Supongo que a algún trabajador este de descanso o fuera de su turno de trabajo durante la comida, estos saldrían perjudicados pero al que le toque trabajar debe aclarar con la empresa este aspecto y lo lógico seria que si la empresa exige recuperar la jornada pues declinen amablemente la invitación. Yo si me cita la empresa es un acto de representación, por tanto o no voy o me computa como tiempo trabajado.
Quién ha convocado ha sido el empresario/empresa. Entonces, por lo expuesto, se entiende que no toca recuperar ninguna hora ni cambiar el turno/horario de trabajo.
Se nos ha convocado? Quien ha convocado? Si es la empresa quien convoca estaría usted realizando una actividad que le programa la misma y por tanto seria como si estuviese trabajando, seria un acto de promoción de la empresa asi que de recuperar nada de nada. Si insisten declinen la invitación toda la plantilla. Por otra parte seria necesario si este acto lleva haciéndolo la empresa o lo organizan los trabajadores y llevan años haciéndolo y si es asi que tratamiento recibían esas horas porque puede que la organicen los trabajadores y lleven años haciéndolo y la empresa no les exigiese recuperar esa jornada en tal caso operaria la costumbre y seria un dcho adquirido.
Horas de comida/cena de navidad, ¿se deben recuperar?
Explicando un poco más ampliamente. Se nos ha convocado a una comida de empresa de Navidad. Nuestro superior nos ha dicho que, como entra dentro de nuestro horario laboral, debemos recuperar las horas o cambiar de turno ese día.
Legalmente hablando, ¿es así? ¿Basándose en que Ley? Yo nunca he escuchado que se deba recuperar horas de una comida de empresa...