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Impugnación de acta y anulación de derrama

4 Comentarios
 
Impugnación de acta y anulación de derrama
25/08/2004 15:17
Debido a unos problemas de condensación en una cámara sanitaria que tenemos debajo del piso y mal situada para hacer ventilaciones,se nos ha levantado el suelo de la vivienda.Fue a ver el piso el perito de la comunidad, dos albañiles y un arquitecto. Los dos albañiles no sabían como dar solución, el perito confirmo que de hay venía nuestro problema y el arquitecto confirmó lo mismo y dió una solución la cual nos garantizaría por escrito.En el presupuesto aparte de ponernos el coste de la solución para evitar más humedad nos puso la reparación del suelo.Se hizo una reunión y se aprobó hacerlo el día 25.07.04, por lo que el administrador informó de que se pasaría en tres meses una derrama a los vecinos para eso y para otra reparación de tejados.En el día de ayer 10 vecinos por escrito y firmado,le pasaron una carta al administrador diciendo que impugnaban el acta y que así anulaban la derrama.En la reunión eramos 29 vecinos de un total de 49.Por lo que no se ha impugnado el acta ya que no es valida una carta de ellos con su firma (no han acudido al juzgado) y se niegan a pagar las derramas. ¿Las derramas se pueden reclamar judicialmente como la cuota de la comunidad? ¿Todos los gastos que emita el banco por devoluciones de recibos se les puede cargar a dichos morosos? Si estos 10 vecinos no pagan no tendríamos dinero suficiente para hacer el arreglo ¿qué puedo hacer?
25/08/2004 15:50
Una duda que se me olvidaba, al devolver las derramas ¿pierden el voto en las reuniones no?
26/08/2004 09:37
Siendo obras de necesidad pagan todos los propietarios.
1. Al enviar la carta ya no pueden alegar defecto de comunicación del acta.
2. Cuando devuelvan los recibos convocar junta con el orden del día referente a la reclamación de impagados.
3. A los morosos enviarles la comunicación de convocatoria y el acta, via burofax para evitar su impugnación por defecto de convocatoria.
4. Los morosos pierden el derecho al voto, se debe de indicar en la convocatoria.
5. Si siguen negándose a pagar mandarlos directamente al juez, el administrador debe de conocer como e incluso lo expuesto.
26/08/2004 09:47
Desde luego que chapuceros tus vecinos,,si quieren impugnar la forma es hacerlo a traves de un abogado y en un juzgado y no con una cartita,,con esa carta simplemente estan amenazando de que "impugnaran",,, que lo hagan si tienen motivos y de momento vosotros los declarais morosos como te dicen en el post anterior y les privais de voto, impugnen o sea un farol de momento estan obligados a cumplir con el acuerdo legalmente votado en junta.
26/08/2004 17:29
Muchas gracias Lopez y Marcelino. Ya me quedo más tranquilo :) Un saludo