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¿horas extras por fuerza mayor?

37 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 37 comentarios
09/05/2006 16:12
Extraordinario tema el expusto por Nando y el resto de foreros, yo lamentablemente estoy en una situación similar a la de nando, y no se la deseo a nadie, pero todas vuestras opiniones me han servido enormemente. (Quizas me faltaba el capote y la mano izquierda)

gracias a todos
09/05/2006 08:24
Efectivamente, GS, será cuestión de analizar el tema friamente, con calma y rigor y, aunque posiblemente no sea fácil, trataremos de solucionarlo por via pacífica, que, sin duda, es la mejor. Ya os comentaré como va el tema.

Con toda seguridad, y al margen de este caso concreto, se me iran planteando otras dudas o problemas en materia sindical. Con vuestro permiso me permitiré solicitar vuestra ayuda o comentarios.

De momento no os castigo más con éste, que reconozco, ya cansa.

Un saludo y gracias.
08/05/2006 23:23
Para que no se molesten "algunos", diré que GS ha dado una tanda de naturales bordados. Esto es templar y mandar por la vía del entendimiento y el sentido común.
Te diré, Nando, que Linio razona y argumenta con la ley y los datos en la mano. Perfectamente. GS se permite el lujo de usar los datos con naturalidad perfecta. Un lujo, los dos. Saludos.
08/05/2006 22:58
Venga Nando, que cuando uno reflexiona o reconoce, ya es mucho... y al final se termina encontrando el medio adecuado que nos acerca al camino recto, a la justificación de la medida y la necesidad objetiva de llevarla a cabo. Pero sobre todo, al convencimiento general, de la precisión absoluta de llevarla a término. Piensa en este sentido, que es mejor "convencer", que no imponer. De esta forma, lograrás dos objetivos: el que pueda solucionarse el asunto y el convencimiento generalizado de hacerlo.

Soy consciente de que hay asuntos que te llevan muchas veces a cometer errores y sobre todo porque se dan claras posturas de intransigencia (en definitiva, de posturas contrarias) de quienes están también en cierto modo obligados, cuando menos, a enteder la necesidad y no poner tanto obstáculo, que otra cosa sería la colaboración necesaria que debería darse para el bien común. Que eso, es lo que algunos no entiendes, que la empresa va bien, este se generaliza en todos.

Pero por otra parte, y quizás justificandote, ¿quien ante situaciones parecidas no los comete o no los ha cometido antes y ...? Simplemente, el que no ha tenido esa responsabilidad de estar y pasar por ello. Pero de ello se aprende o se debería aprender, y si tienes suerte, es mejor que lo veas antes de que sea tarde. Es decir, antes de equivocarte, si es que posteriormente así resulta.

Pero en todo caso, lo más importante en el análisis está, como bien sabes, en defender una postura racional, serena, que sea necesaria y que a su vez siendo legal, se justifique su carácter extraordinario tras el evento. En definitiva, tener necesidad de obrar, como exigen las circunstancias del momento y no a modo de capricho o a golpe de "poder".

En fin, estoy convenido que ya sabrás arreglarlo, aunque tengas que vestirte "luces" y dar "naturales". Por cierto, que te recuerdo, que se dan con la mano izquierda, por aquello de que en ese lugar terminaréis sin tener, ni corridas de toros.

Que te vaya bien.
07/05/2006 22:28
Ah!, y por cierto Linio, colecciona todas las frases mias que quieras. Pero por favot no seas tan torpe o malevolo para sacarlas de contexto. Cuando yo reconozco que mi idea puede calificarse de maquiavélica, acto siguido expongo que en cualquier caso pretende ser respuesta a una actitud previa y tan o mas maquiavélica por parte de la trabajadora miembro del comité.

Y es que, como alguien ha dicho, pero refirendose a mi, "quien siembra vientos, recoge tempestades". En este caso, la que está haciendo lque se empiece a levantar cierta brisa es la trabajadora (aunque ya sé que a muchos os cuesta ver maldad, viendola, criticarla cuendo parte de los trabajadores. Yo en cambio intento verla venga de donde venga).

En fin, yo tambien podria guardar una antalogia de tus "frases celebres", que podrian formar parte de la antalogia del disparate, y sabes que no es una opinion mia personal. Es mas, en tu caso no hace falta sacarlas de contexto, ya que es justo analizando ese contexto cuando quedan especialmente patentes algunas de tus majaderias (por mucho que luego tu corifeo Navata venga detrás).

