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impuesto sucesiones

5 Comentarios
 
Impuesto sucesiones
19/12/2012 19:16
Tengo entendido que el impuesto de sucesiones se liquida, en el lugar del domicilio fiscal del finado, dalvo que puedas demostrar que tuvo otro domicilio fiscal durante los últimos 5 años en otro lugar, durante más tiempo. Eso es así. Donde viene regulado?
19/12/2012 21:01
No, el impuesto se liquida donde tuviera la residencia habitual el finado. La residencia habitual nromalmente debiera ser el domicilio fiscal pero no siempre lo es.
24/12/2012 13:30
Efectivamente es como dices vicmar, la residencia fiscal a efectos del impuesto sobre sucesiones es la ultima que tuvo y siempre que la haya tenido durante un plazo minimo de 5 años. Art. 24 de la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, por la que se regulan las medias fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía.

www.ramosysauci.es
www.demandaexpress.com
26/12/2012 00:11
Me han dicho que el impuesto de sucesiones prescribe a los cinco años, pero no consigo averiguar si es contando a partir del fallecimiento del finado sin testar, a partir del momento en que el juez otorga declaración de herederos, o contando a partir del otorgamiento de escritura pública.
¿Alguien podría echarme una mano?.
Gracias y un Saludo.
26/12/2012 10:22
Para vicmar2: Lo de los 5 años es para ver qué normativa se aplica, no para ver dónde se declara.

Para Botia: el plazo de prescripción es de 4 años a partir de la fecha de finalización del plazo para declarar que, a su vez, es de seis meses desde el fallecimiento.
En resumen, la prescripción es a los 4 años y medio del fallecimiento.
26/12/2012 10:27
En el caso de que vayas a tramitar una declaración de herederos por no existir testamento, te interesará practicar una liquidación provisional si sabes quiénes van a ser los finalmente designados o solicitar una prórroga si no tienes certeza.

Quedo a tu disposición.

Motta&L Abogado