Tambien decir que pusieron a un informático a mirar mis correos para ver en que habria podido fallar para cargarmelo a mi y descontarmelo. Además, un abogado que trabaja en esa empresa es amigo mio y le han dicho que si denuncio va a ser el el que defienda la empresa, a lo cual el se ha negado por deontologia, pero aun asi le han dicho que entonces el deberá ayudarles a redactar la instructa. Maquiavelico.

El puede negarse a esto tambien?


Ahora que estoy ya con un permiso retribuido firmado y unas vacaciones, todavia tienen poder de descontarme empleo y sueldo o hacerme algun tipo de perreria asi?


Un saludo, no queda duda de que es usted muy amable
21/06/2020 14:32
abogadorr
Vera dice usted que un abogado amigo suyo que trabaja para esa asesoría de niega a llevar el caso por deontología, si trabaja para esa asesoría como se va a negar? Otra cosa es que pueda darse de brazos caídos, es decir esforzarse lo mínimo.
Si usted está fuera de la empresa que le van a reclamar?
Aquí dependerá de lo que usted quiera reclamarles, debe acudir a un sindicato o abogado particular, yo aunque me repares ceder, le aconsejo que se olvide de todo y que le sirva de experirncia en otro trabajo, nada de trabajar más horas de las acordadas en cto y para la próxima vez consulte desde el ppio y no espere a estar fuera de la empresa.
22/06/2020 20:40
Jamgrrhh28
Pues mire, yo sigo en la empresa ya que se me dieron los últimos dias de vacaciones al final de mi contrato hasta que acabe, por ahora todo es esperar a que cumplan y me paguen lo acordado, si no, tendré que denunciarles.
El asunto es que llegaron denuncias por parte de una empresa por errores de nómina generados y amenazaban con cargarmelos a mi.¿Entonces dices que el dia que yo esté fuera de esa empresa no me los podrían cargar ya, o simplemente no me los pueden cargar porque para eso tienen el seguro de responsabildad civil? Vaya, que quiero saber si tienen alguna oportunidad de cargarme eso a mi o puedo estar tranquilo que va a ser cero. Igualmente tengo 1 año para reclamar y la inspección la puedo enviar cuando quiera. El asunto que me preocupa esque pongan a mi amigo en el brete de tener que hacer el juicio contra mi encima defendiendo un fraude legal. Como comentas no se puede negar por deontología pero el me dijo lo contrario..

Un saludo
22/06/2020 22:20
abogadorr
Por deontología claro que se puede negar pero en el futuro le harán la vida imposible por no defender los intereses de la empresa.
Su amigo no sabe decirle que de la negligencia de un trabajador responde la empresa frente al tercero, da igual si tiene una RC o no, (dudo mucho que no la tengan pero si no la tuviesen pues a rascarse la cartera la empresa), a usted solo podrían pillarle si hubiese mala fe,) encima dice usted que el error no fue suyo, dos cosas, para sancionar a un trabajador, primero, tienen que demostrar fehacientemente que el error es de ese trabajador, es decir no pueden culpable a usted por lo que ha hecho otro, esto es típico de los supermercados que si hay un fallo en la caja, (un descuadre de caja), les pretenden cargar el muerto a las cajeras que utilizaron esa caja, pues no, deben descubrir quién cometió el fallo, y segundo, como ya le he dicho al trabajador no se le puede sancionar con sanciones pecuniarias o de multa de haber, esto no se lo puede decir ese amigo abogado....
smo
24/06/2020 11:08
Muchas gracias compañero, me siento más tranquilo asi ya que si me pusiesen algun tipo de trampa se que podria denunciar sin miedo a ningun tipo de contraataque. Segun me cuentan pusieron a un informático a leer mis correos uno a uno para ver de donde pueden sacarme algun fallo.
Increible.