Un saludo
07/05/2006 21:08
GS, valoro mucho tu aportación, y aunque los dos sabemos que tenemos sensibilidades algo distintas en algunos aspectos, siempre he reconocido el respeto que me merecen tu persona y tus aportaciones, con las que podré estar de acuerdo o no, pero acostumbran a ser prudentes, argumentadas y muy completas.

Ya he repetido hasta la saciedad que se trataba de una idea que acababa de barruntar, así como reaccion inmediata ante algo que me parecia inadmisible (la precipitacion no es buena con sejera) y que no habia tenido ocasion de contrastar por mi parte.

Y en ese sentido, ciertamente, uno de mis principales errores ha sido ni siquiera pararme a repasar la definicion que el ET hace sobre horas extras de fuerza mayor, cosa que he hecho precisamente un rato antes de conectarme de nuevo, y ahora me queda claro el concepto. Tal vez estaba pensando en situaciones que podrian entrar dentro de las "estructurales", auqnue esas ya veo que siguen otra dinámica. Sigo en ello, y prefiero mientras tanto segur preparandome el tema a la vez que seguir las aportaciones que puedas seguir llegando. Si cintesto ahora simplemente es para que quede constancia de que ya he repasado ese concpeto, antes de que me bombardeen con mas comentarios recordanme el mismo.

Tal vez me he distraido contestando cirticas o arugumentaciones al menos en parte gratuitas o que especulaban sibre circunstancias o entenciones que desconocen quienes las hacen y eso ha facilitado que me dispersara.

En fin, como decia, sigo en ello, me lo estudiare mas a fondo y espero contar con vuestra ayuda. Alguien ha dicho y yo mismo he reconocido, que aunque curtido en batallas, este tema me viene bastante de nuevo. Supongo que llegara un momento en que no me rasgue las vestiduras por cosas que ahora me escandalizan. Mi bisoñez en estos temas ha hecho que me indigne al comprobar que un pretendido representante de los trabajadores de muestra que lo unico que busca es reducir su horario en aquellas fra njas que le resultan mas incómodas, incluso forzando con ello un posible cambio de puesto, abusando o desnaturalizando un derecho que la,ley le concede para otros fines. Hoy habalba de ello con algun amigo, no de RRHH y se sonreia al coprobar que cosas como esta me afectend e esta manera. Me ponia ejemplos de como es muy normal que los miembros de muchos comites piensen mas en su beneficio propio mas que en el colectivo, que es para el que han sido elegidos y para cuya defensa se le conceden esas garantias y derechos de las que acaban abusando. En fin, supongo que hay de todo. Yo estaba mentalizado para negociar sobre temas como vacaciones, medicdas de conciliacion, algunos apsectos retibutivos, beneficios sociales, y cuando me veo el percal de algunos...
En fin, supongo que es un proceso y ya lo superaré.

En fin, al margen de todo esto, me duele tambien vero como muchos participantes de este foro caen tan facilmente en la especulacion y en la cirtica gratuita. no voy a repetir algunas frases, pero eso me he hecho perder demasiado tiempo y energias tratando de demostrar como llevamos algunas cosas en mi empresa, y que no somos unos negreros y que cabe esperar de la gente una actitud mas responsable.

En fin, por ultimo, vale, dejando al margen la poisbilidad de horas extras de ferza mayor (aunque al menos plantearemos la posibilidad de que se hagan, aunque no quepa inponerlas por esa via), vuelvo a insistir en el reugo sobre sugerencias sobre como tratar estos temas. Y por favor, si es para decirme que contratemos a un doble, que la cambiemos de puesto etc, os lo podeis ahorrar, ya que, como he dicho, eso será ceder a ese chantaje.

Un saludo
07/05/2006 20:00
Hola a todos.

No Nando, el problema no está en que si yo, en que si tu; el problema radica en la medida implícita que intentas llevar. Es decir no se puede uno trasladar desde el Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido hasta Algeciras..., ni hacer que el Genil se constituya en afluente del río Miño. Es decir, arreglar o desarreglar.

Fíjate las opiniones (fueras de comentarios justificativos o de negación, que ni he leido) que cada uno de los intervinientes te han dado entresacados:

1. En mi opinión no se trata de un supuesto de fuerza mayor.

2. Esas horas no son de fuerza mayor.

3. Horas de fuerza mayor no son, más bien parece una clara conducta...

4. Aunque mi intervención llegue un poco tarde, yo también entiendo que no son horas por fuerza mayor...

5. Complejo tema, desde luego, pero la idea de provocar el semi-enfrentamiento al que te refieres igual no es la más adecuada.

