El Ayuntamiento no puede inadmitir un escrito. Solo tiene tres opciones:
1º) No contestar el escrito.
2º) Contestar en plazo, admitiendo los incumplimientos.
3º) Contestar en plazo, denegando los incumplimientos.
En los casos 1º y 3º, queda libre la via contencioso-administrativa.
En el caso 2º, por logica el Ayuntamiento debera ordenar corregir los incumplimientos, pero en caso de pasividad, tambien se podria ir a la via contancioso-administrativa.
Si se trata de una obra que te afecta directamente, tienes derecho a tener acceso al expediente administrativo en el Ayuntamiento (mejor ir asesorado con un tecnico), y si se ve algun inclumplimiento de normativa, que el tecnico emita un informe sobre los incumplimientos, y con dicho informe, presentar un escrito de denuncia ante el Ayuntamiento (mejor redactado por un abogado).
Si el Ayuntamiento no contesta en el plazo correspondiente (tres meses), la solucion final es el contencioso-administrativo contra el Ayuntamiento y contra el Promotor de la obra.
Quería saber, por favor, ¿como se puede impugnar una licencia urbanística de construcción por nueva edificación?.
Me refiero al procedimiento legal, recursos, plazos, etc.