Canta necesito mas informacion, normalmente en estos casos es la viuda la que "se queda" con el 100% del usufructo. Pero por lo que leo entiendo que tu madre sólo tiene 1/3 del usufructo, quién tiene los 2/3 que faltan?
Yo he heredado un 25% de la parte de la vivienda que correspondía ami Padre, el otro 25 hereda un hermano y el 50% es pleno de mi madre,,,, A mí en la declaración Hacienda me cobra un 8 y pico % de nuda propiedad y un 16 y pico % de propiedad .....Cosa que no entiendo pues la vivienda la disfruta mi madre como usufructuaria según escritura de herencia de 1/3 en usufructo y un 1/12 mio en pleno dominio.....¿Es correcto que pague yo no pudiendo hacer uso de mi parte de casa? Gracias.Entiendo que si pago yo,pagará también mi hermano al ser su parte igual al mio....¿pero paga también mi madre como usufructuaria?
Mtolse, cuando existan derechos reales de disfrute, la renta computable a efectos de la imputación de rentas inmobiliarias corresponderá al titular del derecho real. En su caso todo se le imputa a la usufructuaria que es quien tiene el derecho real.
Al efecto de la imputación de la renta de un bien inmueble en el IRPF, cómo calcular el porcentaje que corresponde al usufructuario. El usufructo se creó por herencia del conyuge y la nuda propiedad pertenece a las hijas que viven en el inmueble. El inmueble para la usufructuaria no es vivienda habitual.