6. Yo estoy más en la línea de los demás que han intervenido, y por eso, como poco más voy a aportar...

7. Al grano: una causa de fuerza mayor es aquella que no se puede evitar y tampoco se puede prever. Además debe ser de origen externo a la empresa y no debe depender ni del trabajador ni del empresario.

Y creo yo que todos no estarán equivocados. Piensa en que vas por una autovía y que el personal te está indicando con la mano tu error. Vamos, que espero no creas tú, que lo que hacen es saludarte porque eres hasta fomoso...

Y por último, no he tenido gana de meterme en la cabeza toda la lectura. He entresacado los principios y los he relacionado. Pero como falta la mía te diré entrando claramente en lo legal y dejando por tanto disquisiciones:

1. Dice el apartado 3 del artículo 35 ET (sobre horas extraordinarias) refiriéndose a la duración máxima de la jornada y al cómputo anual de extras para restringirla, aunque por excepción no se tendrían en cuenta: ... las trabajadas para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes,... Es decir, que la propia norma las saca de contexto, porque no las considera extraordinarias (aunque se deban retribuir como tales) al tener que realizarse para remediar esos eventos, cuya previsión fue imposible de hacer, por lo que, en consecuencia, son tan obligatorias como las de jornada normal.

Obvio resulta que, tan excepcional tratamiento no puede aplicarse de modo extensivo: el carácter "extraordinario" del daño impide tal consideración para los sucesos que puedan ser previstos y evitados racionalmente con el trabajo ordinario de una plantilla de dimensiones adecuadas. La "urgencia" excluye los que puedan ser atendidos en la jornada siguiente, en el horario normal de trabajo, aunque sea contratando personal en régimen eventual, aún ahora, con la medidas anunciadas. Es más, la norma cita expresamente catástrofes, la palabra "siniestros", utilizada en el precepto como señal de la especie de "daños" a que se refiere, es elocuente, pero que en tu caso, no existe.

2. Ahora bien, cabe y admite la propia norma el compromiso colectivo o individual de la realización de horas extraordinarias, dentro de los límites legales. Así y aún admitiendo su voluntariedad en la realización (art.35.4 ET) en convenio colectivo o contrato individual, cabe pactar horas extraordinarias, confirmando la posición mayoritaria de la jurisprudencia anterior al Estatuto. Una vez pactadas, ya no se aceptan o rechazan individualmente cuando llegue el momento de efectuarlas; se transforman así en obligatorias para la hora de su ejecución (STS de 8 de mayo de 1986). El compromiso puede consistir meramente en aceptar las horas extras que, sin rebasar el número máximo admisible, crea convenientes el empresario, o en concretar las fechas y el número de horas extras.

En todo caso, el acuerdo ha de ser temporal y no cabe la asunción del deber de realizar horas extras para siempre, porque se desvirtuaría el carácter excepcional de su admisibilidad.

Y por último, el buscar otros “tratamientos”, ni te lo aconsejo, ni me parece adecuado, aunque tú eres ya “mayorcito” y sabrás hasta donde; me parece una práctica antisindical, poco ética, y no en mi “línea”, que da pocos resultados, muchos dolores de cabeza y que podría incluso, hasta costarte, la tuya misma.

En fin, como siempre, que os vaya bien.
07/05/2006 14:00
Hola, por la parte que me toca doy por finalizada mi participación en este spot, pero ya que arriba dices “Keler, efectivamente, con un poco de tiempo seguiré busando jurisprudencia al respecto.”, aunque creo que está a años luz de ti, en el foro de rrhh que también frecuentáis, hay cierto personaje que creo estaría encantado de facilitarte sentencias y su practicas empresariales para con los comités.
07/05/2006 13:55
Nando, te sales por la tangente. Ya te lo he dicho, no es causa de fuerza mayor porque es previsible, porque es evitable y porque depende del trabajador. No es una causa externa.

Fuerza mayor son las inundaciones, terremotos, y cosas así.

Artículo 1105 CC: "nadie responderá de aquellos sucesos que no hubieran podido preverse, o que, previstos, fueran inevitables."