Un saludo
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Horas "complementarias" prometidas que nunca se pagan y demás prácticas fraudulentas

17 Comentarios
 
Horas "complementarias" prometidas que nunca se pagan y demás prácticas fraudulentas
04/06/2020 19:08
Antes de nada decir que se que las premisas para las preguntas que vienen más abajo son un poco largas pero prefiero dar información lo más completa posible:

Llevo desde el 19 de Octubre 2019 en un despacho. Me contrataron a 4 horas diciendo que tendría horas complementarias y el tiempo de más que hiciese se me pagaría en horas complementarias. Para estar contratado aqui tuve que venirme de un pais extranjero en el que estaba viviendo. Pues bien, cuando llevo como una semana trabajando y el "responsable de area laboral" que es el área en el que trabajo (haciendo nóminas basicamente) al ver que me iba al hacer media jornada, me dice que, la idea era que estuviese 8, 9, 10 horas y las que demandase la cantidad de faena y que no sabía si me las iba a poder pagar... me quedé con la cara blanca.

A dia de hoy todavía No recuerdo haber firmado esa hoja de horas complementarias y con conversaciones con ellos sonsaco que no, pero igualmente si las hubiese firmado, ni me avisan con tiempo de antelación para hacerlas simplemente han tomado por rutina que yo trabaje alli por las tardes y hay dias que hasta las 20:00, 21:00, incluso 23:00 ha llegado a ocurrir.

Haciendo recuento de horas, por ejemplo en Marzo y Abril con el tema de los ERTE he estado alli dia y noche, por lo que me han pagado a jornada completa, pero esque resulta que si lo contamos en horas, he hecho 20 horas de más esos dos meses que no se me han pagado al pagarme mes entero como "asi se callará la boca" . Y tretas del estilo,abajo expondré las horas hechas y lo pagado.

Todo esto gracias a dios lo tengo apuntado en hojas de registro poniendo las horas fielmente (Noviembre y Diciembre la pena esque no tengo ningún registro para demostrar las tardes que hice no se si a posteriori podria reclamar algo o al menos culparles de que no me hicieron registrar las horas cuando es obligatorio desde el primer dia).

Del resto esto son los cómputos de horas que he contado teniendo en cuenta las horas que hacia apuntadas en la hora, es decir, incluso cuando llego tarde está apuntado sin falsedad.

Decir que mi horario de contrato es de 9:30 a 13:30 (cada dia salgo como minimo a las 14:00 por lo que hay media hora de más a diario) .

OCTUBRE volví de mi casa en el extranjero un viernes y el siguiente lunes 19 ya estaba yo allí en el despacho trabajando. No me dieron de alta hasta el 23

NOVIEMBRE Y DICIEMBRE no tengo registro de horas ya que nadie me avisó de ello. Es una pena y espero que se pueda hacer algo con ello al menos si me dicen que no puedo demostrar que hice horas esos meses, poder acusarles de que no me pidieron ningun registro.

ENERO 2020 hice (de horas de más quitando las horas de mi supuesta jornada normal de 4 horas ) 83:34 HORAS de las cuales se me han pagado 3 semanas de ellas devolviendomelas en 2 meses en to tal 469,25 euros con unos calculos hechos por mi que no son muy correctos, no se si a posteriori si reclamo puedo decir que me equivoqué y demostrar que en realidad es más cantidad.

FEBRERO: a dia de hoy solo se me ha pagado la media jornada de 600 euros, cuando tengo hechas 95:59 horas de más querrán darme 600 euros más y decir que me lo pagan a jornada completa pero si reclamo se que no son solo 600 euros.

MARZO 1346.44 brutos (una jornada completa) aun asi bien contadas hice en total 108:27 horas de mas que ya de por si sobresalen 20:27 de una jornada completa de 176 horas

ABRIL 1346.44 brutos (una jornada completa) aun asi bien contadas hice en total 108:28 horas de mas que ya de por si sobresalen 16:28 de una jornada completa de 176 horas

MAYO tuve una baja por sospecha de covid. Cobre la media jornada correspondiente más 250 euros que ya he sumado en los 469.25 de enero porque vienen de las horas de Enero y me los han metido ahi "para que no cante"
04/06/2020 19:09
abogadorr
Los dos meses de Marzo y Abril que me pagaron con el ERTE enteros, pusieron concepto "horas complementarias" para "compensarmelas" en las nóminas,pues ahora me viene la compañera con que eso ha sido un error y que tenemos que cambiarlo y retroactivamente poner que hice la jornada completa esos dos meses (por cosas como estas deduzco que no se me hizo hoja de horas complementarias, lo gracioso esque un dia me dijo que si que la había, y otro dia le pregunté en privado y me dijo que "se te debe",vamos que me juego el cuello a que no la hay). Igualmente si no son complementarias, es peor aún, porque serían horas extra, por lo que según mi convenio de oficinas y despachos, eso supone que cada hora que he hecho de más se multiplica por 0,75.

