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Impugnación de documento privado en juicio de faltas

4 Comentarios
 
Impugnación de documento privado en juicio de faltas
08/06/2010 12:06
Hola:
Asisto como abogado del denunciado a un juicio de faltas y la acusación se basa únicamente en una copia de un documento privado, por lo que vamos a impugnar su contenido.
La cuestión es: en un juicio de faltas ¿cuándo debo impugnar el documento? ¿cuando el juez admite las pruebas propuestas por una parte, da la palabra a la otra para impugación? ¿o lo impugno directamente en las conclusiones?
Gracias.
10/06/2010 19:10
puede hacer constar la protesta contra dicha prueba para que conste en acta cuando el juez admita las prueblas y en las conclusiones solicitar una sentencia absolutoria, porqué impugnar el contenido si es una copia
10/06/2010 19:32
Gracias. Entiendo que, entonces, por tratarse de una copia basta con impugnar directamente el documento.
¿Es así?
Reitero mi agradecimiento.
10/06/2010 19:56
correcto, seguramente pediran el reconomiento de firma al denunciado, debiendo manifestar que lo parece pero no lo puede afirmar con certeza por ser una copia, un saludo.
14/06/2010 11:58
Muchas gracias, ETBosch, me has sido de gran ayuda.