En la guía laboral del Ministerio de Trabajo:

*********
16.4.8. Fuerza mayor
(Ley 11/94) (R.D.LG. 1/95, arts. 49 y 51.12)
(R.D.LG. 2/95, art. 124) (R.D. 43/96)

Características
Se trata de hechos extraordinarios imprevisibles o inevitables que imposibilitan definitivamente el desarrollo del trabajo (incendio, inundación, etc.).
*******

Así que de ruido nada. Datos concretos e irrebatibles.

Aunque me parece que tú has preguntado a ver si alguno de tus colegas RRHH te decía algún truquito o alguna sentencia local que no venga en tu CD-ROM. Me da la impresión de que tú vas a hacer lo que dice Keeler, que parece de tu línea. Es decir, que le vas a meter las horas extras igual a todo el mundo y quien quiera que recurra. Política de hechos consumados, habitual entre las personas que desempeñan tu puesto de trabajo. Porque tu verdadera intención no es cubrir la centralita, sino joder al delegado de forma indirecta enfrentándolo con la plantilla.

Tú mismo lo has dicho: " Puede parecer maquiavelico, de acuerdo, pero no si si os dais cuenta que con quien pretende ejercer presion la empresa directamente, es con quien cubre su ausencia no con la miembro del comité. Otra cosa es que la estrategia surta efecto, y esta miembro del comite se sienta presionada..."

Esta frase me la guardo.
07/05/2006 13:03
Haz lo que prefieras, el que siembra truenos recoge tormentas. No hay nada peor que sentarse en una mesa de negociación con alguien enfadado por una tonteria como esta y por un tema que parece personal tuyo, vas a terminar perjudicando al conjunto de la empresa. Se nota que te falta bastante experiencia en el tema de relaciones laborales como ya ha apuntado algún compañero, aquí no sólo se deben tener en cuenta los aspectos jurídicos sino que deberías hacer una valoración global de los pros y contras que va a traer tus "dispustas" con esta persona.

PD: ("oye, mira mañana por la tarde te vienes un rato, que la titular del puesto se va a la Feria de Abril, digo a realizar acitvidades sindicales, la semana que viene ya veremos, porque como nos lo puede avisar con uno o dos dias de antelacion...")

Lo de la Feria de Abril se sale, juas juas
07/05/2006 10:26
Respecto a las sentencias que aporta El_Presi, me parece bien, pero, com dije, ya conocia esa doctrina y la aplicamos al personal con turnos, pero no es este el caso. La reunion no ha tendio fuera de su horario laboral, solo en parte de el (y ya cueto los tiempos razonables de desplazamiento, comer, etc). Pero es que para ella ese dia es de mañana y tarde y la renunion se celebro durante la mañana (y no toda). Para el resto era de jornada intensiva, y ya no acudieron al trabajo ni nosotros lo exigimos. Alguien trabajaba en el turno de noche y ya se le ha confirmado que se le compensara con descanso ya que en su caso si que la reunion coindcidia totalmente fuera de su jornada. (aunque todo esto creo que ya lo he explicado, simplemente se trata de ller mejor y no precipitarse en la critica).
07/05/2006 10:25
Linio, de verdad, sigues sin enterarte, te quedas con el ruido, no con la melodía.

Ahora tambien tengo algo de prisa, y, además, antes de seguir en este plan, prefiero preparar un poco más el tema, y tal vez mientras tanto alguien aporte algo con sentido. Ya he reconocido desde un principio que cuando planteo esto, se trata simplemente de una idea que acabo de concebir, sobre la que ya de entrada tengo mis dudas, y sobre la que, al margen de que intente preparme el tema con un poco mas de tiempo y estudio, espero la ayuda de alguno de vosotros, bien para confirmarme la viabilidad, convencerme de lo contrario o sugerirme alternativas. Aunque para criticas gratuitas, especulaciones faltas de base, etc, esas me sobran.

Hablo que el SALARIO MEDIO DE LA PLANTILLA ES es superior a los 35.000 euros (y me refiero al fijo, si incluimos los varables es bastante mas, sobretodo en algunos casos). No hay que ser un experto en matemáticas o estadistica para darse cuenta que ello no significa que todos los empleados tengas esa retibucion, algunos ganan mas o mucho mas, otros estan en ese nivel y otros quedan por debajo (pero todos, por supuesto,incluso los de prácticas, por encima del convenio y normalmente con diferencia). En el caso concreto de las personas que evnetualmente pueden cubrir el puesto de centralita, estamos hablando de amdvos./secretarias, y que ademas la tienen al lado de su puesto de trabajo. Es una tarea que cubren eventualmente y lo tienen claro. no veo movilidad funcional. No estamos poniendo a un programadoro a un administrador de bases de datos a coger el telefono. Al margen de ello, aunque no lleguen a ese nivel salarial , en algun caso tampoco se quedan tan lejos y tampoco ello cambia las cosas. Se trata de personal administrativo de apoyo muy bien remunerado (por eso, a pesar de sus quejas puntuales, no se van ni de coña).