(se puede leer más sobre ello en este Link):

https://www.iberley.es/practicos/caso-practico-contrato-tiempo-parcial-horas-extraordinarias-condicion-complementarias-superan-jornada-pactada-10161

Por lo tanto si dicen y defienden que hay horas complementarias, me las tienen que pagar y si no las hay, me las tienen que pagar como extra (corregidme si esto no es cierto).

Y aun habiendo horas complementarias, ni me dijeron las que tenía que hacer ni cuando cosa que deberían haberme avisado con antelación, además de superar el 30% máximo total seguramente, es decir que si aun habiendose firmado horas complementarias, están desvirtuadas.

Mi contrato eventual a "media jornada" se acababa el dia 22 de Abril y yo seguí trabajando sin que nadie me dijese nada, por lo que se renovaba tácitamente al máximo (que entiendo que son 6 meses) igualmente me han venido hoy con un contrato ya comunicado al SEPE de 3 meses, después de mes y pico para que lo firmase. He dicho que lo firmo porque salir de alli en 3 meses me parece perfecto ya que igualmente me iba a ir y asi al menos cobro paro, pero comento esto porque creo que tampoco es una maniobra lícita y creo que me podria haber negado.


Bien, conociendo todo esto aqui viene la acción:

Ahora quieren que falsee y subsanemos seguridad social diciendo que esos dos meses que me pagaron enteros estuve a jornada completa en tesorería. Lo que ocurrirá con ello es que yo ya no podré reclamar las horas de más como extras (al demostrar que no se firmaron horas complementarias). ¿Debería firmarlo? o, ya que me queda mes y 20 dias de trabajo en ese sitio (con 20 dias de vacaciones que seguramente me harán gastarlas, por lo que pongamos 1 mes, pagado a media jornada 600€).
O en caso de firmar si puedo pedirles tal cual que me paguen las horas debidas a precio de hora extra. En general quiero saber como proceder, se que si me niego me van a despedir pero igualmente esque para un mes que me queda en el convento, puedo sacar mucho más reclamando que trabajando. Conste que no es por alevosía de ningún tipo más que darles el merecido y dignificar el trabajo, ya que este tipo de prácticas, además en un departamento de LABORAL EN UN DEPACHO DE ABOGADOS... si fuese una empresa de picar carne aun pueden decir que no sabían lo que hacían pero aquí o es dejadez o es mala fe, lo cual ninguna habla bien de ellos. ¿Me convendría ir a juicio para reclamar todo esto?
En caso de que me "callen la boca" pagandome un par de meses que me deban, podría aceptarlo sin perjuicio de poder denunciarles luego reclamando las horas extra de más que me deben?

Pido disculpas por este desorden pero es una acumulación de malas prácticas llevadas a cabo en varios meses, puedo aclararlo todo si queda alguna duda
04/06/2020 20:16
abogadorr
Bueno son muchas cosas, voy a resumirle unas cuantas cosas:
1.- Dice que el convenio es de oficinas y despachos pero de ¿Qué provincia?, El convenio de oficinas y despachos es de ámbito provincial y para saber la jornada debemos conocer la provincia.
Tb dice que la jornada a tiempo completo son 176 h/mes, bien esto no es posible porque 176 h x 11 meses (uno de vacaciones) suponen 1936 h/año cuando la jornada máxima que fija el ET, como ley de mínimos son 1826 h,27" así que por aquí ya falla, con independencia de que los convenios reducen mas esta jornada.

2.- Las h.e. en los ctos a tiempo parcial son ilegales, es decir no se pueden hacer así que tampoco usted las puede reclamar, amen de que con todo ello superaría usted con creces el limite de horas extra anuales que son 80 h/año.

