En un despido declarado improcedente se da la opción a la empresa de indemnización o readmision. A fecha de sentencia la readmision deviene imposible por causas imputables a la empresa (no es cierre de empresa pero si una imposibilidad legal). La empresa opta por la indemnización (la readmision no la puede hacer) y el trabajador ni alegó el 101.1 b en la vista. Puede ahora acogerse al 286 de alguna manera para que en ejecución de sentencia se cambie el importe de la indemnización x imposibilidad de readmision? Entiendo no puede plantear incidente de no readmision porque la empresa ha optado por indemnización pero en realidad no había opción..
Y cuál es esa imposibilidad legal de readmisión di la empresa no cierra? Sra del TS sobre salarios de tramitación cuando se declare el despido improcedente, sts 21/07/2016. No se, a mí me parece ejercicio de clase ya que enumera estos mismos artículos.
Hola, te comento. Esta persona ocupa un cargo directivo en la compañía, director financiero, que ya está ocupado por otra persona contratada para ese puesto y por tanto no le pueden devolver su puesto de director financiero porque ya está ocupado desde hace un año por un nuevo trabajador al que además no pueden despedir porque está en reducción de jornada.
La duda principal es si una condena puede contener una opción (readmision) que se ha probado en sala que no es posible y que depende de que a fecha de sentencia el otro trabajador siga o no en la compañía.
La opción de readmisión o indemnización es decisión de la empresa salvo que sea representante de los trabajadores en cuyo caso quién puede tomar esa decisión sería el trabajador, todo esto sería en caso de despido improcedente, caso de despido nulo solo sería posible la opción de la readmisión. smo