Cuando planteo el tema por la via de horas extras por causa de fuerza mayor es porque, aunque tú lo veas de otra manera, la posibilidad de que suceda o no no lo gestina la empresa, es el trabajador el que planteara cuándo piensa disfrutar de ese permiso. Y el tema de la centralita y recepcion entiendo es importante que quede atendido. Y contratar a otra persona para ausencias eventuales, irregulares, etc, ademas de antieconomico, no veo tenga sentido. Bueno, si tú sabes de alguien que este dispuesto a trabajar en este plan ("oye, mira mañana por la tarde te vienes un rato, que la titular del puesto se va a la Feria de Abril, digo a realizar acitvidades sindicales, la semana que viene ya veremos, porque como nos lo puede avisar con uno o dos dias de antelacion...") Vamos... ¿lo contratarias todo el dia y asi te aseguras que siempre habra alguien aunque supngo duplicar un puesto ya de por si con poca actividad durante mas del 80% de la jornada?. ¿Es esa la solucion en otras empresas? ¿duplicar puestos por este motivo? (cuidado, no hablamos de un liberado)
06/05/2006 20:39
Que no Nando, que no cuela. Que responsables de RRHH como tú, que intentan enfrentar a los delegados con la plantilla con lo de las sustituciones, nos los conocemos en los sindicatos AL DEDILLO.

Al grano: una causa de fuerza mayor es aquella que no se puede evitar y tampoco se puede prever. Además debe ser de origen externo a la empresa y no debe depender ni del trabajador ni del empresario.

Queda excluida la causa que no se puede evitar, pero sí prever, que sería un caso fortuito y las negligencias, que son las causas que se pueden evitar.

Así que no cuela por ningún sitio. Lo tuyo lo puedes evitar (cambiando al trabajador de puesto, aunque no te guste o contratando a otro, aunque te guste menos) y lo puedes prever (ya lo has hecho).

Aquí el problema es que PARA AHORRAR DINERO Nando no quiere contratar a nadie más y pretende cubrir las 30 horas con los demás empleados, incluso sacándolos fuera de las funciones de su categoría, tema del que nadie ha hablado y que también es importante.

Porque ha hablado de empleados que cobran 35.000€ anuales. ¿Esos empleados tienen entre sus funciones las de recepcionista? ¿O la recepcionista cobra 35.000€? NO CUELA.
06/05/2006 19:39
STSJ Cataluña núm. 2775/2002 (Sala de lo Social), de 5 abril
"La remuneración del tiempo destinado a tales funciones implica la consideración de que ese tiempo es tenido por tiempo de trabajo, sin merma para el trabajador que lleva a cabo este tipo de funciones. Llevados estos criterios al caso que nos ocupa, si bien no hay duda de que la interpretación jurisprudencial hace necesario admitir la no coincidencia cuando el trabajador con cargo representativo tiene asignado horario nocturno, entendemos que también debe aplicarse en los supuestos de trabajo a turnos en general cuando los distintos miembros de las secciones sindicales o del comité se hallan asignados a turnos distintos o en situaciones como la del presente caso, respecto de los trabajadores con turno de tarde cuando la función llevada a cabo obedece a la asistencia a una convocatoria de ámbito superior al propio de la empresa y que, por consiguiente, no depende de su decisión, de suerte que el horario de la asamblea o reunión no fue fijado por los mismos, sino determinado externamente en un ámbito sectorial e intersindical. Por tanto, el cumplimiento de las funciones propias de sus puestos sindicales supuso para los afectados una ampliación de su horario que no puede provocar para ellos un coste dado que obedece a esas funciones cuyas garantías establece la ley.
Lo hasta ahora expuesto evidencia la disconformidad de la Sala con el criterio de la juzgadora de instancia. La decisión empresarial de descontar a los trabajadores de tarde el salario correspondiente a las dos horas (aproximadamente) de retraso en la incorporación a su turno incide en una lesión del derecho a la libertad sindical, en concreto, en la facultad de ejercicio de la acción sindical y, por ello, el recurso debe ser estimado con revocación de la sentencia de instancia y estimación de la demanda inicial."

