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impugnar cuotas de participación

23 Comentarios
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Impugnar cuotas de participación
26/08/2011 11:48
tengo un piso en propiedad desde hace cinco años, cuando se constituyó la comunidad, pero solo llevo viviendo en él desde hace unos meses. recientemente he descubierto que los vecinos de los áticos, que son duplex, pagan menos que yo. naturalmente tienen más metros cuadrados, yo tengo 86 y alguno de ellos 124. da la casualidad de que dos de ellos tienen relación con el promotor y con la gestoría que nos llevaba y uno trabajó en la construcción del edificio. mi pregunta es ¿puedo impugnar las cuotas de participación aunque haga cinco años que estén asignadas? otro vecino está en esta misma situació y cuando se lo comentaba al administrador este escurría el bulto, y el vecino tampoco hizo nada a parte de quejarse. me preocupa que si tenemos que ir al juez nos diga que por qué no nos ocupamos de esto antes. la verdad es que al no vivir allí lo dejamos bastante de lado. también me gustaría saber como se asignan las cuotas de la escalera. gracias
26/08/2011 19:31
Debería empezar por averiguar en que notaría se hizo la escritura de división horizontal y acceder al documento técnico (redactado por arquitecto o aparejador), que sirvió de base para la división horizontal.
En ese documento técnico, tiene que estar justificado la asignación de coeficiente, en base a superficie, planta, situación en el edificio, etc.
Con suerte, ese documento técnico podría estar archivado en el protocolo de la notaría.
A partir de ahí, podrá elegir el camino que mas le convenga, por supuesto asesorado previamente por un abogado.
14/02/2013 11:09
Hola,
Yo tengo una caso parecido, acabo de comprar un ático de 22 metros, me decían que pagaba en proporcion a los metros, pero ahora me dicen que paga igual que las viviendas de 60 metros.
Si no estuviera escriturado la división horizontal que dicen que aplica el mismo coeficiente a todas las viviendas, se podría impugnar para que las cuotas de partipación sean en función de la superficie?
Como se puede averiguar en que notaria está escriturado el titulo constitutivo? parece ser que en su dia los aticos eran trasteros, y los dueños de los trasteros aceptaron pagar lo mismo para tener beneficios de la comunidad de que se escriturase como vivienda.
El administrador ha sido un poco complice de la ocultacion de información de la firma de escritura y no me facilita información alguna (a parte de que no me fío del el), por lo que necesitaría intentar conseguir el titulo constitutivo de división horizontal por mi mismo y ver que posibilidades tengo de impugnar el pagar lo mismo que viviendas de 60 metros.
Muchas gracias
14/02/2013 17:41
en el Registro de la PRopiedad, tambien le facilitan ese dato
14/02/2013 17:44
para engaño, los coeficientes tienen que estar pasados por el Registro, si usted lo compro despues del acuerdo, no le vincula con el
14/02/2013 17:47
perdon, se ha cortado: el acuerdo no le vincula si no se han pasado por el Registro, vaya y pida la escritura de obra nueva y division horizontal, y las modificaciones habidas
15/02/2013 10:35
Gracias,
en el momento de la firma de la escritura yo le dije al notario que me sentía engañado, porque la inmobiliaria me había garantizado que la vivienda pagaba comunidad en función de los metros. Y el notaria dijo que no constaba escritura de modificando las cuotas de participación y que podria luchar que se aplicase por superficie. Voy a solciitar que se platee en al siguiente junta, pero si se niegan, cual es el procedimiento a seguir?
En el resgistro de propiedad sabeis si cobran tasas por consultar la sescritura de división horizontal y las modificaciones habidas? Podria estar recogido en los estatutos de la comunidad y no haberse reguistrado? Donde están los estatutos de la coomunidad? Como digo, del administrador no me fio ni un pelo, porque trato de colarmela en en su informe en la escritura, ponia en un informe que se estaba recogiendo un fondo de reserva,cuando lo que habia es una derrama muy clara, de unas obras ya realizadas hace años, y se me habia garantizado que la finca no tenia derrama alguna...

