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Iajd cobrado en una novación sobre la total responsabilidad hipotecaria

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Iajd cobrado en una novación sobre la total responsabilidad hipotecaria
21/11/2018 12:56
Buenos días a todos.
En 2016 solicitó una novación de mi préstamo hipotecario de 12.000 €, y en esas fechas pago el IAJD, el 1,5 de dicha cantidad. Hace un mes me notifica el banco que la gestoría me reclama 3.200€ por aquella novación pues pago por nosotros el IAJD por la total responsabilidad hipotecaria. He investigado al respecto y en 2016 la Agencia Tributaria estableció un criterio mediante el cual “debe tenerse en cuenta que toda ampliación hipotecaria que conlleve alteración del valor de tasación de la hipoteca ampliada (por mandato de la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN)) podrá suponer la pérdida de la exención tributaria del impuesto de AJD, tributando entonces no sólo por el valor de la ampliación strictu sensu, sino por el valor total de la tasación de la finca.”
Si bien, el 10 de octubre de 2017 el Tribunal Económico-Administrativo Central concluye apuntando que “Nada de esto ocurre en este caso, ya que la tasación a efectos de subasta no produce efecto jurídico alguno en la hipoteca inscrita: ni a los sujetos en sus derechos u obligaciones, ni se produce cambio alguno en el objeto hipotecado, ni se modifica la responsabilidad hipotecaria de la finca, la cual, cualquiera que sea el valor en el que se tase la finca a efectos de la subasta sigue respondiendo de la misma cifra de responsabilidad asignada.”

Mi pregunta es, ¿alguien se ha encontrado con algún caso similar? ¿podríais asesorarme un poco? ¿tenéis algún modelo de rectificación de autoliquidación que pueda ajustarse al caso? os lo agradecería mucho.

Muchas gracias de antemano
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Iajd cobrado en una novación sobre la total responsabilidad hipotecaria

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Iajd cobrado en una novación sobre la total responsabilidad hipotecaria
21/11/2018 12:56
Buenos días a todos.
En 2016 solicitó una novación de mi préstamo hipotecario de 12.000 €, y en esas fechas pago el IAJD, el 1,5 de dicha cantidad. Hace un mes me notifica el banco que la gestoría me reclama 3.200€ por aquella novación pues pago por nosotros el IAJD por la total responsabilidad hipotecaria. He investigado al respecto y en 2016 la Agencia Tributaria estableció un criterio mediante el cual “debe tenerse en cuenta que toda ampliación hipotecaria que conlleve alteración del valor de tasación de la hipoteca ampliada (por mandato de la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN)) podrá suponer la pérdida de la exención tributaria del impuesto de AJD, tributando entonces no sólo por el valor de la ampliación strictu sensu, sino por el valor total de la tasación de la finca.”
Si bien, el 10 de octubre de 2017 el Tribunal Económico-Administrativo Central concluye apuntando que “Nada de esto ocurre en este caso, ya que la tasación a efectos de subasta no produce efecto jurídico alguno en la hipoteca inscrita: ni a los sujetos en sus derechos u obligaciones, ni se produce cambio alguno en el objeto hipotecado, ni se modifica la responsabilidad hipotecaria de la finca, la cual, cualquiera que sea el valor en el que se tase la finca a efectos de la subasta sigue respondiendo de la misma cifra de responsabilidad asignada.”

Mi pregunta es, ¿alguien se ha encontrado con algún caso similar? ¿podríais asesorarme un poco? ¿tenéis algún modelo de rectificación de autoliquidación que pueda ajustarse al caso? os lo agradecería mucho.

Muchas gracias de antemano