STSJ Cataluña núm. 4019/2001 (Sala de lo Social), de 10 mayo
"[...] a tal regla general existe la excepción debida al hecho de tener el representante sindical un horario o turno nocturno que por tanto no coincida con las horas que se inviertan en el cumplimiento de sus funciones sindicales, en cuyo supuesto, habida cuenta que las funciones representativas o sindicales se ejercen normalmente durante el día, supone en la práctica vaciar por completo de contenido respecto a esos trabajadores con turno de noche, las normas reguladoras de sus funciones representativas y de defensa de los intereses que les son propios, ya que a la inadecuada solución de atribuirles la carga de ampliar su jornada de trabajo en las horas que durante el día dedicaron a su actividad sindical, supone un esfuerzo y una dedicación relacionada con el carácter social del cargo por cuanto la actividad extralaboral de los mismos no responde a un interés privado, mereciendo por tanto su compensación en forma de descanso o minoración de su jornada en las horas invertidas en su función, al igual sucedería en empresa con diferentes turnos de trabajo y con Comité de empresa constituido por trabajadores con distinto turno, en cuyos casos, de exigir que coincidiera las horas de la función representativa con el trabajo del representante, imposibilitaría la función principal del Comité, esto es, reunirse."

Saludos.
06/05/2006 19:38
Con más razón creo yo, que si al resto de componentes del Comité de Empresa les habeis dejado compensar la totalidad de la jornada, ¿porqué no hacerlo con éste? Y también debes tener en cuenta el que los diferentes miembros del Comité realicen horarios distintos, no puede generar derechos en unos y no en otros.

TSJ La Rioja, núm. 282/2000 (Sala de lo Social), de 27 julio
"[...] al igual sucedería en empresa con diferentes turnos de trabajo y con Comité de Empresa constituido por trabajadores con distinto turno, en cuyos casos de exigir que coincidiera las horas de la función representativa con el trabajo del representante, imposibilitaría la función principal del Comité, esto es, reunirse. Doctrina que reitera la Sentencia del Tribunal Supremo de 20 de mayo de 1992 (RJ 1992, 3581), y que sin duda es de aplicación al supuesto de autos, pues las funciones de representación se fundamentaban en el interés colectivo de los trabajadores, no el personal del representante"

STSJ Murcia núm. 1098/2003 (Sala de lo Social, Sección Unica), de 22 septiembre
"Igualmente debe tenerse en cuenta con respecto a la utilización del crédito de horas con naturaleza de permisos retribuidos que deben tomarse en consideración, como regla general, tan sólo aquellas horas coincidentes con las del trabajo. Si bien, esta regla general queda suavizada en los casos en que se realiza el trabajo a turnos, concluyendo reiterada doctrina, tanto del Tribunal Supremo (Sent. de fecha 3 de julio de 1989), como de los Tribunales Superiores de Justicia como el de Cataluña en sentencia de fecha 13 de noviembre de 1992 ( AS 1992, 5522) , Galicia en sentencia de fecha 22 de abril de 1994 ( AS 1994, 1773) que cuando realiza las gestiones representativas o sindicales fuera del turno, deben considerarse como horas de trabajo ante el riesgo de ampliar la jornada de trabajo en aquellas horas que, fuera del turno, fueron dedicadas a la actividad representativa, por lo que supone de esfuerzo y dedicación mayor al de la jornada, de trabajo. Pudiendo ser compensadas estas horas dedicadas a la actividad representativa fuera de turno, con un cómputo flexible y en todo caso preservándose la independencia del representante en su función."

06/05/2006 19:10
Hola, sólo he entrado para un momento pues hay yna feria del vino aquí al lado mismo, y me voy pero que ya. Pero ello no obsta a que me de tiempo a hacer un pequeño apunte.

Dices “Dice A.M. que el trabajador podrá ausentarse previa comunciacion y posterior JUSTIFICACION. Perfecto!. Eso no me da miedo. No creo que organicen reuniones a las 8 de la tarde o las tardes de los viernes.” En mi opinión y creo que la de cualquiera que lleve un tiempo en esto, que más da que la reunión sea a las 8 de la tarde como SI NO HAY REUNIÓN. Y como la “representante” sea un poco avispada o esté bien guiada (todo depende como se mire), preveo que lo tienes bastante crudo, pues como dije anteriormente, es moneda harto corriente en la relación empresas/sindicatos los puteos recíprocos. Ojo que no quiero justificar con ello los abusos que se cometen tanto de una orilla como de la otra, pues entiendo que al final los principales perjudicados son los de siempre... Todos al fin.