Gracias
15/02/2013 13:45
Hola,
Vengo a preguntar poco mas o menos ,lo mismo que los anteriores autores,solo que en mi caso en una lonja que en escritura pone que tiene un 8 % de participacion y que tiene 27 mtrs cuando hay lonjas que tienen 86 y 97 mtrs y tienen 6% , en mi caso tengo dos problemas uno que en su momento mi lonja debia de medir por plano 52 mtrs con un 8% de particpacion (aun asi mucho mas que otras) y el dueño anterior debio de vender la mitad de la lonja a otra persona cuya lonja lonja propia estaba pegada a esta , y debio de ser sin escriturar ni nada ...(por debajo) el caso es que mi me siguen reclamando como si yo tubiera toda la lonja puesto que es lo que ponia en la camra de la propiedad en su momento , ahora mismo en la camara de la propiedad viene que tengo 27mtrs d elonja y no 52 puesto que vinieron del ayuntamiento y lo comprobaron ...y claro este se modifico pero el tanto por ciento no...he intentado reclamarselo al que compro la otra lonja y hace caso omiso porque se agarra que en mi escritura pone el 8% pero aun asi hay manera de yo poder pedir que se haga una una revision de la participaciones de todo y yo pague lo justo que me toca y no la que mas,teniendo muchisimos menos metros que el resto ??? se que tendria que denunciar a la comunidad para esto ...pero tengo posibilidades ??? es mucho dinero el que me reclaman ,puesto que es para un ascensor... y yo ni dispongo de ello ....
gracias
15/02/2013 17:15
la consulta no es gratuita, pero no es cara y desde luego le sera rentable. EStoy seguro que no esta pasado por el Registro
21/02/2013 21:16
Gracias, iré al registro de la propiedad y a ver lo que encuentro.
La verdad es que me he puesto en plan investigador, y parece que hay bastantes cosas raras en la comunidad.
Se ha convocado una junta extraordinaria para el dia 6 de marzo, porque la comunidad ha recibido la ayuda del 70% del ascensor (aun asi la derrama es mayor). He ido con un papel escrito al presidente para comunicarle que en el orden de la junta quiero incluir:
-revisión y fijación de cuotas de participación en correspondencia con los criterios que la Ley consagra objetivos para la cuantificación de las mismas.
No me ha querido recepcionar el escrito. El mismo escrito se lo envié por la mañana por email al administrador, y me ha respondido que ha hablado con varios vecinos y se van a negar. El administrador ha reconocido que en su día los dueños de los trasteros aceptaron pagar igual que el resto de viviendas, para tener a cambio favores de la comunidad para conseguir la escritura como vivienda. Se le ha escapado, porque se nota que intentan ocultar este hecho.

Tiene obligación el presidente de recepcionar mi petición? Me interesa que todo quede por escrito, porque ya me han engañado bastante.

Respecto al mal aislamiento del atico porque son trasteros reconvertidos, es posible reclamar daños ocultos en 6 meses al propietario? Como puedo revisar el expediente en base al que se concedió cedula de habitabilidad para ver que si se ha infringido aspectos del aislamiento minimo de una edificacion?

Gracias y un saludo
06/03/2013 14:41
Hola,
en el registro de la propiedad no consta estatuto alguno. Si que hay una escritura de obra nueva muy reciente para inscribir dos aticos pequeños. Al mio, de 22 m2 se le dio un coeficiente de participación de 0.7%. El otro es bastante mas grande, y un tercero, que creo que es pequeño, no consta en la modificacion de escritura de obra nueva, auizás no sea ni legal. Las diferentes viviendas me dijeron en el registro que se han creado por segregación de la finca, y estos dos aticos se segregaron hace muy poco, con la intencion de los dueños de poder venderlos.

