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Impugnación de nombramiento 'a dedo' en dos cargos, sin publicidad de la vacante y del proceso.

1 Comentarios
 
Impugnación de nombramiento 'a dedo' en dos cargos, sin publicidad de la vacante y del proceso.
08/07/2021 14:08
Hola,

trabajo en un centro educativo público

Se va a nombrar para un cargo interno a un funcionario sin haber hecho pública la vacante ni la convocatoria. Instrucciones para la provisión del puesto existen, pero nos encontramos con que ese fulano va a ser nombrado por sorpresa, sin que otros compañeros hayan tenido la oportunidad de presentarse al puesto. El propio director lo ha comunicado al claustro, pero verbalmente, hechos consumados.
A esta persona, encima, le han dado, 'a dedo', dos cargos, con los que acumula una reducción horaria de 8h sobre 20 y encima complemento por cargo.

Puesto que no se hizo publicidad alguna de la convocatoria., ¿puede impugnarse por vilnerar el art´. 45.1.b de la Ley 39/2015, y por el 47? este último al producir, por lo anterior, y además, indefensión, pues otros funcionarios no se enteraron y tampoco se publicó l resolución, ha sido verbal en el claustro, por lo que no hay 'pie de recurso'

¿Cómo puede impugnarse ese nombramiento?, que además no será publicado tampoco, simplemente nos encontraremos el 1-sep con que ostenta el cargo.

¿Alguien puede ayudarme?

gracias
16/07/2021 17:00
Ingenierus
Los cargos en un centro educativa los elige el director sin convocatoria de vacantes así que no tiene sentido ninguna impugnación. Únicamente hay convocatoria para director aunque en algunos casos puede ser nombrado por la Consejería.
Olvídate del tema que no tienes nada que hacer.
Impugnación de nombramiento 'a dedo' en dos cargos, sin publicidad de la vacante y del proceso. | PorticoLegal
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Impugnación de nombramiento 'a dedo' en dos cargos, sin publicidad de la vacante y del proceso.

1 Comentarios
 
Impugnación de nombramiento 'a dedo' en dos cargos, sin publicidad de la vacante y del proceso.
08/07/2021 14:08
Hola,

trabajo en un centro educativo público

Se va a nombrar para un cargo interno a un funcionario sin haber hecho pública la vacante ni la convocatoria. Instrucciones para la provisión del puesto existen, pero nos encontramos con que ese fulano va a ser nombrado por sorpresa, sin que otros compañeros hayan tenido la oportunidad de presentarse al puesto. El propio director lo ha comunicado al claustro, pero verbalmente, hechos consumados.
A esta persona, encima, le han dado, 'a dedo', dos cargos, con los que acumula una reducción horaria de 8h sobre 20 y encima complemento por cargo.

Puesto que no se hizo publicidad alguna de la convocatoria., ¿puede impugnarse por vilnerar el art´. 45.1.b de la Ley 39/2015, y por el 47? este último al producir, por lo anterior, y además, indefensión, pues otros funcionarios no se enteraron y tampoco se publicó l resolución, ha sido verbal en el claustro, por lo que no hay 'pie de recurso'

¿Cómo puede impugnarse ese nombramiento?, que además no será publicado tampoco, simplemente nos encontraremos el 1-sep con que ostenta el cargo.

¿Alguien puede ayudarme?

gracias
16/07/2021 17:00
Ingenierus
Los cargos en un centro educativa los elige el director sin convocatoria de vacantes así que no tiene sentido ninguna impugnación. Únicamente hay convocatoria para director aunque en algunos casos puede ser nombrado por la Consejería.
Olvídate del tema que no tienes nada que hacer.