Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Importe alimentos día

2 Comentarios
 
Importe alimentos día
17/11/2021 17:38
Mi consulta es la siguiente:

Custodia monoparental de un menor con regimen de visitas asígnado al progenitor no custodio. Pensión alimenticia 250e/mes. gastos extraordinarios
Por circunstancias varias, el no custodio no vé ni cuida al menor en los días asignados, pero se ofrece a abonar el importe correspondiente a los alimentos de esos días.

Que importe se podría tomar como referencia de gasto/día ?
18/11/2021 11:00
Es una pregunta muy difícil de resolver pero yo haría lo siguiente: si un mes medio tiene 30 días, calcula los días que no custodio debería estar con el niño, por ejemplo, 6. Divide la pensión por 24 (30-6) y multiplica por 30. No se si me estoy explicando bien... Yo haría un cómputo anual: Calendario y paciencia. Saludos.
22/11/2021 14:34
No es complicado: pensión anual / exceso de días con el custodio al año. Esto suponiendo participación de gastos al 50%.

Explico un poco el por qué: la pensión se calcula anualizada, es decir, que se ha incluido ya en el cálculo del coste de manutención medio que el no custodio se encargará de la manutención los días que esté con este. Es por eso no que hace falta pagar la pensión "al revés" cuando el menor está con el no custodio en vacaciones y días de visita, ni se deja de pasar la pensión el mes de vacaciones: se calcula el exceso de coste anual a cargo del custodio, y se prorratea en 12 meses.
Por tanto el coste diario NO ES la pensión dividido por los días bajo responsabilidad del custodio, sino el correspondiente a los días que está con el custodio menos los días que está con el no custodio (es decir, el EXCESO de días que está con uno respecto al otro), y ojo, teniendo en cuenta todos los periodos anuales, y no solo un mes corriente, porque es un cálculo siempre anualizado. Por eso en compartida al 50% con salarios similares la pensión es 0, porque la RESTA de los días de uno y otro son cero: no son los días que está contigo, sino los días que está contigo menos los días que está con el otro.
Si por ejemplo por convenio al no custodio le corresponden 30 días en verano, más 15 días en semana santa y navidad, y los otros 10 meses un fin de semana de cada 2 (10*30*2/14=42 días), saldrían 301542=87 días al año con el no custodio, y 365-87=278 con el custodio. El exceso serían 278-87=191 días de más con el custodio que con el no custodio, y ESO es lo que cubre la pensión, por lo que el coste diario o de cada día adicional sería (pensión mensual*12)/191. Con esto sale más o menos el doble respecto a dividir la pensión mensual de un mes "normal" por 30, pero es normal, porque claro, es tanto un día más de gastos que tiene que asumir el custodio, como uno que se ahorra el custodio. Se puede además comprobar fácilmente que el cálculo diario es correcto viendo que el coste diario dará el mismo resultado si se suma esa cantidad D a la pensión anual, pero dividiendo por un día más que habría estado con el custodio: D=(pensión mensual*12 D)/192.
Depende por tanto de los días que esté con cada uno según el convenio, y del importe de la pensión, así que coge el calendario del año pasado (salvo que no se cumpliera), cuenta cuántos días estuvo contigo y cuántos con tu ex, réstalos, y haz así el cálculo: pensión anual dividido por el exceso de días contigo al año.
Esto suponiendo que los costes de manutención se dividan a partes iguales, si hay una disparidad considerable de ingresos entre ambos progenitores (que se podría ver normalmente en el porcentaje de gastos extraordinarios) habrá que aplicar el coeficiente correspondiente.