La prusvalía la paga el vendedor, ya que es un impuesto que grava el incremento patrimonial o diferencia entre el valor que tenía el bien cuando lo adquieres y el valor del bien cuando lo vendes, aunque en tu caso no habría variación y por tanto estarias exento de pago, pero obligado.
Tienes que considerar que son dos cosas diferentes, por un lado tienes que pagar el impuesto de sucesiones para poder ponerlo a tu nombre.
Luego, anualmente, junto a la declaracion de la renta tambien hay que realizar la declaracion de patrimonio, siempre que este sea superior a los margenes establecidos. Por poco que quieras tener hoy en dia, si le sumas un incremento patrimonial de 120000 €, entras en el margen de los declarantes.
Tienes vivienda propia, seria la unica manera de poder invertir ese dinero de alguna manera que no entrase en la declaracion de patrimonio, estan exentos los primeros 150000 euros.
Gracias por vuestras aportaciones, peroo......vamos a ver que ahora estoy casi mas liado:
¿ademas de pagar una cuota descomunal en el impuesto de Sucesiones, hay que declarar la ganancia patrimonial en la Declaración del IRPF?
Si fuese asi me pareceria una pasada.
La plusvalia ¿a quien la corresponde pagarla, al vendedor, o al comprador.?
Gracias otra vez
Como la vivienda recibida, incrementa el Patrimonio de la persona, en la declaracion de Patrimonio del año proximo, y al siguiente ..., tendra que declararla y pagar por ella.
En caso de que la venda, da igual, el dinero sigue incrementando el patrrimonio de la persona, con lo cual sigue siendo afectado por el Imp. de Patrimonio.
1) AL RECIBIR LA HERENCIA. Las herencias tributan en el Impuesto de Sucesiones pero nada en el IRPF.
2) AL VENDER. Se tributa en el IRPF por la ganancia/ pérdida patrimonial, por diferencia entre el valor dado en el IS (al cual hay que sumar el propio impuesto, registro, notario y similares) y el precio de venta. En este caso concreto la ganancia/pérdida parece que estará cercana a 0.
Tendras que declarar en la Declaracion de la REnta del proximo año el incremento patrimonial de 120000 € por recibir la herencia, luego pagaras la plusvalia con la venta.
Proximamente voy a heredar una vivienda valorada en el impuesto de sucesiones en 120000 euros.
Tengo pensado venderla por ese mismo precio de 120000 euros.
Mi duda es si ademas de pagar el impuesto de sucesiones por la vivienda heredada, tengo que pagar algun otro impuesto por vendarla posteriormente.
Mi comunidad de residencia es Andalucia. Gracias.