Mañana se celebra una junta extraordiaria, por otro tema, el tema de una derrama. En palabras textuales del presidente, lo ha consultado con varios vecinos y no hay voluntad alguna de pagar por coeficientes. Yo les pedi que figurara en el orden del día de la junta, pero no me han hecho caso y no me quisieron firmar el recibí de mi solicitud.
Yo mañana iré a la junta a "hablar de mi libro", a votar en contra de todo hasta que no se me asigne oficialmente el coeficiente de escritura por metros, y a reiterar que no hay nada que establezca coeficientes iguales que me vincule (sobre todo porque que un piso de 22 metros pague lo mismo que uno de 66 no convence a nadie.) En el registro me dijeron que la modificacion de obra nueva es cara, y que quizas los antiguos dueños de los nuevos aticos aceptaron pagar mas que su coeficiente para que la comunidad asumiese esa modificación, o por algun otro favor, porque necesitaban escrituras para vender los aticos y necesitaban el visto bueno de la comunidad. El presidente me dijo que si yo vivía ahi ahora era porque la comunidad había sido buena con los antiguos dueños y le habian permitido tener escrituras, yo no entendí lo que me contaba hasta que en el registro me explicaron lo de la modificacion reciente de la obra nueva.
Por cierto, que es un atico con terraza, pero la terraza es comunitaria, y para salir de la ivvienda hay que pasar por la terraza y supongo que no se puede hacer ya privativa, porque el cupo del 100% de la obra ya lo han cubierto con los dos aticos.

Que precauciones debería tomar ne la junta de mañana, porque creo que la actitud de los propietarios a los que no les convienen los cambios, y ni siquiera al administrador, que le es mas fácil dividir a partes iguales va a ser la de no querer saber nada del tema?

Que pasa con el ático que no consta en el registro?

Presumen de que entre los miembros de la comunidad se llevan muy bien, peor a mi me parece todo lo que hacen bastante arbitrario e inseguro...

Gracias
07/03/2013 13:25
Hola de nuevo, a ver si tengo suerte esta vez y me aclaran algunas dudas,en tema al mis dudas anteriores aqui expuestas, me comentan que sino estan decauerdo en modifciar las cuotas de participacion los vecinos (obviamente no lo estaran! salen perdiendo ellos) yo deberia denunciarles ...hasta ahi lo sabia ...pero claro me comentan que tengo que denunciar uno a uno por vecino y no denunciar a la comunidad ...con todos los nombres de propietarios ... vamos que tendria que tener 10 o 12 juicios... puede ser asi?????gracias.
07/03/2013 16:24
Lur, no soy nada experto en el tema , pero lo que yo haria en su lugar es informarme sobre la parte de la lonja que usted dice que se vendio bajo mano, y haria ese 8% que usted tiene aun asignado. Si va al registro de la propiedad y pide la nota simple, verá que cuota tiene asignada. Si la lonja vendida bajo mano tiene alguna irregularidad quizás pueda presionar a su dueño de que os e hace cargo de la cuota de comunidad que deberia corresponderle o si no quizás pueda usted incluso tomar alguna medida, como reclamar que ese pedazo de lonja sigue siendo suyo...

En cuanto a mi tema, nadie puede darme algún consejo?
La junta se celebrará esta tarde, en una horas... Si dicen que todas las viviendas deben pagar igual, pero yo dejo constancia de que me opongo y por tanto no es una decisión unánime, tendré que impugnar o puedo esperar a que ellos me demanden si consideran que hay impago, porque al no se una decisión unánime no se consideraría válida?


07/03/2013 23:03
Pues en la junta de hoy se ha hablado poco del tema de la actualización de coeficientes a la realidad de la superficie de cada vivienda, evidentemente como era de esperar le sienta mal a los intereses de algunos, pero se ha quedado que será uno de los puntos de la siguiente junta en mayo.

