Está como anexo comercial y la tienda paga el IVA. Los locales retienen el 18 % de la renta. Las Comunidades de propietarios no son personas fisicas, sino comunidades de bienes. Lo mejor es que ese ingreso lo pongan en presupuesto como ingreso atípico y lo apliquen directamente a gastos de la comunidad, sin hacer reparto. Salvo mejor criterio. Saludo