3.- Los ctos a tiempo parcial, las horas complementarias deben venir fijadas en las clausulas adicionales del cto así que seguramente, si firmo usted el cto, ya firmo tb la realización de horas complementarias.

4.- En cuanto a la fijación y registro de la jornada es responsabilidad de la empresa el llevar dicho registro así que o es usted quien tiene que demostrar las horas que hacia sino la empresa quien debe demostrar las horas que hacia.

En definitiva debe presentar denuncia ante inspección de trabajo relatando todas estas incidencias y estoy seguro que la inspección es meterá mano porque seria por mala fé contractual (ya que se trata de una asesoría de abogados) lo que convertiría su cto en indefinido a tiempo completo.
04/06/2020 20:22
abogadorr
Se me olvidaba la jornada de horas complementarias es del 30 % pudiendo llegar al 60 % si así lo recoge el convenio, así que si su cto es a media jornada y aplicando el máximo esto hacen con una jornada de 176 h/mes (que como le dije no e posible) serian 88 h/mes a media jornada lo que supondría que con horas complementarias podría llegar a 138 h/mes como máximo y las horas extra están prohibidas y ademas son completamente voluntarias , nadie puede obligar ni a hacer ni una sola h.e. salvo fuerza mayor y por mucha endemia en la que estamos esto tampoco es fuerza mayor
06/06/2020 11:15
abogadorr
hay meses que tienen 176 horas de trabajo y otros meses menos, el programa a3nom tiene un calendario donde te lo indica, pero vamos si, hagamos la media anual y pongamos las de convenio en cuestión que son 1767.
¿como deberia contar la jornada máxima de cada mes para poder saber cuantas horas de más has hecho?

2-en mi contrato no dice nada de horas complementarias, en esta empresa se suele hacer una hoja anexo la cual no se hizo conmigo, y si se hizo, igualmente no se ha respetado la legalidad por superar horas, por no aviso con antelación etc

Tengo pensado esperar a que me digan de hacer la maniobra ilegal de cambiar los meses que estuve trabajando a mas de jornada completa y poner en tesorería que los hice completos a posteriori (que esta practica no deberia ser correcta pero veo que en tesorería a veces son muy permisivos, les he visto hacer cambios y subsanaciones de casi todo. Una vez me digan de hacerlo es cuando me negaré y reclamaré las horas, pero claro, necesito saber como poder calcularlas exactamente, y si, al no haberse respetado las reglas de las horas complementarias, en que tipo de horas se convierten entonces y a que precio las debería cobrar? Por eso planteo que quizá se han convertido en horas extra.

Un saludo
06/06/2020 18:34
abogadorr
Teniendo esos datos en cuenta tiene que hacer de media mensual 160,63 h/mes redondeando 161 h/mes, (en 11 meses el duodécimo es para vacaciones), pero luego tiene un 10% de jornada irregular por tanto un total de 177 h/año con la que la empresa puede distribuir la jornada entre 176 y 144 h/mes de forma que a final de año se quede en esas 1767 h anuales.
Si ni en su cto ni en ese anexo, (ojo seguro que aparecerá un anexo firmado por usted, incluso llegaran a falsificar su firma), no tiene usted obligación de hacer ni una sola hora complementaria.
Si de forma legal con su cto no pueden hacerse horas extra podrá demostrar un cto en fraude de ley con ,o que deberán contratarle indefinido a tiempo completo pero no puede reclamar h.e. porque según su cto no se permiten h.e.
Estas cantidades son a tiempo completo usted realiza media jornada así que serán justo la mitad.
Debe denunciar ante inspección de trabajo.
12/06/2020 17:18
abogadorr
Tengo nuevas noticias,
Me he enterado de que mi contrato se va a finalizar si o si el 22 de Julio sin renovación,
la empresa plantea decirme que "me volverán a contratar en el futuro para otro puesto en cuanto esté libre yo seré el primero, por lo que no me conviene quedar mal con ellos"
El tema es, como comento arriba tengo todas esas horas hechas de más. Por lo que veo y han hecho anteriormente su método es decir" te las compensamos en tiempo libre" Eso significa 2 semanas de aqui a Julio de 4 horas al dia x 10 dias laborales=40 horas. Me las darían libres, ya que Julio, puesto que mi contrato es hasta el 22, me van a dar las vacaciones que justamente cubriría todo ese periodo desde el dia 1 para no pagarmelas. Aunque me compensasen esas 40 horas en tiempo libre, me siguen debiendo mucho mas del doble (Arriba las he descrito mes a mes). ¿Entonces que puedo hacer? ¿Debo aceptar que me compensen en tiempo libre? Yo necesito que me lo paguen para que me suba la base del paro si no me van a dejar en paro y con un subsidio paupérrimo ya que cobro 600 al mes habiendo hecho mas de las 8 horas al dia de media.
Vale la pena decirlo, o denunciar directamente? De que manera podría salir mas beneficiado?