Pero hay una pega, en caso de que se llegara a aceptar, y es que parece que los coeficientes de escrituras no se corresponden para nada con la realidad de las dimensiones de las viviendas. Un vecino abogado hablaba de que para hacerlo bien habría que pedir un certificado de medidas de un arquitecto, pero eso no sé si conllevaría mucho coste

No me gusta nada esta comunidad, son casi todos gente mayor, manipulables por los dos listillos de la finca. El propio administrador proponía cosas ilegales para sacarle dinero al BBVA qe resulta que es dueño de una vivienda, y no se ha llegado a aprobar por unanimidad porque yo me he negado a decir mentiras frente al BBVA...


Mentras llega la siguiente junta, que creéis que debo hacer?




08/03/2013 06:43
En el tema de los ascensores, muchísimas veces se llega a acuerdos tácitos entre los vecinos pagarlos, con indiferencia de las cuotas de participación, a partes iguales y hasta a partes en función de la altura de los pisos, los más altos pagan más. Pero, ¡claro!, con un acuerdo previo.

La ley de la propiedad horizontal prevee que los pagos comunitarios que no puedan ser individualizados, se han de hacer en función de la cuota de participación.

Entérate a ver si ha habido ese acuerdo previo, te podría vincular.
08/03/2013 09:06
Hola Marmual,

¿a que se refiere con que me entere con que me entere si ha habido ese acuerdo previo? Al tema de la derrama del ascensor? El ascensor lo están pagando todos a partes iguales, y no pagan ni los bajos ni los primeros, porque en los primeros no hay hueco para salir por el ascensor y no lo pueden usar.

El tema de la derrama me correspondería, tras aprobarse ayer que una ayuda recibida de la Comunidad de Madrid se destine a amortizar parte de préstamo, unas 4 cuotas de 60 euros, y además los fondod que hay actualmente ya cubririían esas cuotas, pero yo pienso que les corresponden al antiguo propietario, puesto que por el art 11 de la LPH por Ley las derramas corresponden al que es propietario en el momento en que es devengable la obra, yo cuando he llegado el acensor estaba mas que construido, se me aseguro que no había derrama alguna, y se ocultó a mala fe hasta el ultimo momento, cuando ya había dado 7000 euros de entrada y se me dijo que si no firmaba escrituras no me devolvían la señal pagada.

Como no hay nada vinculante registrado, sino solo un coeficiente de particicipación por escrituras (que además ni se adecua a la superficie real, pero que es el que se asignó el año pasado) puedo defender que quiero el detalle de gastos que se vaya produciendo y pagar solo ese coeficiente? Y que pasos puedo seguir para que no me resulte muy oneroso?
La verdad es que tengo que meterme en obra con la vivienda, creo que hay vicios ocultos de mal aislamiento, porque eso eran trasteros y no están preparados para vivienda, pero creo no está nada claro que pudiese ganar una demanda contra el anterior propietario con vicios ocultos. Asi que no estoy para mucho gasto, ni de abogados ni de nada...

25/02/2022 15:16
Hola .mi pregunta es la siguiente compre un piso hace 3 años al año de estar en el me di cuenta que en el catastro constaba que tenía 125 MTS. En realidad tiene 58 MTS
Me costó lo mío pero me lo bajaron a 75 .dejándome las cuotas de participación al 5 X % 100 al quitarme los metros me dejaron la misma cuota de participación .hice otro recurso i su respuesta fue que ellos no pueden tocar las cuotas .yo pregunto quién es el responsable de bajar dichas cuotas
Gracias
25/02/2022 15:45
Una cosa es el catastro y otra el registro de la propiedad.
El catastro es para pagar el IBI
En su escritura cuantos m2 figuran? Porque eso es lo que importa
27/02/2022 19:26
El Título constitutivo de la comunidad de propietarios es aquel documento inscrito en el Registro de la Propiedad donde se describen todos los elementos privativos y comunes que componen el edificio, los servicios y servidumbres que tuviere, los Estatutos de la comunidad sobre el funcionamiento de la Comunidad (no es obligatorio inscribir Estatutos) y las cuotas de participación que le corresponden a cada piso o local en el conjunto del edificio.


