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¿Impugnación de acuerdo o denuncia?

10 Comentarios
 
¿impugnación de acuerdo o denuncia?
25/05/2011 17:31
Una comunidad bastante atípica. Un grupo, que acaba siendo mayoría porque hay propietarios ancianos que ni asisten a las juntas y no se involucran con tanto problema, vota favor en una junta de pagar a un propietario de ese grupo, un gasto personal (otro propietario lo demandó por perjuicios que recibió de él, y los honorarios de su abogado quiere se los pague la comunidad); es aprobado por mayoría. El otro propietario se indigna porque él ha asumido también gastos que ha pagado de su bolsillo. El pleito no ha concluido. ¡Eso no puede ser legal, ni siquiera porque alguno de los perjuicios que el otro le reclama fue por sus abusos cuando fue presidente de la comunidad, que actuó así por su cuenta y riesgo porque ni siquiera había acuerdo de junta para que hiciera esas barbaridades!. ¿Que procede: impugnación del acuerdo, y han de soportar los que actúan bien mayores gastos, porque conforme está la justicia, nada es seguro …., o denunciarlo porque están haciendo un mal uso del dinero comunitario, del que en cierto modo se están apropiando?
Gracias.
25/05/2011 19:22
No me extraña que los abogados son los únicos que no están en crisis en esta España nuestra.
01/06/2011 15:35
Por favor, ¿alguna respuesta?
01/06/2011 22:03
Veamos es todo un poco confuso.
1º Como se puede aprobar pagar un gasto personal?
2º quien ha perdido el juicio? si la comunidad no denunció, no tiene porque pagar, deberias haberte negado a que se hiciese esa votación y votar negativamente.
la cosa es muy clara, niegaté a pagar todo lo que sea ajeno de la comunidad
02/06/2011 16:24
Gracias por la respuesta. Sí, es confuso y extraño. Lo pusieron como punto del orden del día (“Acuerdo pago gastos juicio Nº …..”), votaron a favor propietarios asistentes que suponían mayoría en esa junta (los amiguetes del que debía pagar de su bolsillo esa cantidad), los ausentes sé que no van a decir nada, porque todo les da igual, y acordaron pagarlo de los fondos de recaudación de cuotas ordinarias; al pagar eso, posiblemente falte dinero para otras cosas necesarias que sí corresponde pagar con las cuotas. Dos propietarios de los presentes votamos en contra, y dijimos el disparate e ilegalidad que era (aunque estos comentarios no los recoge el acta), también pedimos la factura de ese abogado que ni siquiera presentaron en la junta ni dijeron la cantidad exacta, sólo aproximada (es de lo que le cobró en primera instancia, porque el procedimiento no ha concluido, está en apelación).

Esta comunidad es rara, rara, ….., y ha habido tantos pleitos, largos y costosos, que ni quedan ganas de reclamar lo justo. El gobierno es en forma caciquil: los vecinos que son amiguetes entre sí, hacen cuanto les viene en gana, por ilegal o disparatado que sea, y como la Justicia es de risa en este pais …., por eso había pensado si cabría interponer denuncia por apropiación indebida de fondos de la comunidad -o algo similar-, para ver si al menos les entra algo de “miedo”, porque esto lo van a repetir otras veces, estoy segura, y yo siento como si me estuviesen robando lo que es mío.
02/06/2011 17:20
para poderla aconsejar, debería ser un poco más clara
Sea escueta en la exposición de los hechos
Esa denuncia de un vecino a otro de que se trata?
Usted que voto en la junta?

Perdone usted tiene vías para oponerse a lo comentado
02/06/2011 22:17
Impugnación de acuerdo sin duda
07/06/2011 15:20
Jalisco: el tema es muy complejo, y sin profundizar mucho: hubo unos acuerdos de junta, firmes, porque nadie impugnó esa junta, pero el entonces presidente, en vez de llevarlos a cabo según lo acordado, hizo lo que le vino en gana en provecho propio y de otros vecinos. Un propietario le demandó por los perjuicios que sufrió al no ejecutar los acuerdos conforme se adoptaron (los perjudicados fuimos varios, pero sólo uno le demandó reclamándole una cantidad por los perjuicios), ese juicio no ha concluido, pero el que entonces era presidente, le ha tenido que pagar a su abogado unos honorarios iniciales, y esos honorarios son los que en la última junta han tratado que la comunidad se los pague, aunque el acta no pone ninguna cantidad a pagar, sólo “que son gastos del juicio Nº …., y que como el Sr. tal fue demandado por ser presidente, la comunidad le paga esos gastos”, que no es cierto, porque ni era presidente era cuando le demandó, ni a nadie se le demanda por eso. Creemos que el que era presidente, si no hizo lo que estaba obligado, y actuó por su cuenta y riesgo, la responsabilidad es suya, personal, y la comunidad no ha de ser corresponsable de nada, incluso tendría también que demandarle por no ejecutar los acuerdos adoptados. Los intervinientes en dicho juicio son dos propietarios, y creo ellos han de asumir, conforme proceda, los honorarios de sus abogados, no cargarlos como “gastos generales” a la comunidad y que, encima, no están contemplados en el presupuesto anual. El otro propietario dice que también ha soportado unos gastos del pleito, pero a él no se los pagan. Ha habido también otros pleitos y varios vecinos se han pagado los costes que han tenido.
07/06/2011 16:36
Al hilo de la consulta de Marllan:
Si un propietario denuncia al Presidente por algo que no halla hecho bien, el juicio lo pierde el presidente y las costas.
Quien abona los gastos, el presidente o la comunidad?
08/06/2011 14:50
Bueno, aunque resulta curioso que yo planteara la consulta y responda en parte a ella, yo creo, por simple lógica, que el presidente ha de actuar con diligencia y honestidad, entre otras razones, ha de ajustarse a lo que contempla la Ley de Propiedad Horizontal para su cargo, y seguir las reglas del mandato recogidas en los arts. 1718 y siguientes del C. Civil; y si no lo hiciera, él ha de responder individualmente, máxime cuando no hay ninguna atribución otorgada por la Junta de Propietarios sobre la desviación en su actuación, aunque si la hubiera, tampoco sería válida si infringe la ley.

Hay algunos excepcionales casos de personas que ansían ser presidentes de Comunidad, e incluso alargan el tiempo que les corresponde a su cargo (éste es uno de ellos), porque tienen afán de protagonismo, de mandar totalitariamente, cuando no tienen porqué hacerlo porque sus funciones están definidas en la ley. Se exceden en sus atribuciones, perjudican a algunos, incluso a veces a la propia Comunidad ¿va a pagarle la Comunidad su torpeza, la desviación de sus funciones, cuando la Comunidad son todos los propietarios y ha perjudicado a alguno de ellos?
09/06/2011 14:24
¿Están pagando los ayuntamientos gastos de abogados a los que fueron alcaldes corruptos?. Ahí está la respuesta, es pura lógica.

Si un propietario no está conforme con el proceder de la comunidad - aunque sea su representante legal (el presidente) quien actúa en nombre de la comunidad-, ha de demandar a la comunidad (lo mismo que si un ciudadano se siente perjudicado por actuaciones del ayuntamiento, demanda al ayuntamiento). Pero si es el presidente de la comunidad –o el alcalde- quien actúa indebida o ilegalmente, sin tener cobertura legal, son ellos personalmente quienes han de responder, no ni la comunidad ni el ayuntamiento, ni estas entidades han de asumir costes de una actuación personal desviada de la ley, es de elemental sentido común.