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Impagos

2 Comentarios
 
25/04/2003 13:30
Muchas gracias por tu ayuda.
Un saludo
18/04/2003 16:39
Estimada Lara, suponiendo que no haya prescrito la deuda, lo cual creo improbable dado que los has requerido de pago mediante carta, supongo que con acuse de recibo para tener constancia de la misma, puedes seguir 2 procedimientos para conseguir que te paguen, uno el llamado monitorio si tienes facturas o documentos similares con que acreditar la existencia de la deuda. Aqui no es necesaria la intervención inicial de Abogado pero tiene el inconveniente de que si el deudor se opone al pago tendrías que irte a un procedimiento ordinario o verbal según la cuantia de la deuda y perderías tiempo.-
Por otro lado,como he dicho puedes iniciar un procedimiento verbal dado que la cuantía de la deuda es inferior a 500.000 ptas. teniendo este la ventaja de que como lo que reclamas no supera las 150.000 ptas. no necesitas de abogado ni procurador.Ni que decir tiene que también podras reclamar los intereses legales de dichas cantidades. Por otro lado, y aunque no lo especificas, si tienes letras de cambio, pagarés o cualquier otro documento similar aceptado por el deudor, podrás a traves de un proceso de ejecución directo, hacer efectiva la deuda incrementada con su respectivo interes legal bien mediante el pago voluntario, bien mediante el embargo de bienes. Espero con esto, haberte ayudado.-
Impagos
17/04/2003 22:45
Hola a todos, somos una pequeña empresa y tenemos, por llamarlos de alguna manera, algunos clientes que no nos pagan desde hace más de 3 años, y además tuvimos que adelantar pagos, les hemos enviado cartas de reclamación pero nada, son varios clientes y cantidades pequeñas, máximo 200€, cuál es el proceso a seguir, nos saldrá más caro denunciarlos que olvidarlo?, muchisimas gracias por vuestra atención.
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Estimada Lara, suponiendo que no haya prescrito la deuda, lo cual creo improbable dado que los has requerido de pago mediante carta, supongo que con acuse de recibo para tener constancia de la misma, puedes seguir 2 procedimientos para conseguir que te paguen, uno el llamado monitorio si tienes facturas o documentos similares con que acreditar la existencia de la deuda. Aqui no es necesaria la intervención inicial de Abogado pero tiene el inconveniente de que si el deudor se opone al pago tendrías que irte a un procedimiento ordinario o verbal según la cuantia de la deuda y perderías tiempo.-
Por otro lado,como he dicho puedes iniciar un procedimiento verbal dado que la cuantía de la deuda es inferior a 500.000 ptas. teniendo este la ventaja de que como lo que reclamas no supera las 150.000 ptas. no necesitas de abogado ni procurador.Ni que decir tiene que también podras reclamar los intereses legales de dichas cantidades. Por otro lado, y aunque no lo especificas, si tienes letras de cambio, pagarés o cualquier otro documento similar aceptado por el deudor, podrás a traves de un proceso de ejecución directo, hacer efectiva la deuda incrementada con su respectivo interes legal bien mediante el pago voluntario, bien mediante el embargo de bienes. Espero con esto, haberte ayudado.-
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17/04/2003 22:45
Hola a todos, somos una pequeña empresa y tenemos, por llamarlos de alguna manera, algunos clientes que no nos pagan desde hace más de 3 años, y además tuvimos que adelantar pagos, les hemos enviado cartas de reclamación pero nada, son varios clientes y cantidades pequeñas, máximo 200€, cuál es el proceso a seguir, nos saldrá más caro denunciarlos que olvidarlo?, muchisimas gracias por vuestra atención.