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Impuesto de sucesiones

5 Comentarios
 
Impuesto de sucesiones
30/07/2008 10:38
El impuesto de sucesiones qué porcentaje es sobre el valor total?
Cambia algo el estar empadronado uno de los herederos en un sitio distinto de Madrid? ( es Andalucía)

Gracias
30/07/2008 10:47

El impuesto de sucesiones dependerá de varios factores, a saber:

1º De la comunidad autónoma donde residía el causante a su fallecimiento

2º Del grado de parentesco de los herederos y de su patrimonio anterior

3º Del valor de los bienes a heredar


Por todo ello, lo mejor que puedes hacer es ir a una notaria con un inventario de los bienes del difunto y las circunstancias personales y patrimniales de los herederos

O acudir a un abogado, claro

saludos


carlos_pascual@servilegal.es
30/07/2008 10:50
Gracias Carlos.

La difunta residía en Madrid, y tb sus 3 hijos, lo que pasa es que uno de ellos lleva como 5 años empadronado en Málaga...
el impuesto se hace sobre la totalidad de los bienes, o particularmente sobre cada uno de los herederos?

Gracias
30/07/2008 11:09

Veamos

Que uno de los hijos resida en Madrid en nada afecta, pues se tiene en cuenta a la hora de la normativa aplicable al efecto el último domicilio del causante (difunto)

Por otro lado, el sujeto pasivo (contribuyente, obligado a liquidar el impuesto) lo será individualmente cada uno de los herederos según sus circunstancias personales y la cuota hereditaria que le corresponda

Por último, y por lo que he podido ver, en Madrid teneís posibilidad incluso de aplazar el pago del impuesto


Así que lo mejor es que contactes con la consejeria de hacienda de la comunidad de madrid y que te vayan asesorando, pues los cálculos a veces son algo complicados



saludos y suerte


carlos_pascual@servilegal.es
30/07/2008 11:11
Gracias!
30/07/2008 16:21
en la web de la Comunidad de Madrid tienes toda la información que necesitas sobre los trámites.

No sé si en todas las comunidades es igual, pero al menos en Asturias, los herederos pueden optar por hacer el inventario, valorar los bienes y calcular lo que deben pagar, o bien presentar ante la Consejería correspondiente un inventario con el valor que se da a los bienes, y que la consejería calcule el impuesto.

No están obligados a presentar la liquidación del impuesto individualmente, sino que puede hacerlo uno de los herederos en nombre propio y en el de los demás.
Impuesto de sucesiones | PorticoLegal
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Impuesto de sucesiones
30/07/2008 10:38
El impuesto de sucesiones qué porcentaje es sobre el valor total?
Cambia algo el estar empadronado uno de los herederos en un sitio distinto de Madrid? ( es Andalucía)

Gracias
30/07/2008 10:47

El impuesto de sucesiones dependerá de varios factores, a saber:

1º De la comunidad autónoma donde residía el causante a su fallecimiento

2º Del grado de parentesco de los herederos y de su patrimonio anterior

3º Del valor de los bienes a heredar


Por todo ello, lo mejor que puedes hacer es ir a una notaria con un inventario de los bienes del difunto y las circunstancias personales y patrimniales de los herederos

O acudir a un abogado, claro

saludos


carlos_pascual@servilegal.es
30/07/2008 10:50
Gracias Carlos.

La difunta residía en Madrid, y tb sus 3 hijos, lo que pasa es que uno de ellos lleva como 5 años empadronado en Málaga...
el impuesto se hace sobre la totalidad de los bienes, o particularmente sobre cada uno de los herederos?

Gracias
30/07/2008 11:09

Veamos

Que uno de los hijos resida en Madrid en nada afecta, pues se tiene en cuenta a la hora de la normativa aplicable al efecto el último domicilio del causante (difunto)

Por otro lado, el sujeto pasivo (contribuyente, obligado a liquidar el impuesto) lo será individualmente cada uno de los herederos según sus circunstancias personales y la cuota hereditaria que le corresponda

Por último, y por lo que he podido ver, en Madrid teneís posibilidad incluso de aplazar el pago del impuesto


Así que lo mejor es que contactes con la consejeria de hacienda de la comunidad de madrid y que te vayan asesorando, pues los cálculos a veces son algo complicados



saludos y suerte


carlos_pascual@servilegal.es
30/07/2008 11:11
Gracias!
30/07/2008 16:21
en la web de la Comunidad de Madrid tienes toda la información que necesitas sobre los trámites.

No sé si en todas las comunidades es igual, pero al menos en Asturias, los herederos pueden optar por hacer el inventario, valorar los bienes y calcular lo que deben pagar, o bien presentar ante la Consejería correspondiente un inventario con el valor que se da a los bienes, y que la consejería calcule el impuesto.

No están obligados a presentar la liquidación del impuesto individualmente, sino que puede hacerlo uno de los herederos en nombre propio y en el de los demás.