Un saludo
12/06/2020 18:15
abogadorr
No vale con qu a última hora le coticen por unas horas realizadas para incrementar el desempleo, deben haber cotizado en su momento por ellas, debería denunciar antes de dejar de trabajar en la empresa para que se le reconozca cto en fraude de ley por trabajar a tiempo completo mientras estaba a jornada parcial.
Si decide no denunciar porque confía en la palabra de sus superiores pues esto ya queda a su criterio, ¿las palabras se las lleva el viento, luego en el tiempo si deciden no llamarle ya no podrá reclamar usted nada.
En cuanto a las vacaciones en julio si tiene cto hasta el 22 de julio y trabajo todo el año ha generado usted 18,75 días de vacaciones, (redondeando 19 días), ademas de esto tendría esas horas complementarias compensadas en descanso, (no se cuantos día serán porque no tengo claro el numero de horas complementarias que ha realizado), así que desde que deje usted de ir a trabajar hasta que cumpla tanto vacaciones como ese computo de horas complementarias su cto debe permanecer en alta en la SS.
Reclamar o no, eso a queda a su criterio, usted sabrá si se fía.
13/06/2020 10:32
Jamgrrhh28
Lo que me queda entonces es recopilar las pruebas, las cuales tengo miedo que no sean válidas por lo que prefiero, si alguien tiene mejor criterio y experiencia, que me afirme si es posible por favor:

Tengo Registro de Horas, aunque solo está firmado por mi, nadie en esa empresa firmaba nada de ningun trabajdor, simplemente lo metían dentro del carpesano correspondiente. Es válido?

Tengo correos varios a varias horas habiendo trabajado en horas fuera de mi horario.

Tengo un par de fotos dentro del despacho a altas horas tipo las 23:00 (la hora en que fue tomada una foto se puede comprobar haciendo click derecho en el archivo)

Alguna conversación grabada con mi compañera dentro del despacho a las 20:00 de la tarde

En windows puedes sacar un registro de la fecha y horas que has iniciado sesión en un ordenador.

Tengo whatsaps en los que le pregunto a mi compañera de trabajo alguna duda sobre el trabajo y fotos estando en el despacho. Aunque me he dado cuenta que por escrito intentaban que quedase siempre como "no vengas por las tardes" pero luego en persona me decian que me quedase y me lo apuntase que me lo pagarían. Igualmente se contradice en varios mensajes cuando me pregunta "que tal la tarde, tranquila?" hablando sobre trabajo.
En cuanto a esto tengo otra duda, no debería haber sido el jefe o el trabajador el encargado de decirme que me fuese a mi casa a mi hora?
15/06/2020 16:14
abogadorr
serian esas pruebas validas que comento? Se le ocurre alguna más que pudiera ser interesante?

Tambien tengo un papel que me hicieron para poder desplazarme al centro de trabajo y escribieron 40 horas de jornada incluyendo por la tarde, cuando en mi contrato pone 20, creo que ahi se les ha ido la mano pero me gustaría asegurarme de que este papel sería prueba, lleva firma y sello del jefe.