Esta cuota de participación asignada a cada piso o local, expresada numéricamente, es la referente (aunque hay excepciones) a la hora de establecer la contribución de cada propietario al sostenimiento del edificio.


Pues bien. Esa cuota de participación fijada en el Título constitutivo inscrito en el Registro de la Propiedad, requiere para ser modificada la unanimidad de todos los propietarios que forman parte de la Comunidad de propietarios (Art. 17.6 LPH).


Dicho lo anterior, está claro que si existe unanimidad de todos los propietarios para modificar las cuotas de participación, no existe problema alguno, es decir, se somete dicho acuerdo a la Junta y si es aprobado por unanimidad, el acuerdo es válido y podrá inscribirse el acuerdo en el Registro de la propiedad, cumpliendo con una serie de requisitos de obligada observancia.


El problema se plantea cuando no existe unanimidad para el cambio de las cuotas de participación.


En estos casos se pueden dar dos planteamientos distintos dependiendo de si es la Comunidad la que propone la modificación de las cuotas de participación y uno de los vecinos se opone y el segundo supuesto sería a la inversa, uno o varios vecinos proponen a la Comunidad que se modifiquen las cuotas de participación y es la Junta de propietarios quien rechaza dicho acuerdo.


1.- Si es la Junta de propietarios la que por mayoría decide la modificación pero no existe unanimidad, la Comunidad a través del Presidente, deberá demandar judicialmente a los propietarios opositores, para que sea el Juez quien determine si es procedente o no el cambio acordado por la Junta.


2.- Si uno o varios propietarios son los que han promovido el cambio pero la Junta lo rechaza, por tanto tampoco existe unanimidad, el acuerdo desestimatorio debería ser impugnado dentro de los plazos que marca la Ley, debiendo demandar a todos los propietarios en esa impugnación, puesto que la modificación de las cuotas de participación es un asunto que al final le va a afectar a todos. Ese procedimiento para modificar las cuotas de participación exige la presencia de todos los propietarios en el procedimiento (unos como demandantes y otros como demandados), pues de no demandar a todos los propietarios podría estimarse la excepción procesal de “falta de litisconsorcio pasivo”.


La diferencia en un supuesto o en otro es patente. En el primer caso, aunque el acuerdo fue mayoritario a favor del cambio, no pudo ser aprobado por falta de unanimidad, por lo que la Comunidad deberá interponer un procedimiento para modificar las cuotas de participación contra los propietarios que se opusieron, mientras que en el segundo caso, esos propietarios díscolos, a través del mecanismo de impugnación de acuerdos, por no ser aprobado por unanimidad, son los que deben demandar a todos los propietarios y a la Comunidad conjuntamente y le garantizo, que ese procedimiento se alargará en el tiempo por la dificultad que entraña la existencia de tantas partes afectadas por la resolución que se dicte, por no hablar de las dificultades de orden material que supondrá la celebración de la Audiencia Previa a Juicio, así como el Juicio en sí, dado el número de partes existentes.


Pero hay una dificultad aun mayor, porque lo que deben acreditar es que el coeficiente que obra en el título constitutivo es ilegal por ser contrario a los criterios establecidos en la LPH a fin de calcular el mismo, sin perjuicio de que, una vez acreditado lo anterior (difícil), habrá que proponer un coeficiente diferente, que cumpla con los criterios de la LPH.


Es decir. No se trata de decidir si el criterio propuesto es mejor que el imperante, sino que previamente habrá que acreditar que el coeficiente de propiedad inscrito en el Registro de la Propiedad es contrario, en lo que a su cálculo se refiere, a lo dispuesto en la LPH y eso, es harto difícil.
28/02/2022 12:18
DickTurpin
Hola .
Aver los pisos del edificio tienen 125 MTS y tienen una cuota del 5.5 por ciento i el mío que tiene 75 MTS i tengo un 5 por ciento yo creo que justo no es no sé cómo lo ves