Y espero que no haya malentendidos, puesto que las copas están aún por tomar, y mañana más, ea.
06/05/2006 18:32
Y a los que dicen que esto se resuelve con una buena organizacion..., vamos a ver..., todo dependerá de que dinámica siga esta persona a la hora de tomarse esos permisos. Si optase por avisar con tiempo que piensa tomarse todas las tardes de los viernes y las últi mas horas de la tarde de algunos otros dias (el credito de 30 horas mensuales da para eso y mas), podriams llegar pensar que vale, que eso te permite planificarte y vuscar alternativas. ¿cual?, contratar a alguien para que haga 3 horitas las tardes de los vienres y algu ratito el resto de la semana? ¿que lo cubran sus compañeras? ¿entonces las fastidiamos igual, no?. Ademas, si eso estuviera minimamante justificado ya tratariamos de hacer un esfuerzo en ese sentido (la empresa y sus compañeras), pero ese no es el caso, es un simple chantaje a la vez que disfruta del permiso cuando mas le conviene (a ella personalmente, me refiero).

Si por el contrario, toma esos permisos de forma mas irregular, pero afectando a esas franjas horarias críticas, tampoco resulta facil poder dar cobertura a esas asuencias de forma tan poco planificada (no por parte de la empresa).

¿debemos contratar a otra persona para el mismo puesto y horario, por si acaso?, Vamos, véis lógico duplicar un puesto, que estando cubierto por uno solo exige un ritmo de trabajo mínimo. No es razonable.

En cualquier caso, como empresa, ente situaciones realmente de fuerza mayor, ya tratariamso de responder con todos los medios e imaginacion posible, pero, insisto, por un carpicho/chantaje no, no y no.

Quiero dejar claro y vuelvo a repetir, que no pretendemos limitar ningun derecho sindical totalmente legítimo, es más, dentro de lo que es la jornada normal (es decir, en la que otras personas pueden cubrir su ausencia sin demasados porblemas) no pensabamos discutir ni un minuto respecto a como utiliza esas 30 horas (que seguro va apurar, claro), y por supuesto tampoco vamos a discutir su derecho a participar en actividades sindicales si estas tiene lugar en horas extremas (que dudo que suceda a menudo), pero vaya, que no trate de forzar las cosas por esa via, para su propio beneficio personal, cuasando ese prejuicio a al empresa y, de rebote a algunos de sus compañeros.

Un saludo
06/05/2006 18:31
A ver, algunas consideraciones:

¿cambiarla de puesto?. No. Eso es precisamente lo que quiere (al menos el horario). Y esa entiendo que no es la forma de conseguirlo. La promociones se ganan acreditando capacidad, conocimientos y motivación, no con chantaje y cuandi surje la oportunidads. Además, tampoco seria tan fácil, ya que hablamos de una empresa en la que el 98% de empleados son informaticos y el 2% restante tiene una cualificacion, ya sea contable, legal, etc que ella no tiene. Tal vez secretaria, pero ahora no hay vacantes. Pero, insisto, en cualquier caso, esa no sería la forma. Ella fue contratada para ese puesto y con ese horario, se le paga sensiblemente por encima de lo que marca el convenio y recibe un trato correcto, pero ese es su puesto y su horario (dudo que se marche a otro sitio, porque para su cualificacion no le va a ser fácil encontrar algo en mejores condiciones y ella lo sabe). A mi me gustaria ser Ronaldiho, pero soy quien soy y lo que soy, y trato de ser coherente con ello y asumirlo.

¿Que podemos peder un juicio por practicas antisindicales?. A priori la idea no es negarle ese crédito horario en esas horas, al menos directamente. La via es exigir que sus compañeras cubran esas ausencias en horas extremas, fuera de su jornada habitual. Puede parecer maquiavelico, de acuerdo, pero no si si os dais cuenta que con quien pretende ejercer presion la empresa directamente, es con quien cubre su ausencia no con la miembro del comité. Otra cosa es que la estrategia surta efecto, y esta miembro del comite se sienta presionada, no por la empresa propiamente sino por el hecho de que deba fastidiar a compañeras, que normalmente estaran dispuestas a sacrificarse cuando este enferma, tenga un contratiempo, incluso en vacaciones, de forma planificada, como han hecho siempre, pero no por un uso caprichoso de su credito sindical.