En cuanto al registro horario decir que solo tiene mi firma, nadie alli te firmaba el registro. Sigue siendo válido? Es mejor que nada aun sin firma de la empresa?
15/06/2020 20:10
Verá me quedo anonadado de sus consultas viendo su nick "abogadorr" y quise entender que trabajando en un bufete pero bueno...
Verá toda prueba que pueda aportar es beneficiosa para usted pero la mayoría son muy fáciles de rebatir, por ej la foto donde indica el reloj que marca las 23:00 h, la empresa puede argumentar que el local esta abierto desde las 9 am hasta las 11 pm y que usted puedo pasar por ahí con la única intención de hacerse la foto.
Tb que las horas es usted quien las firma y nada mas pero bueno es la empresa quien tiene que demostrar que usted solo realiza la jornada que aparece en su cto y no usted quien debe que demostrar que hace mas horas de las que aparecen en su cto, por tanto todo lo que considere como prueba puede aportarlo o por lo menos entregárselo a su abogado para que el va la posible utilidad o no de las mismas.
Una última cuestión son las horas que dice que durante una semana le pasaron a cto al 100 % de la jornada sin usted firmar nada, bien si la empresa le impone algo usted tiene que acatar y luego demandar o impugnar ante el Juzgado, en éste caso seria una novación del cto de tiempo parcial jornada completa y viceversa, es decir que pasada esa semana vuelvan a ponerle al cto a tiempo parcial, bien dice usted que o firmo nada pero tampoco lo impugno por lo que se trata de una aceptación tácita por parte del trabajador por lo que se pude subir y bajar el cto en cuanto a su jornada siempre que se cotice por esas horas a la SS así que esto jo le serviría de nada.
smo
20/06/2020 00:23
Buenas noches caballero,

no, como puede usted notar no soy abogado, soy una simple victima de un tirano laboral como tantos otros por desgracia.

Despues de varias conversaciones en las que primero intentaron dejarme sin nada simplemente dandome las gracias, he logrado que me paguen a jornada completa dos meses mas, no compensa las 258 horas hechas extra pero al menos no te sientes tan estafado y me queda un mejor paro, lo triste esque haya tenido que pelear algo que he trabajado y me corresponde por derecho, ha sido traumático.
Me ha intentado amedrentar con el hecho de cargarme a mi una reclamación de una empresa que ha denunciado por errores en las nóminas entregadas, no se como funciona eso, de todas formas no soy yo el que las hizo pero, por ponernos en lo peor: ¿si yo los hubiese cometido me podrían cargar a mi la multa que son 3000 euros? O es la empresa la que debe tener un seguro o cargar con ello y solo lo está usando para amedrentarme?

Un saludo
20/06/2020 14:34
abogadorr
Mire, como usted bien dice la empresa debe tener un seguro de responsabilidad civil, si no lo tiene es problema de ellos.
Los trabajadores nunca responderán económicamente de ningún daño generado, (salvo mala fe), las empresas responden de los daños creados a terceros por los trabajadores, es decir, usted cometió o no eso es lo de menos, un error en una nómina que supone una indemnización de 3000 €, (joer vaya nómina que tendrá el Sr en cuestión para equivocarse en el cálculo en 3000 €, esto es mentira), da lo mismo si el error lo cometió usted u otro empleado, la empresa es quien debe responder a esa indemnización y luego la empresa puede sancionar con días de empleo y sueldo incluso pudiendo llegar al despido pero para nada reclamar el dinero al trabajador, ojo cuando digo de empleo y sueldo, es eso, días de sanción que el trabajador no trabaja ni cobra, digo esto porque hay por ahí unos empresaurios que tienen la jeta de sancionar algún trabajador con X días sin sueldo pero sin embargo quieren que este siga yendo a trabajar, no tienen morro ni na estos listos.
Bueno tengo claro que tras esto, cuando usted les diga que no pueden reclamarle nada, se inventaran otra cosa para atemorizar la, usted ni caso, es más le recomiendo que no les diga nada para que crean que la tienen dominada y si se atreven a retenerle dinero de la nómina por eso error pues acude ustedes a un sindicato y a demandará estos jetas.
Por otra parte y en lo sucesivo, si ahora estás jornada completa limítese usted a hacer esa jornada completa, no regale horas a la empresa.
smo
21/06/2020 12:19
Muy amable caballero,
Pues el acuerdo al que llegamos es que me pagasen estos dos ultimos meses a jornada completa, el cual uno de ellos estaré de vacaciones.
Firmé como NO CONFORME el finiquito y todo papel que me dieron (incluso un permiso retribuido que pedí para justificar que estos ultimos dias que me han dado libres figuren en algun sitio, me quisieron meter ahi tambien una clausula en la que si firmaba estaría afirmando que estaba de acuerdo con las cantidades recibidas) al firmar todo no conforme me reservo el derecho a meter la demanda si veo que no cumplen con los pagos. Si aceptaron pagarme asi estoy seguro que es porque podría aun haber sacado más dinero de su abuso.
Tambien decir que pusieron a un informático a mirar mis correos para ver en que habria podido fallar para cargarmelo a mi y descontarmelo. Además, un abogado que trabaja en esa empresa es amigo mio y le han dicho que si denuncio va a ser el el que defienda la empresa, a lo cual el se ha negado por deontologia, pero aun asi le han dicho que entonces el deberá ayudarles a redactar la instructa. Maquiavelico.

