Hola a todos.
Este año me han concedido por sentencia una incapacidad absoluta (antes tenía una total). Mi duda es la siguiente. Tengo reconocida la ipa desde el 2021 aunque siguen pagando e la total. Como tendré que tributar este año la pensión. Y puedo pedir las deducciones de irpf que me han hecho. Gracias de antemano
si te han concedido una absoluta con efectos desde el 2021,primero tienes que ir a hacienda y que te hagan una complementaria para reclamar lo que hayas pagado en el 2021 de irpf que te lo tienen que devolver y en la siguiente declaracion pues el gestor o tu si te la haces igualmente pones que tienes una absoluta y el mismo sistema ya no te lo cobra
Una aclaración, Antonio, a mí me pasó eso mismo con la discapacidad, y no es una complementaria como yo también creía, lo que hay que pedir es una rectificativa.
Si tras presentar la declaración de Renta 2021 consideras que la declaración contiene errores u omisiones en los datos declarados (declaración indebida de alguna renta exenta, cómputo de importes con cuantía superior a la debida u olvido de alguna reducción o deducción a la que tenías derecho), es posible solicitar la rectificación de tu autoliquidación accediendo nuevamente a tu expediente de Renta y marcando la casilla 127 de solicitud de rectificación.
Esta solicitud se realiza para iniciar un procedimiento de rectificación de una autoliquidación de 2021, por resultar una cantidad a devolver superior a la solicitada o una cantidad a ingresar menor. También se utilizará esta opción si necesitas informar de un dato que no afecta al resultado de la declaración.
Por otro lado, si los errores u omisiones en declaraciones ya presentadas han motivado la realización de un ingreso inferior al que legalmente hubiera correspondido o la realización de una devolución superior a la procedente, deben regularizarse mediante la presentación a través de Renta WEB de una declaración complementaria a la originalmente presentada.
Si tienes dudas sobre estos procedimientos, también puedes consultar el Informador de Renta.
Cómo acceder a la modificación de la declaración presentada
Puedes acceder desde "Servicio tramitación de borrador / declaración (Renta WEB) o desde la opción "Modificación de una declaración ya presentada", ambas disponibles en la página de gestiones del IRPF y del modelo 100 en la sede electrónica.
El acceso requiere identificarse con firma digital (certificado o DNI electrónico), sistema Cl@ve PIN o con el número de referencia de Renta.
En mi caso cuando llegó la campaña del irpf pedí cita presencial, llevé el certificado de discapacidad en el que constaba la fecha de retroacción de efectos, y la persona que me atendió lo hizo todo, yo sólo tuve que firmar.
si pero si tiene efecto retroactivo desde el 2021 ya puedes ir a que te hagan una complementaria del año pasado y te devolveran lo que te cobraron en el 2021
no importa la fecha tu vas a la agencia tributaria con la carta de la resolucion que en principio tampoco hace falta,pero por si te la piden y si tienen que calcular que lo hagan
Antonio, yo cuando llamé a hacienda, creyendo que era una complementaria, la persona que me atendió me dijo que la AEAT no hacía declaraciones complementarias.
Al explicar mi caso, me dijo que lo que tenía que hacer era una rectificativa. Como me cogió en plena campaña del irpf, con la cita presencial que había pedido me lo hicieron todo.
Buenos días un par de preguntillas, donde se pone en la declaración de la renta que tengo una Absoluta? o simplemente tengo que poner en la casilla de mis rendimientos 0 euros? y otra cosa antes tenía IPT ahora IPA -ejemplo: si tengo la IPA desde 1 de julio cuando se haga la declaración que tengo que hacer mitad de año IPT y mitad de año exenta por IPA o se cogen dados de 1 de Enero 0 31de Diciembre o como?. Gracias
en principio todos los datos deberian estar actualizados en la agencia tributaria puesto que la ss por defecto los traspasa a la agencia tributaria y en cuanto descargues el borrador ya veras que la cantidad a ingresar te sale a cero,en caso contrario yo cogeria hora para que te la hagan ellos la primera vez y asi evitas sorpresas porque con hacienda nunca aciertas,ademas en hacienda es gratis la gestion de la declaracion
Ten en cuenta que si para conseguir la absoluta has tenido que entrar en un proceso judicial de años. Además de el año anterior se deberían rectificar todos los años que ha durado el proceso
Si la tengo reconocida con carácter retroactivo de Octubre 2020, mi pregunta es cuando haga la rectificación tengo que meter datos de Enero a Septiembre por IPT que es la que tenía reconocida antes y de Octubre a Diciembre por IPA? o es la incapacidad que tenía reconocida a 1 de Enero?. Gracias
logicamente tendras que declarar el tiempo que estabas con la total y la cantidada que te retubieron si fue el caso con la bonificacion correspondiente y a partir de ahi en adelante te tienen que devolver todo lo que hayas pagado,yo te recomiendo que vayas directamente a la agencia tributaria(es gratis) y que te la hagan ellos o bien a alguna gestoria para ir a lo seguro,el coste puede ser 60 o 70 €,para ir a lo segur
logicamente tendras que declarar el tiempo que estabas con la total y la cantidada que te retubieron si fue el caso con la bonificacion correspondiente y a partir de ahi en adelante te tienen que devolver todo lo que hayas pagado,yo te recomiendo que vayas directamente a la agencia tributaria(es gratis) y que te la hagan ellos o bien a alguna gestoria para ir a lo seguro,el coste puede ser 60 o 70 €,para ir a lo seguro