Que esto es diabóloco o poco ético. Vale, pero son medidas que planteo ante una conducta tambien diabolica y poco ética por parte de esa miembro del comite, que utiliza ese derecho, en principio legitimo, para realizar un chantaje con fines estrictamente personales (a ver si empezamos a tener un poco de amplitud de miras, caramba, que yo al menos lo intento).

Dice A.M. que el trabajador podrá ausentarse previa comunciacion y posterior JUSTIFICACION. Perfecto!. Eso no me da miedo. No creo que organicen reuniones a las 8 de la tarde o las tardes de los viernes. Y si en algun caso asi fuera, ningún problema. Eso si, le pediremos que trate de avisar con un plazo razonable. Bueno, tambien tengo constancia de la practica por parte de algunos sindicatos de entregar jutificantes sellados en blanco, de forma que el trabajador los puede cumplimentar a su antojo (que aunqiue todo este me viene un poco de nuevo, no me he caido de un guindo).

Y Presi, no divago ni hago suposiciones sobre un posible uso diabolico de ese crédito. Me consta. Recientemente tuvieron todos los miembros una reunion en el sindicato en un viernes y perfecto, todos avisaron en tiempo y forma, se consideraron casos concretos de gente que trabajaba por la noche (se les confirmo su descanso adicional).Pero en su caso, a pesar de que la reunion era por la mañana, dado que ese dia es de jornada intensiva para aquellos que tienen horario normal (y por tanto, aunque la reunion seguro que duro menos, a todos se les excuso de venir a trabajar ese dia), en su caso lo lógico es suponer que no tuviera problemas para venir por la tarde a cumplir si jornada normal, aunque fuera de forma parcial. Le falto tiempo para plantear que si todos los demas tenian "todo el dia de fiesta" (aunque estamos hablando de una mañana) en su caso tambien debia ser asi (es decir, mañana y tarde, aunque la reunion terminase bastante antes del mediodia).

En fin, que ya veo como van estas cosas (aunque aun me queda mucho en este terreno) y como empresa nuestra intención es que todo se resuelva por la via del "buen rollo", pero vaya, lo que no pienso consentir son ciertos abusos, tomaduras de pelo o chantajes. Y posoblemente no lo tenga facil porque sé que la empresa esta muy mermada en cuanto a facultades en este sentido, pero lo que esté en mis manos lo voy a hacer, y si no es suficiente, ,mala suerte, pero no me voy a encoger de brazos.

Siento si en algunos genero cierta antipatia o rechazo con mis comentarios.
06/05/2006 14:23
Hola, sólo entro porque releyendo lo que digo arriba de “pero vamos que el resto de días del año, NO.” Veo que no me he expresado muy bien, pues me refería a que salvo casos EXTREMOS un representante de los trabajadores, previa comunicación (y posterior “justificación”)se puede ausentar o no incorporarse al trabajo cuando lo crea oportuno.

PD: (O pensamiento en voz alta) cuantas empresas minimamente experimentadas en estas lindes, desearían toparse con representantes de los trabajadores que solo se dedicasen a hacer fiestas y tomar el sol, cuantas???.
06/05/2006 13:57
Si tan vital para la empresa es que haya gente en la centralita y tan difícil e imposible veis la sustitución del representante cuando se ausenta, podríais negociar con él un cambio de puesto de trabajo a uno que no sea tan "vital" para la empresa y que no desagrade al trabajador y al final todos tan contentos.
Por lo demás nada más decir que la jurisprudencia otorga una presunción "iuris tantum" al consumo responsable del crédito sindical, así que antes que divagar, hacer suposiciones y maquinar para contrarestar el uso "diabólico, tendencioso y perverso" que está haciendo el representante de su crédito horario, asegurate bien o negocia con éste alguna posible solución, ya que con actuaciones como las que planteas y más en una empresa que parece ser de tamaño grande, el desprestigio que causa tener una sentencia en contra sobre tutela de libertad sindical (que por supuesto el sindicato se preocupará de que aparezca en los diarios o como mínimo en su página web y tablones de anuncio de la empresa) no compensará tu "posible" victoria en lo que parece ser una pugna personal, a la vista de los hechos, con dicho trabajador.
Saludos.