El puede negarse a esto tambien?


Ahora que estoy ya con un permiso retribuido firmado y unas vacaciones, todavia tienen poder de descontarme empleo y sueldo o hacerme algun tipo de perreria asi?


Un saludo, no queda duda de que es usted muy amable
21/06/2020 14:32
abogadorr
Vera dice usted que un abogado amigo suyo que trabaja para esa asesoría de niega a llevar el caso por deontología, si trabaja para esa asesoría como se va a negar? Otra cosa es que pueda darse de brazos caídos, es decir esforzarse lo mínimo.
Si usted está fuera de la empresa que le van a reclamar?
Aquí dependerá de lo que usted quiera reclamarles, debe acudir a un sindicato o abogado particular, yo aunque me repares ceder, le aconsejo que se olvide de todo y que le sirva de experirncia en otro trabajo, nada de trabajar más horas de las acordadas en cto y para la próxima vez consulte desde el ppio y no espere a estar fuera de la empresa.
22/06/2020 20:40
Jamgrrhh28
Pues mire, yo sigo en la empresa ya que se me dieron los últimos dias de vacaciones al final de mi contrato hasta que acabe, por ahora todo es esperar a que cumplan y me paguen lo acordado, si no, tendré que denunciarles.
El asunto es que llegaron denuncias por parte de una empresa por errores de nómina generados y amenazaban con cargarmelos a mi.¿Entonces dices que el dia que yo esté fuera de esa empresa no me los podrían cargar ya, o simplemente no me los pueden cargar porque para eso tienen el seguro de responsabildad civil? Vaya, que quiero saber si tienen alguna oportunidad de cargarme eso a mi o puedo estar tranquilo que va a ser cero. Igualmente tengo 1 año para reclamar y la inspección la puedo enviar cuando quiera. El asunto que me preocupa esque pongan a mi amigo en el brete de tener que hacer el juicio contra mi encima defendiendo un fraude legal. Como comentas no se puede negar por deontología pero el me dijo lo contrario..

Un saludo
22/06/2020 22:20
abogadorr
Por deontología claro que se puede negar pero en el futuro le harán la vida imposible por no defender los intereses de la empresa.
Su amigo no sabe decirle que de la negligencia de un trabajador responde la empresa frente al tercero, da igual si tiene una RC o no, (dudo mucho que no la tengan pero si no la tuviesen pues a rascarse la cartera la empresa), a usted solo podrían pillarle si hubiese mala fe,) encima dice usted que el error no fue suyo, dos cosas, para sancionar a un trabajador, primero, tienen que demostrar fehacientemente que el error es de ese trabajador, es decir no pueden culpable a usted por lo que ha hecho otro, esto es típico de los supermercados que si hay un fallo en la caja, (un descuadre de caja), les pretenden cargar el muerto a las cajeras que utilizaron esa caja, pues no, deben descubrir quién cometió el fallo, y segundo, como ya le he dicho al trabajador no se le puede sancionar con sanciones pecuniarias o de multa de haber, esto no se lo puede decir ese amigo abogado....
smo
24/06/2020 11:08
Muchas gracias compañero, me siento más tranquilo asi ya que si me pusiesen algun tipo de trampa se que podria denunciar sin miedo a ningun tipo de contraataque. Segun me cuentan pusieron a un informático a leer mis correos uno a uno para ver de donde pueden sacarme algun fallo.
Increible.

Un saludo